Observaciones y comentarios proyecto: O-01 DE 2002
Proyecto número 01 de 2002
Fecha: 30 de enero de 2002
Autor:
ANGELA MARíA FIERRO APRAEZ
ANDREA TATIANA HERNÁNDEZ GARZÓN
Señores:
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
Al examinar el proyecto 01 de 2002 hemos observar lo siguiente:
- El proyecto se basa en la normatividad contable Colombiana vigente (Decreto 2649/1993), y esto facilita la comprensión y aclaración de muchos temas que no se habian tocado tan a fondo en dicho decreto.
- Cabe resaltar la importancia que tiene el mantener las mismas bases contables y revelaciones tanto para los estados financieros intermedios y extraordinarios como para los de fin de ejercicio, con el único propósito de que éstos puedan ser comparables y los usuarios tengan una información más confiable.
- Es importante que se profundice un poco mas acerca de los estados financieros intermedios ya que se requiere de una apropiada diferenciación en cuanto a revelaciones se refiere; con los estados financieros de fin de ejercicio. Estamos de acuerdo con el proyecto en que los dos son estados financieros de propósito general a pesar de que en el Decreto 2649 no exista esta distinción.
- En cuanto a la ampliación del tema de estados financieros consolidados nos parece relevante que se le de la misma profundidad que a los estados financieros de fin de ejercicio en cuanto a revelaciones se refiere.
Cordialmente,
ANGELA MARíA FIERRO APRAEZ
ANDREA TATIANA HERNÁNDEZ GARZÓN
ESTUDIANTES CONTADURIA PUBLICA
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
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Fecha: 30 de enero de 2002
Autor:
JESSICA MORALES CUBILLOS
GLORIA ROJAS NARVÁEZ
CAROLINA TAMAYO RODRIGUEZ
SEÑORES
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
CIUDAD
Respetados Señores:
Ésta es una opinión elaborada por 3 estudiantes de Contaduría Pública, de la Pontificia Universidad Javeriana; con el objetivo de ayudar a que la información que divulguen las empresas en el mercado, cumplan con los requisitos de calidad, oportunidad y suficiencia; además, de todas las cualidades que la información debe tener para disminuir el riesgo en fraudes y para asistir a los usuarios de los estados financieros en la toma de decisiones oportunas.
A continuación señalamos algunos puntos:
1. Se queda corto en uno de los Postulados más importantes como es el ente económico, ya que se debe tener en cuenta el área geográfica donde se desarrolla la empresa. Esto es un factor determinante para medir el riesgo.
2. En el numeral 1.1.3 donde hace mención a los cambios contables que hubieren ocurrido de un período a otro, así como su efecto, no solamente actual o prospectivo sino retrospectivamente, ya que es importante tener en cuenta la manera como cambian los estados financieros de períodos anteriores. Si la información pierde alguna o todas sus cualidades, tiene un efecto tanto en el presente como en el futuro de la empresa.
3. En el numeral 1.1.3 inciso (a) En un principio contable por otro generalmente aceptado, revelando lo siguiente:
- La naturaleza del cambio.
- Las razones para el cambio.
- El valor del ajuste por el período actual.
- El valor del ajuste relativo a períodos anteriores. Por que aquí si es importante un análisis retrospectivo? Sonaría incoherente con el numeral 1.1.3
- El hecho de que la información comparativa ha sido restablecida o de que no es factible hacerlo.
En el inciso (b) En un cambio en una estimación contable, que resulta como consecuencia de nueva información o experiencia adicional al evaluar eventos futuros que afectan las estimaciones iniciales:
- Naturaleza del cambio en las estimaciones contables.
- Razones que justifican el mismo.
- Incidencia en los estados financieros y resultados del ejercicio. Entre éstos tanto los anteriores como los actuales.
- Ajustes efectuados en el período en el cual se realizó el cambio respectivo.
4. En el numeral 1.1.5 párrafo segundo no estamos de acuerdo que la depreciación, agotamiento y amortización se debe presentar siempre que sea pertinente sino siempre.
5. 1.1.8. Primas o descuentos causados pendientes de amortizar, que se deben presentar aumentando o disminuyendo el activo o pasivo correspondiente. Se debería señalar a su vez el tiempo original y el que hace falta por amortizar, lo que lo causó, como también el método utilizado de amortización.
