Resolución 353 de 1999/05/13
PRIMERO: Que el doctor Carlos Mario Restrepo Tamayo en su calidad de Representante Legal de la sociedad Caribe Motor de Medellín S. A., mediante escrito radicado el 7 de mayo de 1999, bajo el número 19993-2797 solicitó la cancelación de la inscripción de las acciones ordinarias de esa sociedad en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios;
SEGUNDO: Que las acciones ordinarias de la sociedad Caribe Motor de Medellín S. A. fueron inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios mediante Resolución 154 del 16 de julio de 1984 de la Comisión Nacional de Valores hoy Superintendencia de Valores;
TERCERO: Que la Asamblea General de Accionistas de la sociedad Caribe Motor de Medellín S. A. autorizó dicha cancelación en la reunión celebrada el 31 de marzo de 1999, según consta en el Acta No. 34;
CUARTO: Que la Bolsa de Medellín canceló la inscripción de las acciones ordinarias de Caribe Motor de Medellín S. A., según consta en el oficio No. 18-000846 del 28 de abril de 1999, radicado en esta Superintendencia, bajo el número 19993-2797 del 7 de mayo de 1999;
QUINTO: Que la sociedad Caribe Motor de Medellín S. A., cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 1.1.4.4. de la Resolución 400 de 1995, expedida por la Superintendencia de Valores para efectos de obtener la cancelación de la inscripción de sus acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios;
SEXTO: Que en virtud de lo establecido en el artículo 1o. numeral 3 del Decreto 193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Emisores ordenar la cancelación voluntaria de la inscripción de un valor en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, a instancias del emisor y previo el lleno de los requisitos previstos para el efecto.
ARTICULO PRIMERO: Cancelar la inscripción de las acciones ordinarias de la sociedad Caribe Motor de Medellín S. A., en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
ARTICULO SEGUNDO: Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
NOTIFICAR A: Doctor
Representante Legal
Caribe Motor de Medellín S. A.
Calle 14 No. 51-125
Medellín
Última modificación 29/10/2012