Resolución 248 de 1999/03/24
PRIMERO: Que mediante Resolución No. 452 del 15 de junio de 1.992 expedida por la Superintendencia de Valores, se ordenó la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones privilegiadas emitidas por la sociedad Caribú Internacional S. A. Igualmente, dichas acciones se encuentran inscritas en la Bolsa de Medellín;
SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 1.1.1.3 de la Resolución 400 del 22 de mayo de 1995 expedida por la Sala General de la Superintendencia de Valores, el cual fue modificado por el artículo 1o. de la Resolución 1365 del 27 de diciembre de 1996, se deberá cancelar la inscripción de acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, cuando la misma verse sobre acciones inscritas en bolsa que no se hubieren transado durante los últimos doce (12) meses, salvo que la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos accionistas o que dentro de los tres últimos años el Estado hubiere enajenado su participación en la misma;
TERCERO: Que según los reportes enviados por la Bolsa de Medellín, la última transacción de las acciones privilegiadas de la sociedad Caribú Internacional S. A. fue efectuada el 16 de mayo de 1995 ;
CUARTO: Que de acuerdo con el artículo 1.1.1.4 de la Resolución 400, modificado por el artículo 2o. de la Resolución 1365, la sociedad Caribú Internacional S. A. podrá enervar la causal de cancelación de la inscripción por falta de negociación bursátil, si realiza una oferta pública de acciones en el mercado primario o un accionista de la misma realiza una oferta pública en el mercado secundario, según los términos contemplados en el artículo mencionado en este considerando.
QUINTO: Que conforme a lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 1.1.1.4. de la Resolución 400, esta entidad mediante oficio 199811-20935 del 9 de noviembre de 1998 requirió a dicha sociedad para que a más tardar el 24 de noviembre de 1998 informara si proyectaba realizar una oferta pública en el mercado primario o si se tenía conocimiento de que algún accionista hiciere lo propio en el mercado secundario.
SEXTO: Que la sociedad Caribú Internacional S. A. respondió el 24 de noviembre de 1998 con oficio radicado con el No. 199811-20935 el 25 de noviembre de 1998: "Hemos recibido su oficio de la referencia sobre la no transacción de las acciones privilegiadas de Caribú Internacional S. A., durante el último año calendario en la Bolsa de Valores, con lo cual dichas acciones se hallan en causal de cancelación de su inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
Además en el referido oficio ustedes nos indican que de acuerdo con los archivos del Registro Nacional de Valores e Intermediarios, la última transacción efectuada de esas acciones se hizo el 16 de mayo de 1995 en la Bolsa de Valores de Medellín.
Sobre el punto inmediato y sin ningún ánimo de crear polémica, nos permitimos informarles que de acuerdo con nuestros archivos y con vista en los libros de Registro de Accionistas de la compañía, la última transacción de las acciones privilegiadas emitidas por Caribú se efectuó el 30 de diciembre de 1997, según operación No. 155538-01 de la Bolsa de Medellín, entidad que nos informó de tal hecho por medio de su relación No. 00003 del 9 de enero de 1998 y entregada a nosotros el día 13 de los mismos mes y año. Con dicha relación nos remitió el título No. 020 por 20.000 acciones privilegiadas, anulado por esa entidad y cancelado por esa compañía. Anexamos fotocopias de dichos documentos para su mejor información.
De otra parte, en su oficio se nos indica que la manera de subsanar la causal de cancelación en la cual se encuentran las acciones de la sociedad Caribú Internacional S.A., es mediante la realización de una oferta pública de acciones en el mercado primario.
Sobre el particular les informo que esa forma de enervar la causal en que se hallan las acciones no puede cumplirse ya que la compañía sólo tiene en reserva acciones ordinarias.
La emisión de acciones privilegiadas hecha en 1992 fue totalmente colocada por lo que no hay en la reserva acciones de esta clase.
Sobre la segunda alternativa,
que es la de que algunos accionistas realicen oferta pública de
las acciones en el mercado secundario, la administración de la compañía
no tiene ningún conocimiento de que existan accionistas tenedores
de dicha clase de acciones interesados en efectuar la oferta pública
de las mismas………"
SEPTIMO: Que esta Superintendencia respondió el 23 de diciembre de 1998 lo siguiente: "De acuerdo a su comunicación de la referencia radicada en esta Superintendencia el 25 de noviembre del presente año, me permito informarle que una vez confirmada la operación No. 1555538-01 del 30 de diciembre de 1997 por la Bolsa de Medellín, ésta corresponde a una transacción de 20.000 acciones ordinarias y no privilegiadas que no enerva la causal de cancelación de las acciones privilegiadas cuya última transacción fue realizada el 16 de mayo de 1995 en la Bolsa de Medellín, lo cual motivó nuestro requerimiento de fecha 9 de noviembre de 1998.
En razón de lo anterior,
la sociedad Caribú Internacional S. A. deberá realizar a
más tardar el 9 de marzo de 1999 una oferta pública en el
mercado primario o secundario de acciones privilegiadas, según lo
dispuesto en el artículo 1.1.1.4. de la Resolución 400 de
1995. En caso de no llevarse a cabo dicha oferta en el término estipulado,
la inscripción de estas acciones quedará cancelada en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios."
OCTAVO: Que vencido el plazo del 9 de marzo de 1999 para realizar la oferta pública, ésta no fue realizada.
ARTICULO PRIMERO: Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones privilegiadas emitidas por la sociedad Caribú Internacional S. A.
ARTICULO SEGUNDO: Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para Emisores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
NOTIFICAR A: Doctor
Representante Legal
Caribú Internacional S. A.
Carrera 37 No. 8 A 37
Medellín - Antioquia
Última modificación 29/10/2012