6. 1.1.9. Valorizaciones y provisiones por cada rubro. Las valorizaciones se deben presentar por separado del costo, revelando en notas su composición. Las provisiones se deben presentar como una disminución del activo respectivo. También consideramos que se debería revelar en notas la composición de las provisiones.
7. 1.1.14. Operaciones descontinuadas, detallando sus activos, pasivos y resultados. Detallando el porque estas operaciones han sido descontinuadas y que incidencias ha tenido en el ente.
8. 1.2.8. Indicadores financieros de liquidez, rentabilidad, endeudamiento, eficiencia operativa y cualquier otro tipo de razones que se considere relevante para ilustrar adecuadamente acerca de la evolución de la entidad, con el análisis correspondiente. Nos parece importantísimo este punto, resaltando lo subrayado, con esto tanto los que elaboran la información como los que la utilizan pueden hacer un análisis más profundo de la situación de la empresa.
9. 1.2.9. Criterio de materialidad fijado: la norma básica de importancia relativa o materialidad constituye uno de los factores que inciden directamente en la revelación que, a través de los rubros de los estados financieros y las notas a los mismos, se hace de la información financiera de un ente económico. Por tal razón, para efectos del cabal y completo entendimiento de la misma, se hace necesario dotar al lector de un adecuado conocimiento sobre dichas bases, a fin de que éste evalúe la información presentada teniendo en cuenta los parámetros que la entidad ha determinado en lo referente a la utilización de la norma señalada, los cuales deben quedar expresamente incluidos en las notas que acompañen, tanto a los estados financieros individuales como a los consolidados. Este párrafo es relevante. Es concreto, claro y bastante útil.
10. 1.4.9 Cuando la fecha de corte de los estados financieros individuales de alguna de las subordinadas difiera de la fecha de consolidación, se debe revelar tal situación, indicando el corte utilizado y los hechos significados ocurridos en el periodo no coincidente. A su vez los parámetros utilizados en las estimaciones contables utilizadas por la subordinada.
11. En el numeral 2.1.1. Inversiones, se debe incluir un nuevo inciso que señale las principales razones de la inversión en la empresa en que se realizó.
12. 2.1.2. Cuentas por cobrar
Debe revelarse a través de notas a los estados financieros, como mínimo, lo siguiente:
a) El valor y concepto de las cuentas de difícil cobro y su provisión.
Explicando las políticas de clasificación y provisión de cartera.
b) El valor de aquellas cuentas y documentos por pagar que presenten un año o más de edad, con indicación de la operación y la fecha estimada o pactada de su pago.
c) El monto corriente y no corriente, revelando, para cada caso, su valor en la moneda pactada para el pago, junto con su conversión a pesos, de ser el caso.
d) Para las cuentas y documentos por pagar a largo plazo, el valor de pago encada uno de los cinco (5) años calendario siguientes a la fecha de corte del estado financiero en que se presenten, indicando la tasa de interés que les sea aplicable.
e) Para cada clase de cuentas o documentos por pagar, indicar las garantías otorgadas y el valor de las mismas.
f) La reclasificación o traslado de las cuentas y documentos por pagar, para efectos de su presentación en el balance general, de no corriente a corriente, o viceversa, con indicación de los motivos o razones que fundamenten tal hecho.
13. 2.1.5.2. Derechos
Consideramos que se le debe incluir a este numeral, el tiempo de explotación de este derecho.
14. 2.2.2 Cuentas por Pagar
Felicitamos el Numeral e, debido a que es indispensable mostrar las garantías con las que se respaldan las diferentes deudas que un ente tiene. Eso da seguridad para el usuario que la empresa tiene elementos con que responder.
