Resolución 360 de 1995
PRIMERO: Que mediante
Resolución No. 326 del 19 de diciembre de 1.983 expedida por la
Comisión Nacional de Valores hoy Superintendencia de Valores, se
ordenó la inscripción en el
Registro Nacional
de Valores e Intermediarios de las acciones ordinarias emitidas por la
sociedad Alfagres S.A.;
SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo segundo de la resolución 0468 del 8 de junio de 1994 de la Sala General de la Superintendencia de Valores, se deberá cancelar la inscripción de acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, cuando la misma verse sobre acciones inscritas en bolsa que no se hubiesen transado durante el último año calendario, salvo que la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos accionistas o que dentro de los tres últimos años el Estado hubiera enajenado su participación en la misma.
TERCERO: Que de acuerdo
con el artículo 3º de la Resolución 468 de 1994, la
sociedad emisora de acciones cuya inscripción en el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios deba ser cancelada conforme a lo dispuesto
en la letra a) del artículo 2º de dicho ordenamiento, podrá
enervar esa causal si realiza una oferta pública de acciones en
el mercado primario. Para tal efecto, la Superintendencia de Valores le
requerirá en forma previa a la cancelación que informe si
se proyecta adelantar dicha oferta, la cual deberá realizarse dentro
de los cuatro meses siguientes al envío del mencionado requerimiento.
Transcurrido este plazo, sin que hubiera efectuado la oferta, se procederá
a la cancelación de la respectiva inscripción.
CUARTO: Que a raíz de que la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones de la sociedad Alfagres S. A., debía ser cancelada conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 2º de la Resolución 0468 del 8 de junio de 1994 de la Sala General de la Superintendencia de Valores, esta Entidad mediante oficio 9408946-1 del 17 de junio de 1994 le requirió a dicha sociedad que informara si proyectaba adelantar una oferta pública de acciones en el mercado primario, en un plazo que vencía el 2 de julio de 1994, conforme a lo dispuesto en el artículo 3o. de la mencionada Resolución 0468.
QUINTO: Que la sociedad
Alfagres S. A. respondió el 26 de julio de 1994 con oficio radicado
con el No. 9408946-2: "Por medio de la presente acuso recibo de su comunicación
de julio 17 de 1994,
asunto No. 044001
- 290 / 05. Y al respecto informo a ustedes que la sociedad a la cual represento
proyecta realizar oferta pública de acciones en el mercado primario
dentro de los términos de la comunicación recibida".
SEXTO: Que la sociedad
Alfagres S. A. no ha realizado una oferta pública de sus acciones
en el mercado primario hasta la fecha.
ARTICULO PRIMERO: Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones emitidas por la sociedad Alfagres S. A.
ARTICULO SEGUNDO:
Ordenar la publicación de esta resolución en el boletín
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo
Superintendencia de Valores.
ARTICULO TERCERO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición
el cual podrà interponerse ante la Superintendencia de Valores dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
HECTOR ARMANDO SANMIGUEL ARIAS
MARIA ISABEL BALLESTEROS B.
Superintendente Delegado para
Secretaria General
Emisores
NOTIFICAR A: Doctor
ALBERTO OSPINA CARREÑO
Representante Legal
Alfagres S. A.
Avenida Caracas No. 35-53
Teléfono: 7810752 - 7814732
Santa Fe de Bogotá D. C.
CERG:OLC/cpr
Última modificación 08/04/2013