Superintendencia Financiera de Colombia

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para brindar una mejor experiencia al usuario en su navegación.
Si continúas en el sitio web, estás aceptando nuestras Políticas web.

 

Glosario

FIDEICOMITENTE

Es el cliente de la fiduciaria, también llamado fiduciante o constituyente. Es aquella persona natural o jurídica , de naturaleza pública o privada, que encomienda a la fiduciaria una gestión determinada para el cumplimiento de una finalidad, pudiendo, para ello, entregarle uno o más bienes.

FIDUCIA

El vocablo fiducia significa fe, confianza. Mediante la fiducia una persona natural o jurídica llamada fideicomitente o constituyente, entrega a una sociedad fiduciaria uno o más bienes concretos, despojándose o no de la propiedad de los mismos, con el objeto de que dicha fiduciaria cumpla una determinada finalidad, en provecho del mismo fideicomitente o de quien este determine; este último se llama beneficiario.

FIDUCIARIA

Institución Financiera que garantiza el cumplimiento de las obligaciones establecidas en un título

FIJACIÓN DE PRECIOS

"Término utilizado para dar a entender la fijación de precios ""deliberada"" en contraste con la situación idealizada de la competencia perfecta en la que el precio es el resultado automático de un proceso impersonal."

FILIAL

Es aquella sociedad subordinada cuya matriz ejerce directamente el control sobre ella.

FINANCIAMIENTO

Provisión de dinero cuando y donde se necesita.

FLOTANTE

En cuestiones de hacienda pública se llama deuda flotante aquella parte de la deuda pública que no está determinada exactamente en rentas fijas.

FOGAFIN (FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS FINANCIERAS)

Institución del Gobierno Nacional que protege la confianza de los depositantes y acreedores de las Instituciones Financieras existentes en Colombia. Hasta determinado monto, el Fogafin garantiza los depósitos que se hacen en las Instituciones Financieras que le aportan al Fondo.

FONDEO

Operación consistente en adquirir fondos para prestarlos. En el mercado externo se utilizan los términos largo y corto para indicar que el banco toma prestados fondos a plazos largo y corto.

FONDO

Recursos monetarios de propiedad colectiva destinados a una aplicación específica. Conjunto de bienes de propiedad colectiva.