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Índice General
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ADMINISTRADORES
[§ 001] Préstamos otorgados a administradores. Desviación de los recursos otorgados en mutuo con destinación específica. Sanción por violación de los estatutos sociales. Las actuaciones procesales se rigen por la ley vigente al momento de su iniciación.
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AJUSTES INTEGRALES POR INFLACIÓN
[§ 002] Historia normativa. Ajustes por inflación sobre activos no monetarios expresados en moneda extranjera. Procedencia. Imposibilidad de considerar otro índice.
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BANCO CENTRAL HIPOTECARIO - LIQUIDACIÓN
[§ 003] Sociedades de Economía Mixta. Entidades administrativas que pertenecen al sector descentralizado por servicios de la Rama Ejecutiva. Facultades del Presidente de la República para su liquidación.
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COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL
[§ 004] Inversiones admisibles. Operaciones autorizadas. Bienes raíces que pueden poseer las sociedades fiduciarias. Cesión de derechos fiduciarios a título de permuta sobre bienes inmuebles. Naturaleza del contrato de fiducia. Desconocimiento del debido proceso y el derecho de defensa.
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CONSTITUCIÓN DE ENTIDADES FINANCIERAS
[§ 005] Autorización previa del Estado para el ejercicio de la actividad financiera. Responsabilidad, idoneidad y solvencia patrimonial de las personas que participen en la constitución de una entidad financiera. Delitos, faltas administrativas e inhabilidades. Intervención estatal sobre la actividad financiera y respecto de los sujetos que la realizan. Supuestos de hecho que estructuran la prohibición de autorización.
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CONTADOR PÚBLICO
[§ 006] El Legislador es el llamado a considerar los eventos en que se requiere la presencia del Contador Público.
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CONTRATO DE CRÉDITO DOCUMENTARIO
[§ 007] Abuso del derecho de acción. Error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas. Terminación y resolución del contrato de crédito documntado. Independencia de las relaciones que surgen del contrato de crédito documentario.
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ENTIDADES FINANCIERAS NACIONALIZADAS
[§ 008] Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo del artículo 115 de la Ley 510 de 1999. Garantía de la Nación para el pago de las obligaciones. Sustitución en los procesos correspondientes a lasentidades financieras nacionalizadas.
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FACULTAD SANCIONATORIA DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA
[§ 009] Aplicación restrictiva de las garantías y fundamentos propios del derecho penal al campo del derecho administrativo sancionatorio.
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[§ 010] Garantía del debido proceso y del derecho de defensa. Alcance de la Sentencia C-1161 de la Corte Constitucional.
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FACULTADES JURISDICCIONALES DE LAS SUPERINTENDENCIAS
[§ 011] Inconstitucionalidad del artículo 52 de la Ley 510 de 1999. Recurso de apelación contra las decisiones de las Superintendencias en ejercicio de facultades jurisdiccionales. Métodos de interpretación normativa. Cosa juzgada aparente. La garantía del juez natural. Principio de unidad jurisdiccional.
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GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
[§ 012] Exención al gravamen de las cuentas de ahorro para financiación de vivienda; requisitos. Beneficiario de la exención. Competencia del ejecutivo para regular la materia.
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HABEAS DATA
[§ 013] Bases de datos dispuestas en Internet.
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[§ 014] Caducidad del dato negativo registrado en bancos de datos. Derecho a la igualdad.
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[§ 015] Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 19 de la Ley 716 de 2001. El establecimiento de un término de caducidad del dato financiero requiere una ley estatutaria.
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[§ 016] Derecho a la caducidad del dato negativo. Núcleo esencial del habeas data.
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[§ 017] Derecho a la información cierta y objetiva. Derecho al buen nombre. Término de caducidad del dato negativo. Requisitos de procedibilidad de la acción de tutela.
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[§ 018] Efectos del artículo 19 de la Ley 716 de 2001, aplicación retroactiva. Derecho a la igualdad, principio de favorabilidad. Caducidad del dato negativo.
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[§ 019] Permanencia en bancos de datos. Régimen de excepción de la Ley 716 de 2001.
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IMPUESTO DIFERIDO DÉBITO
[§ 020] Concepto. Relación con las pérdidas fiscales.
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LEASING FINANCIERO
[§ 021] Cláusula de exoneración de responsabilidad de la compañía de leasing por vicios ocultos. Validez.
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LEY DE VIVIENDA
[§ 022] Opción de recuperar la vivienda durante el año siguiente a la vigencia de la Ley 546 de 1999 a quienes hubieran hecho dación en pago.
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LEY 510 DE 1999
[§ 023] Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 72, 73 y 74 de la Ley 510 de 1999. Principio de unidad de materia legislativa. Violación del derecho de igualdad de oportunidades. Integrantes del mercado cambiario.
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LIQUIDACIÓN FORSOZA ADMINISTRATIVA
[§ 024] Acción de tutela contra entidades financieras. El derecho a la salud en conexidad con un derecho fundamental. Protección especial de las personas de la tercera edad. Procedencia de la tutela para la devolución de recursos por fuera del proceso de liquidación.
