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MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0428 DE 2001
(JULIO 24 )
Por la cual se modifica el inciso tercero del artículo primero de la
resolución
número 427 del 3 de julio de 1998
EL SUPERINTENDENTE DE VALORES
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de la conferida por el
numeral 1 del artículo 3°? del decreto 1609 de 2000, y
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que mediante resolución número 427 del 3 de julio de
1998, esta Superintendencia inscribió en el Registro Nacional de Valores
e Intermediarios a la sociedad Corretaje e Información Monetaria y de
Divisas de Colombia S.A., para realizar labores de intermediación en
el mercado público en el mercado público de valores, consistentes
en el desarrollo de la actividad de corretaje de valores en los términos
del artículo 1340 del código de comercio.
SEGUNDO: Que, mediante comunicación radicada bajo el número 20015?713 del 11 de mayo de 2001, el doctor Federico Ortiz Mejía, en su condición de representante legal de la citada sociedad, teniendo en cuenta la reforma del artículo 3°? de los estatutos sociales, solicitó a esta Superintendencia adicionar al desarrollo del contrato, al que se hizo alusión en precedencia, la posibilidad de ejercer la actividad descrita en el numeral 3°? del artículo 1.5.1.2. de la resolución 400 de 1995, expedida por la Sala General de la Superintendencia de Valores.
TERCERO: Que, de conformidad con lo previsto por el numeral 5° del artículo 1.5.1.4. de la ya citada resolución 400, "Los intermediarios de valores no vigilados por la Superintendencia Bancaria o la Superintendencia de Valores...", como es el caso de la sociedad en cita, podrán realizar operaciones habituales de adquisición o enajenación de valores ejecutadas directamente y por cuenta propia, y
CUARTO: Que, según información suministrada por la División de Registro Nacional de Valores e Intermediarios, la sociedad en comento, se encuentra al día con la remisión de la información que de conformidad con lo establecido por el artículo 1.1.6.2. de la citada resolución 400 está obligada a enviar a esta entidad.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el inciso tercero del artículo primero
de la resolución 427 del 3 de junio de 1998, en el sentido de permitir
a la sociedad Corretaje e Información Monetaria y de Divisas de Colombia
S.A. desarrollar operaciones habituales de adquisición o enajenación
de valores ejecutables directamente o por cuenta propia.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de la presente resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
ALICIA VILLEGAS TRUJILLO
Superintendente Delegado para Inspección
y Vigilancia del Mercado
Notificar a: Doctor
Federico Ortiz Mejía
Representante Legal
Corretaje e Información Monetaria y de Divisas de Colombia S.A.,
Carrera 11 93?46, oficina 403
Bogotá, D.C
Última modificación 29/10/2012