15. 2.2.7 Pensiones de Jubilación
a) Método actuarial utilizado. Decir el monto total del cálculo actuarial y por quien fue aprobado este.
b) Número de personas cobijadas. Se debe mencionar el número total de los empleados, de esa manera se puede hacer un cálculo de cuantos empleados son pensionados por la empresa y cuantos por el ISS o por una AFP.
c) Los beneficios cubiertos.
d) El movimiento acumulado de las cuentas durante el período objeto de información.
e) El porcentaje acumulado amortizado del cálculo actuarial a la fecha de corte del estado financiero, con indicación del porcentaje acumulado
amortizado al cierre del ejercicio inmediatamente anterior.
f) El plan de amortización del cálculo actuarial, hasta lograr el cien por ciento de amortización acumulada.
g) Valor de los bonos pensionales emitidos y período de redención, de ser el caso. Mostrando el debido respaldo que estos bonos tienen con activos líquidos o fácilmente convertibles.
h) Compañía de seguros con la que se haya contratado el pago de las pensiones,
de ser el caso.
i) Fondos o garantías específicas, destinadas a respaldar el pago del pasivo, de ser el caso.
Esperamos que los aportes hechos anteriormente, sean de gran utilidad para la elaboración de este proyecto, en pro de conseguir que la información que se revela en los Estados Financieros sean de gran utilidad para los usuarios.
Agradeciendo la atención prestada.
JESSICA MORALES CUBILLOS
GLORIA ROJAS NARVÁEZ
CAROLINA TAMAYO RODRIGUEZ
Estudiantes Contaduría Publica
Pontificia Universidad Javeriana.
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Fecha: 30 de enero de 2002
Autor: NADIA PATRICIA RODRÍGUEZ
MANUEL ALEJANDRO CALDERON
De acuerdo con el proyecto enviado por ustedes, en cuanto a las revelaciones comunes a todos los estados financieros, consideramos que serìa pertinente revelar el efecto de los ajustes por inflaciòn. Por ejemplo el nivel del activo no corriente presenta un aumento importante el cual no tendrà un contrapeso suficiente por el lado del pasivo no corriente.
Sin embargo un renglòn del pasivo se tendrà que aumentar, aunque su valor no sea muy representativo. serà el impuesto de renta por pagar teniendo el cuenta que la mayor utilidad producida por la cuenta correcciòn monetaria genera un mayor valor del impuesto de renta que se tendrà que cancelar en el siguiente periodo.
Entonces es objeto importante de revelaciòn que las mayores utilidades que aparecen en tèrminos de valor no implican ningùn ingreso en efectivo para la empresa, por esto la empresa debe tener cuidado en cuanto a la toma de decisiones ya sea tanto de apropiaciones, estimaciones , inversiones o distribuciòn de utilidades, pensando màs en las posibilidades de un flujo de caja que en los valores que aparecen en el estado de resultados.
NADIA PATRICIA RODRIGUEZ
MANUEL ALEJANDRO CALDERON
Estudiantes de contaduría Pública
Pontificia Universidad Javeriana
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Fecha: 30 de enero de 2002
Autor: Wilmar Franco Franco
Otros comentarios sobre el proyecto de circular 001/2002 sobre revelación de información financiera son los siguientes: Tema: Clasificación de Activos y Pasivos Circulantes:
Es conveniente un pronunciamiento más claro sobre la clasificación de partidas corrientes y no corrientes.. la norma internacional establece: Un activo debe ser clasificado como circulante cuando:
Se espera que sea realizado en, o se retenga para venta o consumo en, el curso normal del ciclo de operaciones de la empresa; o Se retiene primordialmente para fines de comercio o por el corto plazo y se espera que sea realizado dentro de doce meses de la fecha de balance
Sea efectivo o un activo equivalente a efecto que no este restringido para su uso......
Por otra parte, una empresa deberá seguir clasificando sus pasivos a largo plazo que causan interés como no circulantes, aun cuando se venzan para liquidación dentro de doce meses a la fecha de balance así:
El plazo original fue por un período de más de doce meses;
La empresa tiene la intención de refinanciar la obligación en una base a largo plazo
Dicha intención es soportada por un convenio para refinanciar, o para reprogramar pagos, el cual se completa antes de que los estados financieros sean aprobados.
Tema 2: Estado de flujos de efectivo y cambios en el capital contable:
Para efectos de predecir la evolución económica de una empresa que cotiza en el mercado de valores, es fundamental incluir estos temas en el conjunto de revelaciones de los estados financieros.
Tema 3: Revelaciones del capital social:
En mi opinión es necesario dar más amplitud a los conceptos revelados en el capital...
