Glosario
CÁLCULO ECONÓMICO
En general, la consideración, por un consumidor o productor, de las alternativas abiertas para él en el gasto y ahorro de su renta personal o en la dirección de su empresa. En especial, aquel método de determinación de valores que no se hace en el mercado mediante la competencia, sino por un proceso de cálculo por una autoridad central planificadora mediante el empleo de técnicas matemático económicas.
CÁMARA DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN
Las bolsas de valores cuentan con una Cámara de compensación y liquidación, la cual se encarga de registrar, liquidar y compensar las operaciones de contado o a plazo efectuadas en las bolsas por los comisionistas. Las funciones de liquidar las operaciones de contado o a plazo, de recibir y entregar los valores y dineros correspondientes a las operaciones realizadas y de adelantar los trámites necesarios para atender el traspaso de los títulos nominativos negociados, son una eficiente herramienta con la cual cuentan la Bolsa de Valores para el seguro cumplimiento de las operaciones.
DCV: (DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES DEL BANCO DE LA REPÚBLICA)
Puede administrar títulos valores que emita, garantice o administre el Banco de la República y los títulos valores que constituyan inversiones forzosas o sustitutivas de encaje cargo de sociedades sometidas al control de la Superintendencia Financiera de Colombia, distintos de acciones.
DEAL
"Término muy utilizado en Wall Street que designa un "golpe de Bolsa", una operación de fusión o de compra, amistosa u hostil."
DEALERS
Una de las formas como operan las mesas de dinero y consiste en la financiación de una cartera de valores con recursos propios y de terceros, es decir, tomando posición propia, lo cual implica garantizar o evaluar las operaciones.
DEALMAKER
"Persona que hace ""Deals"" que fusionan empresas."
DEBE
En contabilidad por partida doble, columna de la izquierda de una cuenta a la que se llevan las operaciones que comportan la constatación de una deuda nacida a cargo de un tercero, de una entrada de bienes o valores en el patrimonio de la empresa o del agente, o de un cargo soportado por este agente.
DEBIDA DILIGENCIA PRINCIPIO
Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia deben emplear la debida diligencia en el ofrecimiento de sus productos o en la prestación de sus servicios a los consumidores, a fin de que estos reciban la información y/o la atención debida y respetuosa en desarrollo de las relaciones que establezcan con aquellas, y en general, en el desenvolvimiento normal de sus operaciones. En tal sentido, las relaciones entre las entidades vigiladas y los consumidores financieros deberán desarrollarse de forma que se propenda por la satisfacción de las necesidades del consumidor financiero, de acuerdo con la oferta, compromiso y obligaciones acordadas. Las entidades vigiladas deberán observar las instrucciones que imparta la Superintendencia Financiera de Colombia en materia de seguridad y calidad en los distintos canales de distribución de servicios financieros. (literal a del artículo 3 de la Ley 1328 de 2009).
DEBITAR
Instrucciones de imputar una suma para disminuir el saldo disponible de una cuenta en los libros de un banco. Un asiento contable que aumenta un activo o disminuye un pasivo en el balance de un banco.
DECEVAL
El Depósito Centralizado de Valores de Colombia Deceval S.A", es una entidad que recibe en depósito los títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, para mediante un sistema computarizado de alta seguridad administrarlos eliminando el riesgo de su manejo físico en transferencias, registros, pagos de intereses, etc. Este es un mecanismo común en todos los países desarrollados y en la mayoría de los Latinoamericanos (como México, Chile, Argentina, Venezuela, Brasil, Perú y Panamá). En el depósito se inmovilizan los títulos en bodegas de alta seguridad permitiendo su manejo desmaterializado, a través de registros electrónicos, (transferencias, redenciones, etc.).
