Resolución 428 de 1996/06/14
PRIMERO: Que en ejercicio
de las funciones inherentes a la dirección, coordinación
y control de la acción administrativa de la Superintendencia, atribuidas
por el artículo 5o. del Decreto 2739 de 1991 al Superintendente
de Valores, se expidió la Resolución 0386 del 30 de mayo
de 996, mediante la cual se fija el precio de venta al público
de algunas publicaciones de la Superintendencia, se determina el procedimiento
de recaudo de los recursos en la Pagaduría de
la entidad y su traslado
a la Dirección del Tesoro Nacional.
SEGUNDO: Que resulta
imperioso adicionar la resolución mencionada, en el sentido de precisar
que la determinación
inherente a la fijación del valor de las publicaciones, no constituye
óbice
para la continuación
de la difusión gratuita de normas, informes y publicaciones, que
en
desarrollo de labores de
índole promocional y/o académica, se efectúa a través
de universidades,
bibliotecas, organismos
gubernamentales nacionales e internacionales y otras entidades que
coadyuvan en la divulgación
de las mismas. Así mismo, para el cabal cumplimiento de las
funciones que competen a
la Superintendencia, se continuará realizando la asignación
oficial de
las mismas, a los funcionarios
de la entidad que en razón a sus labores las requieran
TERCERO: Que, en razón
a que la Superintendencia carece actualmente de la infraestructura
operativa idónea
para llevar a cabo directamente el control de envíos y actualizaciones
previsto
para la publicación
denominada "Régimen del Mercado Público de Valores", el sistema
de
suscripciones, remisiones
periódicas y avances informativos continuará siendo administrado
por
la sociedad "Suárez
y Walker Comunicaciones Ltda", en virtud del contrato No. 016/95 suscrito
con esta Superintendencia.
ARTICULO PRIMERO: ADICIONAR el artículo primero de la Resolución 0386 del 30 de mayo de 1996, con los siguientes parágrafos:
PARAGRAFO 1o. La Superintendencia
de Valores continuará atendiendo en forma gratuita, las
solicitudes de publicaciones
que por conducto de la Oficina de Comunicaciones de esta entidad
formulen las universidades,
bibliotecas, medios de comunicación del país, organismos
gubernamentales y entidades
que coadjuven en la promoción y divulgación del mercado público
de valores.
PARAGRAFO 2o. La asignación
oficial de publicaciones a los funcionarios de la entidad se
efectuará por conducto
de la División de Recursos Humanos y Capacitación de la Superintendencia
de Valores.
PARAGRAFO 3o. El sistema
de venta al público de suscripciones para envío de publicaciones,y
actualizaciones periódicas
del "Régimen del Mercado Público de Valores " continuará
siendo
administrado por la Sociedad
"Suárez y Walker Comunicaciones Ltda".
ARTICULO SEGUNDO: La presente
Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Última modificación 29/10/2012