|
A
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
Procedibilidad contra particulares que desarrollan actividades de interés público.§ 022
Requisitos para su procedencia. § 022
ACCIÓN DE TUTELA
Contra entidades financieras. § 024
Requisitos de procedibilidad de la acción de tutela. § 017
ADMINISTRADORES
Préstamos otorgados a los mismos. § 001
AJUSTES INTEGRALES POR INFLACIÓN
Historia normativa. § 002
Procedencia sobre activos no monetarios expresados en moneda extranjera. § 002
B
BANCO CENTRAL HIPOTECARIO
Liquidación § 003
BONOS PENSIONALES
Régimen Jurídico. § 028
C
CADUCIDAD DEL DATO FINANCIERO
Su regulación requiere de una ley estatutaria. § 015
CADUCIDAD DEL DATO NEGATIVO
Derecho a la igualdad. § 014
Registrado en bancos de datos. § 014
COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL
Inversiones admisibles. § 004
Operaciones autorizadas. § 004
COMPAÑÍAS DE LEASING
Exoneración de responsabilidad por vicios ocultos. § 021
CONSTITUCIÓN DE ENTIDADES FINANCIERAS
Autorización previa para su ejercicio. § 005
CONTADOR PÚBLICO
Eventos en que se requiere su presencia. § 006
No es obligatoria tal calidad para funcionarios visitadores de la Superintendencia Bancaria. § 037
CONTRATO DE FIDUCIA
Naturaleza. § 004
CRÉDITO DOCUMENTARIO
Contrato. § 007
Resolución del contrato. § 007
CUENTAS DE AHORRO
Exención al gravamen a los movimientos financieros. § 012
D
DACIÓN EN PAGO
Opción de recuperar la vivienda en el plazo establecido por la ley. § 022
DEBIDO PROCESO
Garantía. § 011
Sentencia C-1161 de 2001 de la Corte Constitucional. § 011
DERECHO A LA IGUALDAD
De los integrantes del mercado cambiario. § 023
En límite máximo de pensiones. § 048
Registro en bancos de datos. § 014
Violación. § 023
DERECHO A LA INFORMACIÓN
Véase Habeas Data
DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO
Aplicación de fundamentos propios del derecho penal. § 009
E
ENTIDADES FINANCIERAS NACIONALIZADAS
Garantía de la Nación del pago de las obligaciones. § 008
G
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
Exención para cuentas de ahorro destinadas a la financiación de vivienda. § 012
H
HABEAS DATA
Bases de datos dispuestas en Internet. § 013
Caducidad del dato negativo. § 014
Derecho a la caducidad del dato negativo. § 016
Derecho a la información cierta y objetiva. § 017
Núcleo esencial. § 016
Permanencia en bancos de datos. § 019
Se requiere ley estatutaria para regular el tema. § 015
I
IMPUESTO DIFERIDO DÉBITO
Concepto. § 020
Relación con las pérdidas fiscales. § 020
INVERSIONES ADMISIBLES
A compañías de financiamiento comercial. § 004
J
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
Circulares de servicios. § 038
Facultad para introducir restricciones para el ejercicio de la revisoría fiscal por parte de las personas jurídicas. § 038
Naturaleza de sus circulares. § 037
JUNTA DIRECTIVA
Posesión de los miembros suplentes ante la Superintendencia Bancaria. § 031
JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA
Corresponde a ella determinar la tasa de remuneración de los créditos hipotecarios.