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PENSIÓN DE INVALIDEZ
[§ 025] Derecho a la pensión cuando el empleador no paga la cotización a la administradora de pensiones.
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PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES
[§ 026] Cotizaciones para acceder a la pensión de sobrevivientes. Sanciones por la mora del empleador en el pago de las cotizaciones.
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[§ 027] Requisitos para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes a favor de la compañera permanente.
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PENSIÓN DE VEJEZ
[§ 028] Improcedencia de arreglos entre el empleador y el fondo de pensiones que puedan afectar el derecho fundamental del trabajador a percibir su pensión de vejez. La pensión de vejez como parte del Sistema de Seguridad Social. Criterios jurisprudenciales sobre la interpretación del Sistema de Seguridad Social. Mora en la cotización.
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[§ 029] Reconocimiento de la pensión como derecho fundamental. Régimen jurídico de los bonos pensionales y de las cuotas partes. Régimen de transición.
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[§ 030] Requisitos para obtener la pensión de vejez. Finalidad. Beneficio de estabilidad a favor de los trabajadores que están próximos a adquirir el status de pensionados.
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POSESIÓN DE DIRECTIVOS
[§ 031] Posesión ante la Superintendencia Bancaria de los miembros suplentes de la Junta Directiva de entidades vigiladas.
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REESTRUCTURACIÓN DE CRÉDITO HIPOTECARIO
[§ 032] Acción de nulidad contra las Circulares Externas 007, 068 y 085 de 2000 y 002 de 2001 expedidas por la Superintendencia Bancaria. Tasa de remuneración de los créditos hipotecarios: su determinación corresponde a la Junta Directiva del Banco de la República.
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RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
[§ 033] No aplica a las personas que renuncien al Sistema de Prima Media con Prestación Definida. No es un derecho adquirido.
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RELIQUIDACIÓN DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS
[§ 034] El error en la liquidación de créditos hipotecarios por parte de entidades financieras no puede ser trasladado de manera unilateral al usuario.
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RENTA LÍQUIDA GRAVABLE
[§ 035] Depuración de la renta. Su fin es obtener la base gravable. Pérdidas fiscales. Condiciones para que proceda la deducción. Su compensación se realiza sobre la renta líquida.
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RESERVA DE DOCUMENTOS
[§ 036] Recurso de insistencia. Derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley. Los libros y papeles del comerciante tienen reserva legal.
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REVISOR FISCAL
[§ 037] Circulares de servicios susceptibles de ser demandas. Facultad de la Junta Central de Contadores para introducir restricciones al ejercicio de Revisoría Fiscal a las personas jurídicas.
[§ 038] Facultad de la Junta Central de Contadores para introducir restricciones al ejercicio de revisoría fiscal a las personas jurídicas.
[§ 039] Normatividad establecida para el sector financiero; preferencia frente a la legislación mercantil. Competencia de la Superintendencia Bancaria para sancionar al revisor fiscal de una entidad vigilada.
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REVOCATORIA DIRECTA
[§ 040] Requisitos para revocar actos administrativos de carácter particular y concreto. Demanda ante la jurisdicción contenciosa administrativa cuando la administración considere su propio acto contrario a la Constitución o a la ley.
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SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO - SOAT
[§ 042] Obligatoriedad de la expedición del SOAT. Improcedencia de la inspección previa del vehículo; el caso de las motocicletas. Diferencias entre requisitos de validez del contrato y verificación de las condiciones del bien asegurado. Aspectos específicos relativos a la póliza.
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SEGUROS
[§ 043] Declaración del estado del riesgo. La inexactitud en que incurre el tomador en relación con su capacidad económica origina la nulidad relativa del contrato.
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[§ 044] Postulado de la buena fe. Excepción de exclusión de amparo frente a la procedencia ilícita de la cosa asegurada.
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[§ 045] Principio de la buena fe en el contrato de seguro. Obligación precontractual del tomador de declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinan el estado del riesgo.
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SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
[§ 046] Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida y Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Definición. Características. Competencia constitucional del legislador para configurar los regímenes pensionales en la Ley 100 de 1993.
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SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
[§ 047] La expedición del Decreto 1295 de 1994 y las facultades del Ministro Delegatario. Límite material y temporal de las facultades extraordinarias otorgadas al Presidente de la República para dictar las normas necesarias para organizar la administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
[§ 048] Límite máximo de pensiones que se originen en un accidente de trabajo o en una enfermedad profesional. Competencia del legislador para fijar dicho límite. Derecho a la igualdad.
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UVR
[§ 049] Nulidad de la Resolución 2896 de l999 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la cual "se publica el valor de la UVR para cada uno de los días comprendidos entre el 1° de enero de 1993 y el 31 de diciembre de l999". Efectos jurídicos.
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VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL
[§ 050] Nulidad de la Circular Externa 054 del 13 de julio de 2000 expedida por la Superintendencia Bancaria. Tasa de interés para la financiación de vivienda de interés social. Aplicación retroactiva de la ley. Excepción aplicable cuando prevalece el interés general. Las facultades de instrucción de la Superintendencia Bancaria no implican el ejercicio de funciones jurisdiccionales.
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