OTROS CONCEPTOS -SINTESIS
Relación de algunos conceptos proferidos recientemente por la Superintendencia Financiera de Colombia[1]
Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, capacidad jurídica para actuar como operadores de Pagos por Servicios Ambientales - PSA
Concepto 2022176350-026 del 30 de diciembre de 2022
La capacidad de las entidades vigiladas por esta Superintendencia para realizar determinadas operaciones o actividades debe analizarse, en cada caso particular, a partir del examen de su naturaleza y el régimen legal que le sea aplicable a la respectiva entidad. Las sociedades fiduciarias pueden actuar como operadores de PSA, a través del manejo de los recursos entregados por los fideicomitentes que se encuentren facultados para la realización de tales pagos, así como adelantar las gestiones que le sean encomendadas en relación con estos y que sean acordes con su objeto social. Los establecimientos de crédito y las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos pueden complementar, en la facilitación y agilización de los pagos, la labor de un operador del PSA.
Establecimientos de crédito, bonos subordinados, clasificación y pertenencia al patrimonio adicional, relación de solvencia
Concepto 2022182173-001 del 21 de diciembre de 2022
Esta Superintendencia debe pronunciarse previamente con la información proporcionada en el prospecto de emisión acerca de la clasificación de los bonos subordinados y su pertenencia al Patrimonio Adicional. Su efecto en el cálculo de la relación de solvencia de un establecimiento de crédito se presenta una vez esta Autoridad emita pronunciamiento positivo sobre la clasificación de tales instrumentos de deuda.
Establecimientos de crédito, garantías admisibles, garantías idóneas
Concepto 2022172016-015 del 22 de diciembre de 2022
La determinación de un bien como garantía admisible o idónea le corresponde establecerla al respectivo establecimiento de crédito, como profesional y único responsable en la administración de su riesgo de crédito y contraparte, a partir del análisis que realice sobre el cumplimiento de todos los requisitos y exigencias que para el efecto prevé la normativa financiera.
Intermediarios de valores, enrutamiento de órdenes, servicios de solo ejecución, deber de asesoría
Concepto 2022175336-001 del 17 de noviembre de 2022
La prestación del servicio de enrutamiento electrónico de órdenes bajo la modalidad de servicios de solo ejecución, conforme a las condiciones fijadas para el efecto, exime a los intermediarios de valores de la obligación de suministrar a los clientes recomendaciones profesionales y de realizar el análisis de conveniencia previo, pero no de cumplir con las normas propias de su actividad. Por tanto, aun en tales casos los intermediarios deben poner a disposición de sus clientes los medios para que, cuando estos lo estimen pertinente, puedan solicitar asesoría.
Mercado de valores, asesoría, certificados de depósito a término-CDT
Concepto 2022151035-005 del 10 de noviembre de 2022
La asesoría es una actividad del mercado de valores cuyo ámbito de aplicación se encuentra restringido a las operaciones que se realizan en dicho mercado. En ese orden, respecto de los CDT emitidos por establecimientos de crédito y distribuidos a través de sus redes de oficinas, las disposiciones que rigen la actividad de asesoría solo serán aplicables cuando tales instrumentos reúnan los requisitos legales para ser considerados valores.
Servicios financieros, innovación y adopción tecnológica, neo bank
Concepto 2022170995-005 del 23 de noviembre de 2022
El ordenamiento jurídico no contempla una definición de la expresión “neo-bank”, sin embargo de acuerdo con los lineamientos internacionales en materia de Fintech y el significado del término inglés “bank”, se entiende que aquella está referida a modelos de negocio que involucran la prestación de servicios financieros con claros componentes de innovación y adopción tecnológica.
Sistema de administración de riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo-SARLAFT, clientes de mayor riesgo, acceso al sistema financiero
Concepto 2022186729-001 del 9 de diciembre de 2022
Las entidades vigiladas son las llamadas a determinar el nivel de riesgo de sus clientes o potenciales clientes a partir de la evaluación que realicen de los factores de LA/FT, conforme a la metodología aprobada para tal fin por la Junta Directiva o el órgano que haga sus veces. La normativa no prevé respecto de aquellos clientes calificados como de mayor riesgo se deba limitar su acceso al sistema financiero, sino la implementación y ejecución de procedimientos más estrictos que le permitan a las entidades vigiladas administrar adecuadamente ese nivel de riesgo frente al ejercicio de sus operaciones autorizadas.
Tarjetas débito virtual y digital, definición
Concepto 2022161183-004 del 7 de diciembre de 2022
La “tarjeta débito virtual” y la “tarjeta débito digital”, de las cuales no se encuentra una definición en la normativa financiera, son ofrecidas como instrumentos para el manejo de los depósitos a la vista, con la particularidad de no encontrarse soportadas en un medio físico como el plástico, sino en un mecanismo virtual, como aplicaciones móviles o cualquier otro según el que disponga la entidad emisora. En ese sentido, como las tarjetas débito plásticas, las virtuales permiten la disposición de los recursos a través de su retiro o mediante la satisfacción de una obligación de pago que surge como contraprestación en la adquisición de productos o servicios.
Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, capacidad jurídica para actuar como operadores de Pagos por Servicios Ambientales - PSA
Concepto 2022176350-026 del 30 de diciembre de 2022
La capacidad de las entidades vigiladas por esta Superintendencia para realizar determinadas operaciones o actividades debe analizarse, en cada caso particular, a partir del examen de su naturaleza y el régimen legal que le sea aplicable a la respectiva entidad. Las sociedades fiduciarias pueden actuar como operadores de PSA, a través del manejo de los recursos entregados por los fideicomitentes que se encuentren facultados para la realización de tales pagos, así como adelantar las gestiones que le sean encomendadas en relación con estos y que sean acordes con su objeto social. Los establecimientos de crédito y las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos pueden complementar, en la facilitación y agilización de los pagos, la labor de un operador del PSA.
Establecimientos de crédito, bonos subordinados, clasificación y pertenencia al patrimonio adicional, relación de solvencia
Concepto 2022182173-001 del 21 de diciembre de 2022
Esta Superintendencia debe pronunciarse previamente con la información proporcionada en el prospecto de emisión acerca de la clasificación de los bonos subordinados y su pertenencia al Patrimonio Adicional. Su efecto en el cálculo de la relación de solvencia de un establecimiento de crédito se presenta una vez esta Autoridad emita pronunciamiento positivo sobre la clasificación de tales instrumentos de deuda.
Establecimientos de crédito, garantías admisibles, garantías idóneas
Concepto 2022172016-015 del 22 de diciembre de 2022
La determinación de un bien como garantía admisible o idónea le corresponde establecerla al respectivo establecimiento de crédito, como profesional y único responsable en la administración de su riesgo de crédito y contraparte, a partir del análisis que realice sobre el cumplimiento de todos los requisitos y exigencias que para el efecto prevé la normativa financiera.
Intermediarios de valores, enrutamiento de órdenes, servicios de solo ejecución, deber de asesoría
Concepto 2022175336-001 del 17 de noviembre de 2022
La prestación del servicio de enrutamiento electrónico de órdenes bajo la modalidad de servicios de solo ejecución, conforme a las condiciones fijadas para el efecto, exime a los intermediarios de valores de la obligación de suministrar a los clientes recomendaciones profesionales y de realizar el análisis de conveniencia previo, pero no de cumplir con las normas propias de su actividad. Por tanto, aun en tales casos los intermediarios deben poner a disposición de sus clientes los medios para que, cuando estos lo estimen pertinente, puedan solicitar asesoría.
Mercado de valores, asesoría, certificados de depósito a término-CDT
Concepto 2022151035-005 del 10 de noviembre de 2022
La asesoría es una actividad del mercado de valores cuyo ámbito de aplicación se encuentra restringido a las operaciones que se realizan en dicho mercado. En ese orden, respecto de los CDT emitidos por establecimientos de crédito y distribuidos a través de sus redes de oficinas, las disposiciones que rigen la actividad de asesoría solo serán aplicables cuando tales instrumentos reúnan los requisitos legales para ser considerados valores.
Servicios financieros, innovación y adopción tecnológica, neo bank
Concepto 2022170995-005 del 23 de noviembre de 2022
El ordenamiento jurídico no contempla una definición de la expresión “neo-bank”, sin embargo de acuerdo con los lineamientos internacionales en materia de Fintech y el significado del término inglés “bank”, se entiende que aquella está referida a modelos de negocio que involucran la prestación de servicios financieros con claros componentes de innovación y adopción tecnológica.
Sistema de administración de riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo-SARLAFT, clientes de mayor riesgo, acceso al sistema financiero
Concepto 2022186729-001 del 9 de diciembre de 2022
Las entidades vigiladas son las llamadas a determinar el nivel de riesgo de sus clientes o potenciales clientes a partir de la evaluación que realicen de los factores de LA/FT, conforme a la metodología aprobada para tal fin por la Junta Directiva o el órgano que haga sus veces. La normativa no prevé respecto de aquellos clientes calificados como de mayor riesgo se deba limitar su acceso al sistema financiero, sino la implementación y ejecución de procedimientos más estrictos que le permitan a las entidades vigiladas administrar adecuadamente ese nivel de riesgo frente al ejercicio de sus operaciones autorizadas.
Tarjetas débito virtual y digital, definición
Concepto 2022161183-004 del 7 de diciembre de 2022
La “tarjeta débito virtual” y la “tarjeta débito digital”, de las cuales no se encuentra una definición en la normativa financiera, son ofrecidas como instrumentos para el manejo de los depósitos a la vista, con la particularidad de no encontrarse soportadas en un medio físico como el plástico, sino en un mecanismo virtual, como aplicaciones móviles o cualquier otro según el que disponga la entidad emisora. En ese sentido, como las tarjetas débito plásticas, las virtuales permiten la disposición de los recursos a través de su retiro o mediante la satisfacción de una obligación de pago que surge como contraprestación en la adquisición de productos o servicios.
[1] El texto completo de los conceptos aquí relacionados puede consultarse en nuestra página web: www.superfinanciera.gov.co por la ruta ‘Normativa//Conceptos’ o por ‘Servicios de Información al Ciudadano > Buscador de Conceptos Jurídicos y Jurisprudencia’.
Última modificación 05/01/2023