Incluir revelaciones sobre los derechos, preferencias y restricciones correspondientes a aportes de capital, incluyendo restricciones sobre la distribución de dividendos y reembolso de capital.
Incluir el monto de los dividendos preferenciales acumulativos no reconocidos.
Tema 4: Estado de resultados:
En ninguna parte del proyecto se menciona el tema de utilidad por acción. Para predecir la situación futura de una empresa es conveniente que se suministre información sobre la política de dividendos de la compañía con indicación de información histórica sobre el tema. La única referencia sobre este tema esta en el literal f del numeral 2.3.1 capital social.
Tema 4: Reportes de Desempeño Financiero:
Considero que aún cuando existen referencias de este tema dentro del proyecto, es conveniente ampliar sus contenidos.
La tendencias actuales en la presentación de Estados financieros tienden a la presentación de un informe que describa los rasgos principales del desempeño financiero de la empresa, su posición financiera y las principales incertidumbres a las que se enfrenta. Dicho informe deberá incluir.
Tomado de la Norma Internacional de Contabilidad No: 1
Principales factores e influencias que determinan el desempeño, incluyendo cambios en el entorno en que la empresa opera, la respuesta de la empresa a dichos cambios y su efecto, y la política de empresa para que la inversión mantenga y amplíe el desempeño, incluyendo su política de dividendos.
Los recursos de la empresa para fondeo, la política de ejecución y sus políticas de administración de riesgos, y ......................
Tema 5: Cambios contables, partidas extraordinarias y corrección de errores:
En este tema existen considerables diferencias entre las normas colombianas y los estándares internacionales; aun cuando el proyecto incorpora la necesidad de incorporar los efectos retroactivos generados por la corrección de errores, continúan presentándose diferencias respecto de las revelaciones contables por cambios originados en políticas contables y estimaciones contables... el tema de partidas extraordinarias debería ser ampliado para efectos de presentación y revelación..
Tema 6: Armonización con normas internacionales de contabilidad
La necesidad de armonizar las normas de contabilidad nacionales con normas internacionales de contabilidad señaladas en la ley 550 y en el compromiso suscrito con IOSCO, reflejan la relevancia de ajustarse a estándares internacionales. Sin tener en cuenta las limitaciones legales que existen para la adopción de estándares internacionales en el mercado de valores colombiano considero que el proyecto debe intentar acercarse a los requerimientos de informción señalados en los estándares Internacionales 1,8 y34 de IASC tal como esta señalado en la motivación del proyecto.
Cordialmetne,
Wilmar Franco Franco
Pontificia Universidad Javeriana
Departamento de ciencias Contables
Email. wfranco@javeriana.edu.co
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Fecha: 30 de enero de 2002
Autor: Paola Aristizabal
Adriana Forero
Araceli Sánchez
Señores
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
Haciendo referencia al Proyecto No. 01 del 2002 donde muestra implícitamente que los Estados Financieros de periodos intermedios para las entidades vigiladas por la Superintendencia de Valores son considerados de propósito general, es importante que se pudiese definir con mayor claridad y de forma más específica las revelaciones sobre estos. Y además aprovechando este proyecto se pudiese remitir al Estandar Internacional 34 donde el tratamiento es muy específico.
Por otro lado, en el numeral correspondiente a las revelaciones generales de los Estados Financieros en lo que se refiere a las principales políticas y practicas contables, literal b., que se hiciera anotación a las implicaciones en la información financiera de un cambio en la estimación contable, con relación a la comparabilidad de Estados Financieros con respecto a períodos anteriores.
Cordialmente,
Paola Aristizabal
Adriana Forero
Araceli Sánchez
Estudiantes de Contaduría Pública
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
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Fecha: 30 de enero de 2002
Autor:
JESSICA MORALES CUBILLOS
GLORIA ROJAS NARVÁEZ
CAROLINA TAMAYO RODRIGUEZ
SEÑORES
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
CIUDAD
Respetados Señores:
Esta es una opinión elaborada por 3 estudiantes de Contaduría Pública, de la Pontificia Universidad Javeriana; con el objetivo de ayudar a que la información que divulguen las empresas en el mercado, cumplan con los requisitos de calidad, oportunidad y suficiencia; además, de todas las cualidades que la información debe tener para disminuir el riesgo en fraudes y para asistir a los usuarios de los estados financieros en la toma de decisiones oportunas.
