Superintendencia Financiera de Colombia

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Glosario

RENDIMIENTO

Es la ganancia en dinero, bienes o servicio que una persona o empresa obtienen de sus actividades industriales, agrícolas, profesionales, o de transacciones mercantiles o civiles.

RENTA FIJA

Inversiones que permiten conocer de manera anticipada cuáles serán las condiciones de plazo y rentabilidad por la compra o venta de títulos valores.

RENTABILIDAD

Es la relación, generalmente expresada en porcentaje, entre el rendimiento económico que proporciona una inversión y lo que se ha invertido en ella. Si se invierten 1000 pesos y se obtienen 100 pesos la rentabilidad de esa operación es del 10 %. Para este caso se hablará de la rentabilidad del Fondo de Pensiones Obligatorias o del Fondo de Cesantías.

RENTABILIDAD

Es la relación entre la utilidad proporcionada por un título y el capital invertido en su adquisición.

RENTABILIDAD ACUMULADA EFECTIVA ANUAL

Corresponde a la rentabilidad obtenida por el fondo durante un período determinado, expresada en términos efectivos anuales.

RENTABILIDAD COMPUESTA POR INTERESES

Es el producto de la inversión original suponiendo la reinversión periódica de los rendimientos que ella produce.

RENTABILIDAD EFECTIVA ANUAL

Es el producto obtenido en un año de la inversión original, suponiendo reinversión de los intereses.

RENTABILIDAD MÍNIMA OBLIGATORIA

Es la rentabilidad que como mínimo debe garantizar las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías en la administración de los recursos, la cual se calcula de acuerdo con la metodología establecida en el Decreto 2664 de 2007. Esta rentabilidad se calcula con base en el comportamiento de los precios de mercado de las inversiones.

REPOS

Acuerdo o contrato de compra - venta de títulos mediante el cual el comprador adquiere la obligación de transferir nuevamente al vendedor inicial la propiedad de los títulos negociados ya sean los mismos en otras de la misma especie, dentro de un plazo y bajo las condiciones fijadas de antemano en el negocio inicial. Es un vehículo para un crédito a corto plazo en el cual la propiedad del título es temporalmente trasladada a quien recibe el crédito.

REPRESENTANTE LEGAL DE TENEDORES DE TÍTULOS

Persona encargada de realizar todos los actos de administración y conservación que sean necesarios para el ejercicio de los derechos y la defensa de los intereses comunes de los tenedores de títulos.