Resolución 0267 de 1.998
PRIMERO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1o. del artículo 3o. del decreto 193 de 1994, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y demás Entidades Vigiladas ordenar la inscripción de intermediarios en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios que lleva la Superintendencia de Valores;
SEGUNDO: Que el doctor Robert Rekkers Cornelis, en su calidad de Presidente del Banco ABN Amro Bank Colombia S.A., mediante comunicación radicada en esta Superintendencia el 17 de abril de 1998, bajo el número 19984-6816, solicito la inscripción de dicho Banco en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, y
TERCERO: Que la entidad
mencionada en el considerando anterior reúne los requisitos exigidos
para ser inscrita en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios,
de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1. de la circular externa
002 del 10 de enero de 1997, expedida por esta Superintendencia.
ARTICULO PRIMERO.- Inscribir en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios al Banco ABN Amro Bank Colombia S.A., para realizar labores de intermediación en el mercado público de valores, en los términos de los artículos 1.5.1.1. y siguientes de la resolución 400 de 1995, expedida por esta entidad.
PARAGRAFO.- La inscripción ordenada mediante la presente resolución no implica que la entidad en mención se encuentra sujeta a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Valores.
ARTICULO SEGUNDO.- El Banco ABN Amro Bank Colombia S.A., deberá actualizar, dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, la información suministrada para efectos de la inscripción ordenada en el artículo anterior, enviando el formulario que para tal fin ha establecido la Superintendencia de Valores, tal como lo dispone el artículo 1.1.6.2. de la resolución 400 de 1995, expedida por esta entidad.
Así mismo, la entidad en cita deberá cumplir con las obligaciones previstas en los artículos 1.1.6.1., 1.5.3.3. y 1.5.3.4. de la resolución 400 de 1995, expedida por esta entidad.
ARTICULO TERCERO.-
La entidad antes mencionada deberá pagar a la Superintendencia de
Valores la suma de un millón ciento treinta mil pesos ($1’130.000,00)
moneda corriente, por concepto de derechos de inscripción en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad con lo establecido
en los artículos 2.1.1.7. y 2.1.4.1. de la resolución 1200
de 1995, expedida por la
Superintendencia
de Valores. Dicha suma deberá cancelarse en el Banco Popular, en
formato de consignación de recaudo nacional, cuenta No. 050-000249
sucursal Bogotá, en efectivo o mediante cheque de gerencia a favor
de la Dirección del Tesoro Nacional, código 5006-01 Derechos
de Inscripción - Superintendencia de Valores, dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes a la notificación de
la presente resolución.
ARTICULO CUARTO.-
Ordenar la publicación de la presente resolución en el boletín
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo
Superintendencia de Valores.
Notificar a: Doctor
Robert Rekkers Cornelis
Presidente
Banco ABN Amro Bank
Colombia S.A.
Carrera 7
115-33 piso 10
Santa Fe de Bogotá,
D.C.
Última modificación 29/10/2012