Resolución 281 de 1996/04/19
PRIMERO: Que de acuerdo con el artículo 33 de la ley 35 de 1993, en concordancia con la letra i) del artículo 4o. de la citada ley, corresponde a la Sala General de la Superintendencia de Valores fijar las normas con sujeción a las cuales podrán desarrollar su actividad los fondos mutuos de inversión;
SEGUNDO: Que se estima conveniente revisar los límites individual y global de inversión fijados para los fondos mutuos en relación con los títulos de deuda pública interna o externa, emitidos o garantizados por la Nación;
TERCERO: Que con la mencionada revisión se busca situar a dichos fondos en condiciones similares de inversión a las establecidas para otros administradores de carteras colectivas, preservando en todo caso el principio de diversificación a que alude el artículo 1o. del decreto 2514 de 1987;
CUARTO: Que la resolución 400 del 22 de mayo de 1995, por la cual se actualizaron y unificaron las normas cuya expedición compete a la Sala General de la Superintendencia de Valores, contiene normas sobre el régimen de inversión de los mencionados fondos, y
QUINTO: Que, en consecuencia, se estima pertinente sustituir el numeral 5o. del artículo 2.5.0.1. de la resolución 400 de 1995, el cual fue modificado por el artículo 1o. de la resolución 1212 del mismo año, ambas expedidas por la Sala General de la Superintendencia de Valores.
ARTICULO PRIMERO: El numeral 5o. del artículo 2.5.0.1. de la resolución 400 de 1995, el cual fue sustituido por el artículo 1o. de la resolución 1212 del mismo año, ambas expedidas por la Sala General de la Superintendencia de Valores, quedará así:
"5. Títulos de deuda pública interna o externa, emitidos o garantizados por la Nación, hasta un cincuenta por ciento (50%) del activo total del fondo. La inversión a que alude el presente numeral no computará para efectos del límite establecido en el numeral 2o. del artículo 2o. del decreto 2514 de 1987".
ARTICULO SEGUNDO: Vigencia.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación
y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Última modificación 29/10/2012