Superintendencia Financiera de Colombia

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Glosario

DEUDA PRIVADA EXTERNA

Deuda de empresas privadas a entidades internacionales, pueden contratar deuda externa a través de dos modalidades. La primera es el crédito directo que otorga la banca u otras entidades extranjeras a las empresas nacionales. La segunda, la deuda comercial de corto plazo que se adquiere a través del sistema financiero nacional.

DEUDA PÚBLICA EXTERNA

La deuda pública externa comprende todas las deudas con vencimiento superior a un año, reembolsables a acreedores del exterior y pagaderas en moneda extranjera, que hayan sido contratadas por el Gobierno Nacional directamente.

DEVALUACIÓN

La devaluación se expresa a través de una tasa que nos indica la pérdida de poder adquisitivo del peso frente a otra moneda de referencia, que puede ser el dólar, el yen, el marco, etc.

DINERO INTERBANCARIO

Día a día.

DINÁMICA

Conjunto de procesos según los cuales los fenómenos económicos se encadenan unos a otros.

DIVERSIFICACIÓN DEL RIESGO

Maniobra que pretende disminuir el riesgo total de un portafolio ya existente o recién creado, a través de la adquisición de diversos títulos valores emitidos por diferentes empresas, los cuales tengan variados comportamientos y riesgos.

DIVIDENDO

En caso de haber utilidades en una empresa, son la parte de ellas que corresponden al accionista de la misma. En otras palabras, es el valor pagado a los inversionistas como retribución a su inversión, ya sea en efectivo o en acciones.

DIVIDENDOS - CAUSACIÓN

La causación de dividendos tiene lugar, a partir del momento en el cual la asamblea general de accionistas decide decretar y ordenar su correspondiente pago, siendo justamente a partir de dicho instante en que surge la obligación para la sociedad y el derecho de los accionistas, a percibir los dividendos en la forma -dinero o acciones- y fecha que se disponga para el efecto. Desde el punto de vista contable, y para el caso de los dividendos en dinero, corresponde al movimiento contable mediante el cual el emisor traslada la totalidad de los dividendos decretados por la asamblea general, de una suma de una cuenta del patrimonio -reserva o utilidades de periodos anteriores- a una cuenta del pasivo -dividendos por pagar-.

DIVIDENDOS EXIGIBLES

Son aquellos cuya exigibilidad por parte del accionista puede hacerse efectiva en forma inmediata, ya sea porque la asamblea general no dispuso plazo para su exigibilidad o porque habiéndose dispuesto, éste ha expirado o culminado, resultando entonces, procedente su cobro. La exigibilidad de los dividendos, en nada se afecta, si el titular de los mismos no concurre a su reclamación el día previsto para su correspondiente pago.

DIVIDENDOS FECHA DE LA CARTA DE TRASPASO

Para los efectos previstos en el artículo 418 del Código de Comercio, se tomará como fecha de la carta de traspaso, tratándose de operaciones de contado, la fecha en la cual se haya producido el registro de la operación en bolsa, y tratándose de operaciones a plazo de cumplimiento efectivo, la fecha prevista para el cumplimiento bursátil de la operación.