§ 032
L
LEASING FINANCIERO
Cláusula de exoneración de responsabilidad de la compañía de leasing por vicios ocultos. § 021
LEY 510 DE 1999
Determinación de nuevos integrantes del mercado cambiario. § 023
Garantía de la Nación para el pago de obligaciones. § 008
Principio de unidad de materia. § 023
Sustitución en los procesos de las entidades financieras nacionalizadas. § 008
LIQUIDACIÓN DE ENTIDADES ADMINISTRATIVAS
Facultades del Presidente de la República. § 003
LIQUIDACIÓN FORSOZA ADMINISTRATIVA
Procedencia de la tutela para la devolución de recursos por fuera del proceso de liquidación. § 024
M
MONEDA EXTRANJERA
Ajustes por inflación sobre activos no monetarios. § 002
MUTUO
Destinación específica. § 001
O
OPERACIONES AUTORIZADAS
A compañías de financiamiento comercial. § 004
P
PENSIÓN
Beneficio de estabilidad a trabajadores que están próximos a adquirir el derecho. § 030
El derecho no se puede afectar por arreglos entre el empleador y el fondo de pensiones. §028
Finalidad. § 030
Límite máximo de pensiones según su origen. § 048
Permanente. § 027
Reconocimiento como derecho fundamental. § 029
Reconocimiento de la pensión de sobrevivientes a favor de la compañera.
Reconocimiento del derecho frente al no pago de la cotización. § 025
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. § 046
Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida. § 046
Requisitos para su obtención. § 030
Sanciones por la mora en el pago de las cotizaciones. § 026
POSESIÓN
De los miembros suplentes de la Junta Directiva de las entidades vigiladas. § 031
PRINCIPIO DE LA BUENA FE
En el contrato de seguro. § 045
R
RECURSO DE INSISTENCIA
Procedencia. § 036
RECURSO DE REPOSICIÓN
Práctica de pruebas. § 037
REESTRUCTURACIÓN DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS
Tasa de remuneración. § 032
RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
No aplica a las personas que renuncien al Sistema de Prima Media con Prestación Definida. § 033
No constituye un derecho adquirido. § 033
RELIQUIDACIÓN DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS
Error en la liquidación no puede ser trasladado de manera unilateral al usuario. § 034
RENTA LÍQUIDA GRAVABLE
Compensación de pérdidas fiscales. § 035
RESERVA DOCUMENTAL
Recurso de insistencia. § 036
Sobre libros y papeles del comerciante. § 036
REVISOR FISCAL
Circulares de servicios. § 037
Facultad de la Superintendencia Bancaria para sancionarlo. § 037, § 039
Naturaleza de su ejercicio. § 037
Restricciones a su ejercicio. § 037
REVOCATORIA DIRECTA
Frente a actos de carácter particular y concreto. § 040
S
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
A revisores fiscales de entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria.
§ 037, § 039
Aplicación de los principios del derecho penal al derecho administrativo. § 009
SEGURO DE CUMPLIMIENTO
Concepto. § 041
Principio y prueba del mismo. § 041
SEGUROS
Declaración del estado del riesgo. § 043
La inexactitud del tomador en relación con su capacidad económica origina la nulidad relativa del contrato. § 043
Sobre cosa ilícita. § 044
Obligación del tomador de declarar sinceramente los hechos que determinan el estado del riesgo. § 045
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
Criterios jurisprudenciales para su interpretación. § 030
Mora en la cotización. § 030
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
Regulación por parte del Presidente de la República § 047
SOAT
Improcedencia de la inspección previa del vehículo; el caso de las motocicletas. § 042
Obligatoriedad de la expedición. § 042
Validez del contrato y verificación de las condiciones del bien asegurado. § 042
SOCIEDADES FIDUCIARIAS
Bienes raíces que pueden poseer. § 004
Cesión de derechos fiduciarios a título de permuta sobre bienes inmuebles. § 004
SUBORDINACIÓN
De entidades vigiladas. § 049
Presupuestos legales para que opere entre sociedades. § 049
SUPERINTENDENCIA BANCARIA
Competencia para sancionar al revisor fiscal de una entidad vigilada. § 037, § 039
Facultades Jurisdiccionales. § 009
Facultad sancionatoria. § 004
SUPERINTENDENTES DELEGADOS
Frente a sus actos no procede recurso de apelación con anterioridad del Decreto 2489 de 1999. § 001
U
UVR
Efectos jurídicos. § 050
Equivalencia con la UPAC. § 050
V
VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL
Tasa de interés aplicable. § 050
|