A continuación señalamos algunos puntos:
1. Se queda corto en uno de los Postulados más importantes como es el ente económico, ya que se debe tener en cuenta el área geográfica donde se desarrolla la empresa. Esto es un factor determinante para medir el riesgo.
2. En el numeral 1.1.3 donde hace mención a los cambios contables que hubieren ocurrido de un período a otro, así como su efecto, no solamente actual o prospectivo sino retrospectivamente, ya que es importante tener en cuenta la manera como cambian los estados financieros de períodos anteriores. Si la información pierde alguna o todas sus cualidades, tiene un efecto tanto en el presente como en el futuro de la empresa.
3. En el numeral 1.1.3 inciso (a) En un principio contable por otro generalmente aceptado, revelando lo siguiente:
- La naturaleza del cambio.
- Las razones para el cambio.
- El valor del ajuste por el período actual.
- El valor del ajuste relativo a períodos anteriores. Por que aquí si es importante un análisis retrospectivo? Sonaría incoherente con el numeral 1.1.3
- El hecho de que la información comparativa ha sido restablecida o de que no es factible hacerlo.
En el inciso (b) En un cambio en una estimación contable, que resulta como consecuencia de nueva información o experiencia adicional al evaluar eventos futuros que afectan las estimaciones iniciales:
- Naturaleza del cambio en las estimaciones contables.
- Razones que justifican el mismo.
- Incidencia en los estados financieros y resultados del ejercicio. Entre éstos tanto los anteriores como los actuales.
- Ajustes efectuados en el período en el cual se realizó el cambio respectivo.
4. En el numeral 1.1.5 párrafo segundo no estamos de acuerdo que la depreciación, agotamiento y amortización se debe presentar siempre que sea pertinente sino siempre.
5. 1.1.8. Primas o descuentos causados pendientes de amortizar, que se deben presentar aumentando o disminuyendo el activo o pasivo correspondiente. Se debería señalar a su vez el tiempo original y el que hace falta por amortizar, lo que lo causó, como también el método utilizado de amortización.
6. 1.1.9. Valorizaciones y provisiones por cada rubro. Las valorizaciones se deben presentar por separado del costo, revelando en notas su composición. Las provisiones se deben presentar como una disminución del activo respectivo. También consideramos que se debería revelar en notas la composición de las provisiones.
7. 1.1.14. Operaciones descontinuadas, detallando sus activos, pasivos y resultados. Detallando el porque estas operaciones han sido descontinuadas y que incidencias ha tenido en el ente.
8. 1.2.8. Indicadores financieros de liquidez, rentabilidad, endeudamiento, eficiencia operativa y cualquier otro tipo de razones que se considere relevante para ilustrar adecuadamente acerca de la evolución de la entidad, con el análisis correspondiente. Nos parece importantísimo este punto, resaltando lo subrayado, con esto tanto los que elaboran la información como los que la utilizan pueden hacer un análisis más profundo de la situación de la empresa.
9. 1.2.9. Criterio de materialidad fijado: la norma básica de importancia relativa o materialidad constituye uno de los factores que inciden directamente en la revelación que, a través de los rubros de los estados financieros y las notas a los mismos, se hace de la información financiera de un ente económico. Por tal razón, para efectos del cabal y completo entendimiento de la misma, se hace necesario dotar al lector de un adecuado conocimiento sobre dichas bases, a fin de que éste evalúe la información presentada teniendo en cuenta los parámetros que la entidad ha determinado en lo referente a la utilización de la norma señalada, los cuales deben quedar expresamente incluidos en las notas que acompañen, tanto a los estados financieros individuales como a los consolidados. Este párrafo es relevante. Es concreto, claro y bastante útil.
10. 1.4.9 Cuando la fecha de corte de los estados financieros individuales de alguna de las subordinadas difiera de la fecha de consolidación, se debe revelar tal situación, indicando el corte utilizado y los hechos significados ocurridos en el periodo no coincidente. A su vez los parámetros utilizados en las estimaciones contables utilizadas por la subordinada.
11. En el numeral 2.1.1. Inversiones, se debe incluir un nuevo inciso que señale las principales razones de la inversión en la empresa en que se realizó.
