Resolución 405 de 1999/06/01
PRIMERO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1o. del artículo 3o. del decreto 193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y demás Entidades Vigiladas ordenar la inscripción de intermediarios en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios que lleva la Superintendencia de Valores;
SEGUNDO: Que el doctor Miguel Gómez Gómez, en su calidad de represente legal de la sociedad Inversiones y Soluciones Financieras Inverfinsa S.A., mediante comunicación radicada en esta Superintendencia el día 17 de febrero de 1999, bajo el número 19992-1243, solicitó la inscripción de la mencionada sociedad en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, y
TERCERO: Que con el propósito de establecer las condiciones morales de que trata el numeral 3º del articulo 1.1.6.1 de la resolución 400 de 1995, de la Sala General de la Superintendencia de Valores, mediante oficio radicado el día 24 de febrero de 1999, se solicitó al representante legal de la citada sociedad la autorización de que trata el artículo 17 del decreto 2150 de 1995, a efecto de requerir a las autoridades respectivas los antecedentes judiciales o de policía, disciplinarios o profesionales de los socios y representantes legales de la sociedad en comento;
CUARTO: Que mediante comunicación del día 1º de marzo de 1999, se allegó la autorización mencionada en el considerando precedente, por lo que esta entidad el día 4 de marzo del año en curso, solicitó a la Superintendencia Bancaria, al Departamento Administrativo de Seguridad, a la Dijin, a la Procuraduría General de la Nación, a la Fiscalía General de la Nación y a la Superintendencia de Sociedades, información con relación a los antecedentes que reposarán en dichas entidades sobre las personas arriba descritas;
QUINTO: Que el día 21 de mayo de 1999, se allegó a esta entidad la totalidad de la información solicitada a las entidades mencionadas en el considerando anterior, pudiéndose establecer que los representantes legales de la citada sociedad, no presentan antecedentes que puedan poner en duda sus condiciones morales;
SEXTO: Que la citada sociedad reúne los requisitos exigidos para ser inscrita en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1.6.1 de la resolución 400 de 1995, modificado por el artículo primero de las resoluciones 0761 de 1995 y 1202 de 1996, en concordancia con el numeral 1.1.2 de la circular externa 002 del 10 de enero de 1997, expedidas por esta Superintendencia.
ARTÍCULO PRIMERO.- Inscribir en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a la sociedad Inversiones y Soluciones Financieras Inverfinsa S.A., para realizar labores de intermediación en el mercado público de valores.
En desarrollo de su labor como intermediaria de valores la citada sociedad se limitar< a poner en relación a dos o más personas para que concluyan un negocio, sin celebrar negocios por cuenta ajena ni intervenir en el cumplimiento de los negocios que se perfeccionen con su intermediación.
PARÁGRAFO.- La inscripción ordenada mediante la presente resolución no implica que la mencionada sociedad se encuentre sujeta a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Valores.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La sociedad Inversiones y Soluciones Financieras Inverfinsa S.A. deberá actualizar, dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, la información suministrada para efectos de la inscripción ordenada en el artículo anterior, enviando el formulario que para tal fin ha establecido la Superintendencia de Valores, tal como lo dispone el artículo 1.1.6.2. de la citada resolución 400 de 1995.
ARTÍCULO TERCERO.- La sociedad Inversiones y Soluciones Financieras Inverfinsa S.A. deberá enviar a la Superintendencia de Valores sus estados financieros con una periodicidad mensual, dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de corte, y remitir quincenalmente una relación diaria de las operaciones de intermediación realizadas en el mercado público de valores, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 1o. y 2o. de la resolución 1202 del 22 de noviembre de 1996, que en su orden adicionaron los artículos 1.1.6.1. y 1.1.6.3. de la resolución 400 de 1995, expedidas ambas por la Sala General de esta Superintendencia.
ARTÍCULO CUARTO.- La sociedad en cita deberá, en un plazo máximo de diez (10) días corrientes, contados a partir de la fecha de ejecutoria de la presente resolución, informar de manera detallada sobre las políticas adoptadas para efectos de evitar que con su actividad pueda incurrirse en receptación, legalización u ocultamiento de bienes provenientes de actividades ilegales, en los tJrminos del tipo penal descrito en el artículo 31 de la Ley 190 de 1995 (Estatuto Anticorrupción), que modificó el artículo 177 del Código Penal. Dentro del mismo plazo se deberá también allegar copia de los manuales internos de procedimiento y de organización que se tengan para efectos de realizar labores de intermediación en el mercado público de valores, de acuerdo con lo dispuesto por el citado artículo 2o. de la resolución 1202 de 1996, al igual que por el numeral 1.1.2. de la circular externa número 002 del 10 de enero de 1997, expedidas por esta entidad.
ARTÍCULO QUINTO.-
La sociedad Inversiones y Soluciones Financieras Inverfinsa S.A. deber<
pagar a la Superintendencia de Valores la suma de un millón trescientos
diez mil pesos ($1’310.000,00) moneda corriente, por concepto de derechos
de inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios,
de conformidad con lo establecido en los artículos 2.1.1.7. y 2.1.4.1.
de la resolución 1200 de 1995, expedida por la Superintendencia
de Valores. Dicha suma deber< cancelarse en el Banco Popular en formato
de consignación de recaudo nacional, cuenta No. 050-000249 sucursal
Bogotá, en efectivo o mediante cheque de gerencia a favor de la
Dirección del Tesoro Nacional, código 5006-01 Derechos de
Inscripci
-Superintendencia de Valores, dentro de los diez (10) días
h ARTÍCULO SEXTO.- Ordenar
la publicación de la presente resolución en el boletín
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo
Superintendencia de Valores.
Notificar a: Doctor
Miguel Gómez Gómez
Representante Legal
Inversiones y Soluciones Financieras
- Inverfinsa S.A.
Calle 2ª Oeste 24F-54
Santiago de Cali - Valle
Última modificación 29/10/2012