Índice General
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Jurisprudencia Financiera 2000
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Índice General
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[002] ACCIÓN DE GRUPO |
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[003] ACCIÓN DE GRUPO |
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[004] ACCIÓN DE GRUPO |
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[005] ACCIONES POPULARES |
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[006] ACTIVIDADES FINANCIERA, BURSÁTIL Y ASEGURADORA |
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[007] ACTO ADMINISTRATIVO - EXCEPCIÓN DE ILEGALIDAD |
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[008] ACTOS DISCRECIONALES |
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[009] ADMINISTRADORES |
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[010] ADMINISTRADORES DE ENTIDADES INTERVENIDAS |
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[011] BANCO DE LA REPÚBLICA |
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[012] CASAS DE CAMBIO |
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[013] CASAS DE CAMBIO |
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[014] COMPAÑIAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL |
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[015] COMUNICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS |
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[016] CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE BANCARIA |
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[017] CONTRATO DE SEGURO. PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES |
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[018] COOPERATIVAS |
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[019] CHEQUE |
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[020] DACIÓN EN PAGO |
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[021] DERECHO DE PETICIÓN - FRENTE A ENTIDADES FINANCIERAS PARTICULARES |
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[022] DERECHO DE PETICIÓN - INFORMES DE INSPECTORES |
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[023] DERECHO DE PETICIÓN - SOLICITUD DE PENSIÓN |
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[024] DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES |
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[025] FACULTAD SANCIONATORIA DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA |
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[026] FACULTAD SANCIONATORIA DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA |
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[027] FACULTAD SANCIONATORIA DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA |
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[028] FACULTAD SANCIONATORIA EN EL REGIMEN CAMBIARIO |
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[029] FACULTAD SANCIONATORIA. CADUCIDAD |
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[030] FACULTAD SANCIONATORIA. CADUCIDAD |
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[031] FINANCIACION DE VIVIENDA |
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[032] FINANCIACION DE VIVIENDA |
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[033] FONDO NACIONAL DE AHORRO |
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[034] FUNCIONES JURISDICCIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA |
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[035] HABEAS DATA |
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[036] HABEAS DATA. RESERVA DE LEY ESTATUTARIA |
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[037] IMPUESTO DIFERIDO DÉBITO |
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[038] INTERESES
Competencia en materia de fijación y certificación de la tasa de interés. Facultad de certificación de la Superintendencia Bancaria; es un acto positivo de comprobación. Intereses en las operaciones de los establecimientos de crédito; clases, definiciones; operaciones de mutuo con intereses. La libertad contractual y sus límites. Normas de orden público. Irretroactividad y aplicación inmediata de la ley. El delito de usura. Cobro o pago de intereses en operaciones activas o pasivas; límites a las tasas de interés. Aplicación del artículo 884 para las operaciones de los establecimientos bancarios. Artículo 72 de la Ley 45 de 1990. Cláusulas que autorizan el cobro de intereses superiores a la tasa fija pactada. Función de la Superintendencia Bancaria de velar porque se cumpla la obligación de de- volver las sumas de intereses cobrados en exceso. |
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[041] INTERVENCION Y LIQUIDACION DE ENTIDADES FINANCIERAS
Naturaleza jurídica de los dineros destinados a seguridad social depositados en entidades financieras en proceso de liquidación. Recursos públicos con destinación constitucional específica. Contribuciones parafiscales. Acción de tutela a fin de evitar la desviación de los recursos de la seguridad social, para proteger eventuales derechos fundamentales de los afiliados o beneficiarios. |
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[042] LIQUIDACION FORZOSA ADMINISTRATIVA
Existencia de otro mecanismo judicial y amparo. Derechos adquiridos. Derecho a la vida. Principio de proporcionalidad en el estado social de derecho frente al individuo. Seguro de vida y seguro de renta por incapacidad total y permanente. |
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[043] LIQUIDACIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA
Toma de posesión para liquidar y para administrar. Prohibición legal de compensación de deudas. Los principios de igualdad y el debido proceso de acreedores en el proceso liquidatorio frente a la compensación. En el proceso liquidatorio, la tutela sólo puede darse en casos extremos. |
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[044] LIQUIDACIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA DE ENTIDAD ASEGURADORA
Personas de la tercera edad, trato constitucional preferente. Derecho a la seguridad social. Prohibición constitucional de destinar a otros fines los recursos de la seguridad social. Perjuicio irremediable. Principio de igualdad; tratamiento de excepción. |
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[045] LIQUIDACION FORZOSA ADMINISTRATIVA. COMPENSACIÓN
Se declara exequible el artículo 301, numeral 2, del Decreto 663 de 1993, Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Compensación en el proceso de liquidación forzosa de entidades financieras. Principio de igualdad de los acreedores en el proceso liquidatorio. |
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[046] MARGEN DE SOLVENCIA
