Circular externa 17 de 1995
Señores
ADMINISTRADORES
LOCALES DE FONDOS DE INVERSION DE CAPITAL EXTRANJERO
ASUNTO:
ENVIO DE INFORMACION DE FONDOS DE INVERSION DE CAPITAL EXTRANAJERO
Con el propósito
de modernizar la recepción de la información que sobre los
fondos de inversión de capital extranjero deben enviar las
entidades en referencia y hacer más eficiente el análisis
de la misma, la Superintendencia de Valores pondrá en operación
una aplicación sistematizada que le permitirá recibir vía
modem el estado de los fondos de inversión de capital extranjero.
La presente circular
describe los aspectos de carácter administrativo relacionados con
la transmisión.
El documento denominado "DEFINICION DEL SISTEMA DE ENVIO DE INFORMACION
DE FONDOS DE INVERSION DE CAPITAL EXTRANJERO SV-FCE-01" señala los
aspectos de orden técnico, los cuales deberán ser acogidos
por las entidades que manejan fondos de inversión de capital extranjero.
Para tal efecto su texto será remitido a as sociedades que
en la actualidad se desempeñan como administradores locales de los
mencionados fondos.
1. PRUEBAS
Del 9 al 27 de octubre
del presente año y con fecha de corte al 30 de septiembre de los
corrientes, las entidades deberán transmitir en calidad de prueba
la información de los fondos por ellas administrados.
Todos los administradores
deberán hacer al menos una transmisión de prueba durante
la semana del 9 al 13 de octubre. Si durante está semana no se logra
una transmisión que genere código de transmisión,
del 17 al 27 de octubre se deberán hacer tantas transmisiones como
sea necesario para lograra una transmisión exitosa.
2. TRANSMISION
DEFINITIVA
La información
que se reporte a partir del primero de noviembre de 1995, correspondiente
a los saldos a 31 de octubre, tendrá carácter oficial y se
considerará como válida para todos los efectos.
3. REMISION
DE INFORMACION IMPRESA
Como soporte inicial
a las transmisiones definitivas que se realicen durante los meses de noviembre
y diciembre, las entidades deberán enviar a la Superintendencia
de Valores en forma
impresa y en los
formatos designados para el efecto, los portafolios transmitido vía
modem,
dentro de los dos
días hábiles siguientes a la fecha de transmisión.
4. CODIGO
DE TRANSMISION
A cada transmisión
que se efectúe vía modem y que no presente errores de comunicación
de estructura o aritméticos, le será asignado por el sistema
un código de transmisión (CT), dicho
código identifica
en forma única el archivo de datos recibido, de manera que una vez
transmitida y aceptada la información no será posible retransmitir
nuevamente la misma sin previa autorización de la Superintendencia.
5. REGISTROS
DE DATOS BASICOS
Con el propósito
de registrar en el sistema los datos básicos de cada fondo, a más
tardar el día
19 de septiembre
las entidades administradoras locales deberán enviar por escrito
los siguientes
datos:
1. Nombre
del fondo.
2. Nit
del fondo. Si se trata de un fondo ómnibus deberá indicarse
además el nit y nombre de cada una de las subcuentas que reporten.
3. Tipo
de fondo ( individual o institucional )
4. Indicar
si se trata de un programa ómnibus ADR (A) o GDR (G)
5. En
el caso de los fondos institucionales deberá señalarse el
número de la resolución mediante la cual se autorizó
la operación del fondo en el país.
En lo sucesivo,
a más tardar el día 25 de cada mes se deberá reportar
la misma información para los fondos que iniciaron operaciones
durante el período en curso. Dicha información deberá
ser enviada a la División de Instituciones de Inversión Colectiva.
6. CERTIFICACION
Dentro de los 2
días hábiles siguientes a la transmisión vía
modem que haya obtenido código de transmisión, las entidades
deberán radicar en la Superintendencia de Valores una comunicación
firmada por el representante legal y el revisor fiscal, en donde certifique
que dicha información corresponde al estado real del portafolio.
7. HORARIOS
DE TRANSMISION
Dentro de los 5 primeros
días hábiles de cada mes las entidades deberán reportar
los portafolios de los fondos de capital extranjero con corte al último
día hábil del mes anterior.
Los computadores
de la Superintendencia estarán habilitados para recibir la información
solicitada, dentro de los plazos asignados para ello, de 7:00 am a 12 pm.
8. TELEFONOS
Para transmisión
de información se han habilitado las siguientes líneas telefónicas:
2823765 -
3347123 - 2823734
- 2831540 - 3340070
Las dudas relacionadas
con los aspectos técnicos, tales como la conformación y estructura
del
archivo y la transmisión,
serán absueltas por la División de Sistemas y Estadística,
en el
teléfono
3410837.
Las demás
consultas las resolverá la Oficina de Estudios Económicos
en el teléfono 3410683.
9. CODIFICACION
EN DISQUETE
Adjunto a la presente
se entrega en disquete, a los administradores locales, los anexos del
documento técnico SV-FCE-01.
10. DEROGATORIAS
La presente circular
deroga los numerales 1.2 y 2 de la circular externa 020 de 1992 expedida
por esta Superintendencia.
Cordialmente,
ANDRES URIBE
ARANGO
Superintendente
de Valores
Anexo: Lo anunciado
Última modificación 05/04/2013