Superintendencia Financiera de Colombia

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Glosario

CLIENTE POTENCIAL

Es la persona natural o jurídica que se encuentra en la fase previa de tratativas preliminares con la entidad vigilada, respecto de los productos o servicios ofrecidos por esta. (Definición establecida literal c del artículo 2 de la Ley 1328 de 2009).

CLÁUSULAS ABUSIVAS

Son todas aquellas estipulaciones incluidas en los contratos de adhesión (no negociadas individualmente) en perjuicio del consumidor financiero. Este tipo de cláusulas se tendrán por NO ESCRITAS por disposición legal (parágrafo del artículo de la Ley 1328 de 2009). Son abusivas ya por prever o implicar limitación o renuncia de derechos de los consumidores financieros, invertir la carga de la prueba o limitar los deberes de las vigiladas o exonerar o atenuar su responsabilidad, en perjuicio del consumidor financiero.

COBERTURA DEL ACTIVO FIJO

Índice que mide el riesgo de otorgar un crédito a una empresa y muestra la proporción en que están cubiertos los acreedores con los activos fijos de la misma. Se obtiene de dividir el patrimonio entre los activos fijos.

COEFICIENTE DE LIQUIDEZ

Razón entre el activo disponible, circulante o realizable y el pasivo circulante o realizable.

COLOCACIÓN

Venta de acciones o títulos valores entre el público.

COLOCACIÓN PRIMARIA

Es la oferta de nuevos títulos por parte de una entidad para captar recursos con el fin de desarrollar su objeto social. En este caso existe una relación directa entre la entidad emisora y el adquiriente o primer beneficiario del valor.

COLOCADOR

Es la entidad que, facultada por su objeto social, puede actuar como suscriptor profesional o underwriter de una emisión.

COMANDITA

Sociedad en comandita. Formada por dos tipos de socios: los colectivos, que responden solidaria e ilimitadamente con todos sus bienes presentes y futuros del resultado social, y los comanditarios, que sólo lo hacen con la cantidad aportada.

COMERCIO MULTILATERAL

Comercio entre muchos países. Se contrasta con el comercio bilateral por el que un país llega a un acuerdo de comerciar con otro, el bilaterismo coloca unos límites a la libertad de los consumidores de comprar los bienes en el mercado más barato, e impide la realización de la especialización internacional plena, al producir cada país para la exportación, aquellos productos en los que goza de la máxima ventaja comparativa. Con el comercio multilateral no existe la necesidad de que un país equilibre sus pagos con cada país en modo individual, sino que sólo tiene que mantener en equilibrio la balanza de pagos global con el resto del mundo.

COMISIONISTA DE BOLSA

Persona autorizada para efectuar transacciones en una bolsa de valores a favor de terceros.