Defecto del patrimonio técnico. Revalorización del patrimonio. Plan Unico de Cuentas. Eventos en que procede la disposición de las utilidades reportadas en los estados financieros de las entidades por parte de sus socios o accionistas. Emisión de acciones. |
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[047] MEDIDAS DE CONTROL DE ACTIVIDADES ILÍCITAS
Las instituciones sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria están obligadas a adoptar medidas de control para evitar el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas. No basta la adopción de procedimientos sino la eficacia de los mismos, pues esta es la que define la contundencia del resultado. La actividad financiera exige mandatos que imponen un resultado. |
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[048] MENSAJES DE DATOS
El reconocimiento jurídico de la validez plena y del valor probatorio de los mensajes de datos. El comercio electrónico. Eficacia jurídica de los mensajes de datos. La firma digital. Las entidades de certificación y la emisión de certificados sobre la autenticidad de los mensajes de datos y las firmas digitales. La actividad de las entidades de certificación y la función notarial. |
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[049] MENSAJES DE DATOS
Fax como mecanismo idóneo para sustentar el recurso de casación. Alcance probatorio del mensaje de datos. La exigencia del original del escrito de la demanda de casación puede quedar satisfecha con un mensaje de datos. |
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[050] NEGOCIACIÓN DE ACCIONES
Frente a la negociación de más del 10% de las acciones sin autorización de la Superintendencia Bancaria, el artículo 88 del EOSF consagra un efecto sancionatorio, consistente en la ineficacia de pleno derecho, que no requiere declaración judicial, ni se asimila a la confiscación o a la expropiación. |
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[051] OFICINAS DE REPRESENTACIÓN
Funciones y restricciones de las oficinas de representación. Oficinas promotoras. Infor-mación que deben suministrar a la Superintendencia Bancaria. |
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[052] PROMOCIÓN COMERCIAL MEDIANTE INCENTIVOS
Prohibición de trasladar los costos publicitarios a los usuarios de las instituciones financieras y aseguradoras. Libre competencia. Prevalencia del interés común y deber de las autoridades de proteger los intereses de los consumidores. |
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[053] PRUEBAS EN LA VIA GUBERNATIVA
Decreto y práctica de pruebas en actuación administrativa. Debido proceso y derecho de defensa. Negación de pruebas inconducentes o que carezcan de utilidad, en la vía gubernativa. Tacha de falsedad de documentos. Mecanismo alternativo de defensa judicial. |
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[054] RECURSO EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA
Naturaleza del recurso extraordinario de súplica. En caso de sentencia condenatoria de contenido económico, el recurrente podrá solicitar que se suspenda el cumplimiento de lamisma. El recurso no suspende los efectos de la sentencia denegatoria. |
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[055] RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
POR DAÑO ANTIJURIDICO Responsabilidad patrimonial del funcionario público. Configuración de la acción de repetición. Culpa grave o dolo del servidor público. Cosa juzgada constitucional. Supresión de trámites. Exequibilidad del artículo 78 (parcial) del Código Contencioso Administrativo. Llamamiento en garantía. Artículo 345 del Decreto 1122 de 1999. |
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[056] SEGURIDAD SOCIAL
Pago oportuno de la remuneración salarial. Afectación del mínimo vital de una persona de la tercera edad. El derecho a la seguridad social de las personas de la tercera edad. Tutela en el caso de pagos periódicos incumplidos. |
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[057] SEGURIDAD SOCIAL EN LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
Cooperativas especializadas, multiactivas e integrales. Cooperativas de trabajo asociado. Inaplicabilidad de las normas laborales a los trabajadores-socios de las cooperativas; régimen de seguridad social. Sanciones administrativas, indeterminación y márgen de discrecionalidad; principio de legalidad. Exequibilidad del artículo 59 de la Ley 79 de 1998. |
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[058] SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONADOS
Reconocimiento de los intereses de mora a favor de los pensionados. Finalidad. Derecho a la igualdad. Interpretación del artículo 141 de la Ley 100 de 1993; la disposición no distingue entre pensionados y respecto de regímenes pensionales anteriores. Cálculo de la mora según la fecha en que se produjo. |
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[059] SISTEMA GENERAL DE SALUD - PENSIONADOS
Principio de igualdad y cotización en salud de los pensionados y trabajadores activos. Principio de solidaridad y regulación legal de la seguridad social. |
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[060] SISTEMA NACIONAL DE CRÉDITO AGROPECUARIO
Exequibilidad de los artículos 216 a 226 del Decreto 663 de 1993. Facultades Extraordinarias. Leyes marco. Alcance de la Sentencia C-700 de 1999. El Decreto 663 de 1993 se limitó a incorporar normas legales vigentes al momento de su expedición. |
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[061] SOCIEDADES DE CONTADORES PÚBLICOS
Sentido y alcance de la Ley 43 de 1990. Compatibilidad entre la vigilancia que ejerce la Junta Central de Contadores y la que cumple la Superintendencia de Sociedades sobre las sociedades de contadores públicos. Sanción a contadores. Principios generales de la contabilidad. El Consejo Técnico no tiene facultades para expedir normas contables. Funciones públicas del contador. |
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[062] SOCIEDADES FIDUCIARIAS
Violación del literal h) del artículo 156 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Prohibición de que los fondos comunes de inversión obtengan créditos para la realización de los negocios del fondo. Inversiones mediante cheque que no han hecho canje. Fuerza mayor. |
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[063] SUPERINTENDENCIA BANCARIA
Potestad reglamentaria de la Superintendencia Bancaria en materia contable. Contingencias. Principio de Prudencia. Constitución de provisiones. Provisiones respecto de los bienes recibidos en dación en pago. Alcance de las "reglas generales" que expida la Superintendencia Bancaria en materia contable. El encaje bancario no excluye la consti-tución de provisiones. |
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[064] SUSTITUCIÓN PENSIONAL
Prueba de la convivencia de los compañeros permanentes ante la entidad pagadora. No se requiere sentencia judicial. |
