Circular externa 10 de 1995
Señores
REPRESENTANTES LEGALES
Y REVISORES FISCALES DE BOLSAS DE VALORES, SOCIEDADES COMISIONISTAS
DE BOLSA, SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE INVERSION, SOCIEDADES CALIFICADORAS
DE VALORES, DEPOSITOS CENTRALIZADOS DE VALORES
Asunto: Aspectos
Contables de la Valoración de Portafolios a Precios de Mercado
Apreciados señores:
Por medio de las resoluciones 96 y 209 de 1995 esta Superintendencia estableció los criterios y procedimientos para la valoración de portafolios de inversión a precios de mercado. Mediante la circular externa No. 008 de 1995 se hicieron precisiones en relación con el manejo financiero que implican las nuevas disposiciones.
La presente circular tiene por objeto dar parutas adicionales en relación con el manejo contable que conllevan las mismas normas.
Con el fin de unificar términos, las inversiones permanentes a que se refiere la resolución 96 de 1995 se denominarán a partir de la fecha Inversiones No Negociables.
1. INVERSIONES NEGOCIABLES
1.1 Las inversiones negociables se contabilizarán por su valor de mercado. Las variaciones que se presenten entre el valor de mercado y el último valor contabilizado se debitarán o acreditarán dentro de una subcuenta de la cuenta de inversiones registrando la contrapartida correspondiente en la cuenta de resultados denominada Ajuste al mercado de las inversiones".
Estas inversiones no serán objeto de ajustes por inflación ni reexpresión por ajuste en cambio.
1.2 Al recaudarse un pago de intereses del título, el valor correspondiente deberá descontarse del valor por el cual se encuentre registrada la inversión en esa fecha.
1.3 Los dividendos o utilidades que se repartan en especie, incluidos los derivados de la capitalización de la revalorización del patrimonio, no se registrarán como ingreso, es decir, que no se afectará el valor de la inversión.
1.4 El valor de los
dividendos o utilidades repartidos en efectivo se descontarán del
valor de la inversión.
2. INVERSIONES NO NEGOCIABLES
2.1 Las inversiones no negociables se registrarán por su costo ajustado y las variaciones que se presenten entre éste y el valor de mercado se registrarán de la siguiente manera:
- Si el valor de mercado resulta superior al costo ajustado de la inversión, la diferencia se registrará como superávit en la cuenta de "valorizaciones por ajuste al mercado".
- Si el valor de mercado es inferior al costo ajustado de la inversión, la diferencia afectará, en primera instancia, el superávit por valorización de la respectiva inversión hasta agotarlo y a partir de ahí se constituirá la provisión correspondiente dentro del estado de resultados en una subcuenta denominada "provisiones por ajuste al mercado".
2.2 El registro contable
de los dividendos que se paguen en efectivo se hará efectuando el
abono correspondiente en la cuenta de resultados.
Cuando haya reparto
de dividendos o utilidades en especie el valor se abonará al estado
de resultados. Cuando se trate de reparto por revalorización del
patrimonio, se afectará el estado de resultados en la cuantía
que exceda del valor del ajuste por inflación registrado en la inversión.
3. REGISTROS CONTABLES
Hasta tanto no se
desagreguen las cuentas de inversiones dentro del Plan Unico de Cuentas
como Negociables y No Negociables el manejo de las mismas se hará
unificadamente dentro de la correspondiente cuenta de inversiones. En todo
caso, para el registro de los ajustes del portafolio a tasa de mercado
deberán abrirse las subcuentas que se señalan a continuación,
según se trate de Inversiones Negociables o Inversiones No Negociables.
3.1 Inversiones Negociables Renta Fija
Cuentas de Balance
Ajuste a valor de mercado
Este rubro se manejará como una subcuenta de la cuenta de Inversiones. Cuando el valor a causar es positivo se hará un débito a la cuenta por ese valor y si es negativo se hará un crédito.
Cuentas de Resultados
Ajuste a mercado renta fija
Este rubro se maneja como una subcuenta de la cuenta de rendimientos. Cuando el valor a causar es positivo se hará un crédito a la cuenta por ese valor y si es negativo se hará un débito.
3.2 Inversiones Negociables Renta Variable
Cuentas de Balance
Ajuste a valor de mercado
Este rubro se manejará como una subcuenta de la cuenta de Inversiones. Cuando el valor a causar es positivo se hará un débito a la cuenta por ese valor y si es negativo se hará un crédito.
Cuentas de Resultados
Ajuste a mercado renta variable
Este rubro se maneja como una subcuenta de la cuenta de rendimientos. Cuando el valor a causar es positivo se hará un crédito a la cuenta por ese valor y si es negativo se hará un débito.
3.3 Inversiones No Negociables Renta Fija
Cuentas de Balance
Ajuste a valor de mercado
Este rubro se manejará como una subcuenta de la cuenta de Inversiones. Cuando el valor a causar es positivo se hará un débito a la cuenta por ese valor y si es negativo se hará un crédito.
Cuentas de Patrimonio
Superávit por Ajuste al Mercado Inversiones No Negociables
Esta cuenta se acreditará y debitará por los aumentos o disminuciones del valor de mercado, siempre y cuando el saldo de la misma sea de naturaleza crédito.
Cuentas de Resultados
Provisión por Ajuste al Mercado Inversiones No Negociables
A esta cuenta se
llevará el menor valor de mercado de las inversiones no negociables,
siempre y cuando se haya agotado el saldo de la respectiva inversión
en la cuenta de superávit por valorización.
3.4 Inversiones No Negociables Renta Variable
Cuentas de Balance
Ajuste a valor de mercado
Este rubro se manejará como una subcuenta de la cuenta de Inversiones. Cuando el valor a causar es positivo se hará un débito a la cuenta por ese valor y si es negativo se hará un crédito.
Cuentas de Patrimonio
Superávit por Ajuste al Mercado Inversiones No Negociables
Esta cuenta se acreditará y debitará por los aumentos o disminuciones del valor de mercado. En todo caso, el saldo de la misma sólo podrá ser de naturaleza crédito.
Cuentas de Resultados
Provisión por Ajuste al Mercado Inversiones No Negociables
A esta cuenta se llevará el menor valor de mercado de las inversiones no negociables, siempre y cuando se haya agotado el saldo de la respectiva inversión en la cuenta de superávit por valorización.
En el anexo se incluye
una tabla donde se muestran los resultados de la valoración diaria
de un título adquirido por descuento. Siendo ésta una inversión
negociable y suponiendo que no hubiera más títulos dentro
del portafolio, la tercera columna corresponde al valor de la inversión,
el cual sumado a la sexta columna, la cual muestra el saldo que debería
tener la subcuenta de Ajuste al Mercado dentro de las cuentas del balance,
muestra el valor de mercado de la inversión. La séptima columna
muestra el movimiento diario que presentarían las cuentas de Ajuste
al Mercado. Por último la octava columna muestra el movimiento de
la cuenta de rendimientos del estado de resultados.
4. REVELACION EN LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
En las notas a los estados financieros de cada ejercicio contable deberá señalarse, en relación con el sistema de valoración, el indicador seleccionado para cada especie de títulos, el método escogido para calcular el margen por emisor, cuando se hayan efectuado inversiones en títulos recién inscritos en bolsa, el período que les queda para ajustarse al sistema de valoración a precios de mercado.
5. VIGENCIA
La presente circular
rige a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
ANDRES URIBE ARANGO
Superintendente
de Valores
Última modificación 08/04/2013