Punto
de Contacto
La
Dirección de Protección al Consumidor Financiero de
la Superintendencia Financiera de Colombia ha creado una oficina
denominada PUNTO DE CONTACTO con el fin de orientar,
informar y atender todas las inquietudes que se puedan generar por
parte de los consumidores financieros, las cuales serán resueltas
con información clara, oportuna y confiable.
- Dirección:
Calle 7 No. 4-49 - 1er Piso
- Conmutador:
5940200
- 5940201 Ext. 3300 - 3305 - 3306
- Fax:
3505707
- 3507999
- Página
Web: www.superfinanciera.gov.co
- E-mail:
super@superfinanciera.gov.co
- Línea
Gratuita Nacional: 018000
120100
- Horario
de Atención al Público: Lunes a Viernes
de 8:45 a.m. a 5:15 p.m. Jornada Continua
- Horario
de Trabajo de la Superintendencia Financiera de Colombia: Lunes
a Viernes de 8:30 a.m. a 5:30 p.m.
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Trámites
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Defensor
del Cliente
- Cartilla
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Carta
Circular 12 de 2004 Efectos temporales de la Sentencia C-1150
del 2 de diciembre de 2003 de la Corte Constitucional, sobre
el Defensor del Cliente.
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Decreto
4759 de 2005 Reglamenta parcialmente el artículo
22 de la Ley 964 de 2005, en lo relacionado con el defensor
del cliente del mercado de valores.
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Circular
Externa 045 de 2006
Imparte instrucciones relacionada con el informe estadístico
de reclamaciones presentadas por los consumidores financieros,
ante las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera
de Colombia y ante los defensores del Cliente. Anexos
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Participación
Ciudadana
Los
Mecanismos de Participación Ciudadana pretenden mostrar al
ciudadano que la existencia de la democracia participativa y de
los mecanismos estipulados en la Constitución de 1991 hacen
viables la intervención de los ciudadanos en la toma de decisiones
públicas.
- Presentación
- Objetivos
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Promover y generar nuevos espacios para el ejercicio de la
participación social en la gestión de la Superintendencia
Financiera de Colombia.
- Desarrollar mecanismos de comunicación directa, los
cuales permiten conocer las expectativas y derechos de los
ciudadanos frente a la entidad y de esta manera resolver las
fallas que se pueden presentar al interior de la misma.
- Mecanismos
para el Control Social
- Comité
Consultivo
Establecido
por el decreto 1414 de 1992, se encuentra conformado por cinco
miembros que representan a los intermediarios de valores, los
inversionistas institucionales, las bolsas de valores, los emisores
de títulos de deuda pública y los emisores privados
e instituciones financieras con participación del Estado.
Su objeto es servir de canal entre sus miembros y la Superintendencia
para que a través de éste, se formulen las observaciones,
sugerencias y críticas conducentes al mejoramiento del
servicio prestados por al entidad.
- Entorno
de Política
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