Consumidor Financiero
| Inicio > Consumidor Financiero > Defensor del Consumidor Financiero > Medidas con ocasión Recomendación DCF | |||||||||||||||||||
| Medidas con ocasión de las Recomendaciones del Defensor del Cliente | |||||||||||||||||||
Según lo establecido en la Circular Externa 015 de 2007, las entidades vigiladas están obligadas a pronunciarse sobre las recomendaciones del Defensor del Cliente (efectuadas en el Informe Anual de Gestión presentado en el primer trimestre de cada año o en forma individual en cualquier tiempo). El propósito de la difusión de las medidas adoptadas por las entidades vigiladas es: |
|||||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||||
| Consulte el tema o producto según la entidad financiera: | |||||||||||||||||||
Última actualización: 28 de diciembre de 2011 |
Modificación: 29/10/2012