12. 2.1.2. Cuentas por cobrar
Debe revelarse a través de notas a los estados financieros, como mínimo, lo siguiente:
a) El valor y concepto de las cuentas de difícil cobro y su provisión. Explicando las políticas de clasificación y provisión de cartera.
b) El valor de aquellas cuentas y documentos por pagar que presenten un año o más de edad, con indicación de la operación y la fecha estimada o pactada de su pago.
c) El monto corriente y no corriente, revelando, para cada caso, su valor en la moneda pactada para el pago, junto con su conversión a pesos, de ser el caso.
d) Para las cuentas y documentos por pagar a largo plazo, el valor de pago encada uno de los cinco (5) años calendario siguientes a la fecha de corte del estado financiero en que se presenten, indicando la tasa de interés que les sea aplicable.
e) Para cada clase de cuentas o documentos por pagar, indicar las garantías otorgadas y el valor de las mismas.
f) La reclasificación o traslado de las cuentas y documentos por pagar, para efectos de su presentación en el balance general, de no corriente a corriente, o viceversa, con indicación de los motivos o razones que fundamenten tal hecho.
13. 2.1.5.2. Derechos
Consideramos que se le debe incluir a este numeral, el tiempo de explotación de este derecho.
14. 2.2.2 Cuentas por Pagar
Felicitamos el Numeral e, debido a que es indispensable mostrar las garantías con las que se respaldan las diferentes deudas que un ente tiene. Eso da seguridad para el usuario que la empresa tiene elementos con que responder.
15. 2.2.7 Pensiones de Jubilación
a) Método actuarial utilizado.
b) Número de personas cobijadas. Se debe mencionar el número total de los empleados, de esa manera se puede hacer un cálculo de cuantos empleados son pensionados por la empresa y cuantos por el ISS o por una AFP.
c) Los beneficios cubiertos.
d) El movimiento acumulado de las cuentas durante el período objeto de información.
e) El porcentaje acumulado amortizado del cálculo actuarial a la fecha de corte del estado financiero, con indicación del porcentaje acumulado amortizado al cierre del ejercicio inmediatamente anterior.
f) El plan de amortización del cálculo actuarial, hasta lograr el cien por ciento de amortización acumulada.
g) Valor de los bonos pensionales emitidos y período de redención, de ser el caso. Mostrando el debido respaldo que estos bonos tienen con activos líquidos o fácilmente convertibles.
h) Compañía de seguros con la que se haya contratado el pago de las pensiones, de ser el caso.
i) Fondos o garantías específicas, destinadas a respaldar el pago del pasivo, de ser el caso.
Esperamos que los aportes hechos anteriormente, sean de gran utilidad para la elaboración de este proyecto, en pro de conseguir que la información que se revela en los Estados Financieros sean de gran utilidad para los usuarios.
Agradeciendo la atención prestada.
JESSICA MORALES CUBILLOS
GLORIA ROJAS NARVÁEZ
CAROLINA TAMAYO RODRIGUEZ
Estudiantes Contaduría Publica
Pontificia Universidad Javeriana
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Fecha: 29 de enero de 2002
Autor:
ANGELICA CATALINA GUTIERREZ D.
JORGE EDUARDO FILELLA A.
JAIRO ANDRES CRUZ V.
Bogotà, D.C. Enero 28 de 2002.
Opinion : Proyecto No. 01 de 2002.
Nuestra opinin acerca de este documento es la siguiente:
* De acuerdo a la importancia de los Estados Financieros, cuya informaciòn es fundamental para una toma de decisiones; creeemos que las revelaciones para los estados financieros de empresas que cotizan en Bolsas de Valores o mercados Bursàtiles se deben presentar teniendo en cuenta el caràcter de tales estados financieros y sus usuarios. En este caso podrìamos hablar de que tales usuarios, de primer grado son Inversionistas a quienes esta informaciòn les debe satisfacer sus necesidades para posteriorimente tomar decisiones.
* Se debe tener en cuenta el fenòmeno de la estacionalidad para poder determinar a futuro las decisiones que puedan ser relevantes segun su materialidad. Para tal caso nos es, indispensable la presentaciòn de estados financieros intermedios en los cuales este claramente condensada la informaciòn, con sus notas respectivas las cuales sean completamente confiables y asì mismo deberan tener en cuenta las variaciones realizadas durante este perìodo.
