Buscador de preguntas y respuestas
Se encontraron 504 resultados.
Lista de preguntas
¿Qué es la Defensoria del Consumidor Financiero?
Es una institución orientada a la protección especial de los consumidores financieros CF, independiente y autónoma, especializado y conocedor del sector (financiero, bursátil, asegurador y previsional según el caso), con la que cuentan la mayoría de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. (ver listado en el portal web de la SFC en el botón Consumidor Financiero / Defensor del Consumidor Financiero / Ubique aquí su defensor).
¿Qués es y dónde se puede consultar el simulador de tarifas?
Con esta aplicación los consumidores financieros disponen de una herramienta que les permite estimar el valor aproximado que pueden llegar a pagar por el uso de los servicios asociados a la cuenta de ahorros y las tarjetas de crédito, según las características de uso que quieran definir. Se puede consultar en nuesra prágina web, en el botón ubicado en la parte inferior derecha denominado "Simulador de tarifas Servicios Financieros".
¿Cuál es el término legal otorgado a la SFC para atender una queja?
El término para iniciar el trámite de las quejas formuladas ante la Superintendencia es de quince (15) días hábiles, eso significa que en ese término ha de impulsarse la queja. El plazo para culminar la actuación no se encuentra regulado dado que se trata de un proceso administrativo que requiere agotarse en varias etapas, dependiendo de la complejidad del tema y del acervo probatorio necesario. Ejemplo de tales etapas son los siguientes: el traslado de la queja a la entidad para que se pronuncie sobre los hechos expuestos por el solicitante; el envío de la respuesta por parte de la supervisada; la evaluación de toda la documentación recibida; la solicitud de concepto a otras áreas de la Superintendencia o a otras entidades y la petición de aclaración o complemento de la respuesta a la entidad.
Con ocasión de los hechos descritos en la queja y con la respuesta brindada por la entidad, si hay lugar a requerimiento, la SFC evaluará si ésta atendió y resolvió la inconformidad y revisará el proceder de la institución frente a la normatividad que regula su actividad.
Con ocasión de los hechos descritos en la queja y con la respuesta brindada por la entidad, si hay lugar a requerimiento, la SFC evaluará si ésta atendió y resolvió la inconformidad y revisará el proceder de la institución frente a la normatividad que regula su actividad.
¿Qué requisitos deben cumplir los responsables dela información (entidades financieras) al momento de hacer un reporte negativo?
Cuando una fuente pretenda efectuar un reporte de información negativa en relación con el incumplimiento de obligaciones, debe cumplir las siguientes reglas: Previo al reporte debe enviar una comunicación al titular de la información, la cual se puede incluir en los extractos que periódicamente se envían. Durante los 20 días posteriores al envío de dicha comunicación el titular de la información puede demostrar el pago, pagar o controvertir aspectos de la obligación. Una vez trascurrido el término de 20 días desde el envío de la comunicación podrá realizarse el reporte, sin embargo, en caso de que se haya presentado solicitud de rectificación o actualización que esté pendiente de ser resuelta, se debe indicar que la información está en discusión.
¿En qué consiste la personalización de tarjetas débito y crédito?
Las tarjetas débito y crédito que se emitan a partir del 1° de julio de 2008 deben contener al menos la siguiente información: nombre del cliente, indicación de si es crédito o débito, nombre de la entidad emisora, fecha de expiración, espacio para la firma del cliente y número telefónico de atención al cliente.
¿Si tengo una queja o inconveniente con los productos y servicios ofrecidos por una entidad vigilada, a dónde puedo acudir?
i) Ir primero a la entidad en la que se tienen los productos o a la que se fue por información.
ii) también se puede ir a las Defensorías del Consumidor Financiero DCF.
iii) dirigirse a la SFC para que investiguen y respondan y/o solucionen.
iv) en todo caso, el consumidor financiero puede hacer uso de las acciones jurisdiccionales existentes para la defensa de sus intereses.
ii) también se puede ir a las Defensorías del Consumidor Financiero DCF.
iii) dirigirse a la SFC para que investiguen y respondan y/o solucionen.
iv) en todo caso, el consumidor financiero puede hacer uso de las acciones jurisdiccionales existentes para la defensa de sus intereses.
¿Todas las Entidades Cooperativas están sometidas a la inspección y vigilancia de la SFC?
No. Sólo las que ostenten la calidad de Cooperativas Financieras, es decir aquellas que de conformidad con el artículo 40 de la Ley 454 de 1998 están constituidas como cooperativas especializadas, cuya función principal consiste en captar recursos del público, manejarlos, invertirlos y obtener un aprovechamiento de los mismos. De acuerdo a lo anterior, las siguientes Cooperativas son las únicas que son vigiladas por esta Superintendencia:
Cooperativa Financiera de Antioquia C.F.A.
Cooperativa Financiera John F. Kennedy Ltda. Sigla “Coopkennedy"
Coofinep Cooperativa Financiera
Cotrafa Cooperativa Financiera
Confiar Cooperativa Financiera -podrá identificarse con el nombre " CONFIAR"
En todo caso, para información actualizada debe consultarse el Portal web www.superfinanciera.gov.co, en el ícono de Industrias Supervisadas.
Cooperativa Financiera de Antioquia C.F.A.
Cooperativa Financiera John F. Kennedy Ltda. Sigla “Coopkennedy"
Coofinep Cooperativa Financiera
Cotrafa Cooperativa Financiera
Confiar Cooperativa Financiera -podrá identificarse con el nombre " CONFIAR"
En todo caso, para información actualizada debe consultarse el Portal web www.superfinanciera.gov.co, en el ícono de Industrias Supervisadas.
¿Los reclamos que se presenten sobre el tema de bases de datos serán de competencia de la Superintendencia Financiera de Colombia sólo si hay implicadas entidades vigiladas?, ¿Todas las demás serán de competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio?.
De conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1266 de 2008, en los casos en que la fuente, usuario u operador de información sea una entidad vigilada por la SFC, este Organismo ejercerá la vigilancia y control e impondrá las sanciones respectivas (supervisión que adelanta la Delegatura para Riesgo Operativo) Por su parte, corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio ejercer la función de vigilancia de los operadores, las fuentes y los usuarios de información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países, en cuanto se refiere a la actividad de administración de datos personales que se regula en dicha ley.
¿Qué pasa si no pago una prima?
La terminación automática de la póliza por no pago de la prima opera de pleno derecho, no siendo obligatorio para el asegurador dar aviso al asegurado.
¿Qué es infraseguro?
Es cuando el valor real de los bienes es mayor al valor asegurado. Ejemplo: Lo aseguro por $100 y vale $200.
Se encontraron 36 resultados.