Resolución 343 de 2000/06/08
PRIMERO: Que a la Superintendencia de Valores le corresponde ejercer la inspección y vigilancia de las sociedades comisionistas independientes de valores, de conformidad con lo previsto en el artículo 1o. del decreto 2115 de 1992;
SEGUNDO: Que para la constitución de una entidad vigilada por la Superintendencia de Valores, como es el caso de las sociedades comisionistas independientes de valores, se debe cumplir con el procedimiento contemplado en el artículo 53 del estatuto orgánico del sistema financiero, el cual fue modificado por el artículo 2º de la ley 510 de1999, aplicable a la constitución de entidades que se someterán a la inspección y vigilancia de esta Superintendencia por virtud de lo dispuesto en el artículo 1o. del decreto 2016 de 1992;
TERCERO: Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia el 24 de agosto de 1999, con el número 19998-1323, los señores José Antonio Amaya Angulo, Luis Guillermo Eduardo Avila Roa, María Consuelo Urbina Pinzón, Rafael Guillermo Bernal Gutiérrez y Carlos Eliécer Nieto Venegas, solicitaron autorización para constituir una sociedad comisionista independiente de valores que se denominará Compañía de Asesorías en Inversiones COIN S.A.;
CUARTO: Que dicha solicitud fue complementada mediante comunicación radicada el día 20 de octubre de 1999, bajo el número de radicación de la comunicación señalada en el considerando anterior;
QUINTO: Que se surtió el trámite de publicación del aviso sobre la intención de constituir dicha sociedad, en la forma y con la periodicidad establecida en la ley, y transcurrió el término a que alude el numeral 4o. del artículo 53 del estatuto orgánico del sistema financiero, sin que se haya presentado por parte de terceros oposición alguna respecto de tal intención;
SEXTO: Que las personas mencionadas en el considerando tercero de la presente resolución acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley con el fin de obtener la autorización requerida para constituir una sociedad comisionista independiente de valores, de conformidad con lo dispuesto en el citado estatuto;
SÉPTIMO: Que esta entidad encuentra que la solicitud formulada satisface los requisitos legales, así como que se establecieron el carácter, la responsabilidad, idoneidad y solvencia patrimonial de las personas que participan en la operación, y
OCTAVO: Que por las
razones expuestas y teniendo en cuenta que es el funcionario competente.
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar la constitución de la sociedad Compañía de Asesoría en Inversiones COIN S.A. sociedad comisionista independiente de valores, para lo cual deberá elevarse a escritura pública el proyecto de estatutos sociales que se anexa a la presente resolución e inscribirse en el registro mercantil, de conformidad con lo establecido en el numeral 6º del artículo 53 del estatuto orgánico del sistema financiero.
La autorización concedida sólo comprende la constitución de la sociedad, cumplida la cual ésta podrá desarrollar únicamente las actividades relacionadas con su organización, hasta tanto obtenga el certificado de autorización correspondiente, de que trata el numeral 7º del artículo 53 del mencionado estatuto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dentro del mes siguiente a la fecha de ejecutoria de la presente providencia se deberá acreditar la constitución regular de la sociedad, remitiendo a esta Superintendencia copia auténtica de la escritura pública respectiva y un certificado de la cámara de comercio correspondiente, en el cual conste el registro de la misma, junto con la prueba del pago del capital social.
ARTÍCULO TERCERO: El contenido de la presente resolución deberá notificarse a los señores José Antonio Amaya Angulo, Luis Guillermo Eduardo Avila Roa, María Consuelo Urbina Pinzón, Rafael Guillermo Bernal Gutiérrez y Carlos Eliécer Nieto Venegas, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente de Valores, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO CUARTO:
Ordenar la publicación de esta resolución en el boletín
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo
Superintendencia de Valores.
Notificar a: Señores
José Antonio
Amaya Angulo
Luis Guillermo Eduardo
Avila Roa
María Consuelo
Urbina Pinzón
Rafael Guillermo
Bernal Gutiérrez
Carlos Eliécer
Nieto Venegas
Carrera 13
92-57 Piso 4º
Santafé de
Bogotá, D.C.
copia 000 / jmms
Última modificación 29/10/2012