* Es inpresindible el principio bàsico de la prudencia, debido a que si tales estados se cotizan en bolsa su ifnormaciòn deberà ser las màs apropiada para los usuarios y asì lograr que los mismos tomen decisiones apropiadas para su beneficio.
* En cuanto a la conciliaciòn estamos de acuerdo en lo referente a que no es necesario presentar estados financieros de perìodos intermedios consolidados, ya que la ley especìfica que se debe consolidar la informaciòn de la matriz con sus subordinadas una vez al año. Si por las necesidades de los usuarios se necesita que se consolide la informaciòn, se harà la debida consolidaciòn y presentaciòn.
* En el caso de correcciòn de errores nos es importante que se deba tener en cuenta que si se detecta un error sea corregido no solo en el perìodo corriente sino sea retroactivo a los anteriores para asì ser consecuentes en la toma de decisiones a futuro.
Atentantamente
ANGELICA CATALINA GUTIERREZ D.
JORGE EDUARDO FILELLA A.
JAIRO ANDRES CRUZ V.
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Fecha: 29 de enero de 2002
Autor: EDWIN YEZID NOVOA B.
Comentarios al proyecto No. 01 de 2002.
Si bien el proyecto especifica la presentación de información al detalle; considero que deben darse algunos parámetros específicos para cada sector (financiero, real, asegurador, etc.), ya que se observa que la norma abarca a todas las empresas que deben reportar información a la Superintendencia de Valores y en algunos casos se exige información que considero no es necesaria para algunos sectores.
Adicionalmente, se debería hacer claridad en la información que se solicita por separado, si es de forma detallada en los estados financieros o en las notas a los estados financieros que se debe revelar; como es el caso de los ingresos detallados e inversiones por método de participación
De otro lado, la información comparativa a presentar debe realizarse en períodos similares al período a informar; sobre todo en los estados financieros intermedios; la cual no incluye este proyecto.
Cordialmente,
EDWIN YEZID NOVOA B.
Estudiante Contaduría
Pontificia Universidad Javeriana
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Fecha: 28 de enero de 2002
Autor:
CESAR FELIPE BELTRÁN
SHIRLEY GÓMEZ
PAOLA ANDREA SÁNCHEZ H.
Establecer un entorno económico de aplicación de Estados Financieros Intermedios, ya que en la NIC34, esta información es suministrada a los participantes en el Mercado de valores, y siendo este mercado dinámico es de suma importancia que el proyecto mencionado se aplique a la preparación de Estados Financieros para satisfacer las necesidades de los usuarios de la información (accionistas, inversionistas particulares) de forma oportuna, clara y precisa, para tomar decisiones en pro de la asignación de recursos de forma eficiente.
Para esto debemos tener en cuenta el Rubro de Inversiones en Acciones y el Patrimonio, considerando relevante informar las variaciones de los precios de las acciones comparándolos de un periodo respecto a l anterior y reflejar en las notas selectivas las modificaciones que poseen.
En Activos Fijos (Propiedad Planta y equipo e Intangibles) se debe presentar un cuadro detallado de costo histórico, mejoras, adiciones, ajustes, retiros, bajas, valorizaciones su respectiva explicación teniendo como principio Contable Colombiano La Materialidad. Aclaramos que los Activos Diferidos se revelan en los Estados Financieros gracias a la Influencia de Normas Internacionales que propone El proyecto.
Predeterminando un formato de continuidad de Estados Financieros Finales del periodo anterior con los Intermedios para mantener el contexto y relación de cada partida teniendo en cuenta el Entorno mundial.
Es de gran importancia la adopción de estas normas en empresas del Sector Financiero y Sector Reeal que coticen en Bolsa ya que los inversionistas se fijan en estas entidades prevalecientes en nuestra Economía Colombiana. Por nuestro conocimiento creemos que las empresas vigiladas y controladas por la Superintendencia de Valores son asesoras y administradoras del Mercado
CESAR FELIPE BELTRÁN
SHIRLEY GÓMEZ
PAOLA ANDREA SÁNCHEZ H.
Estudiantes de Contaduría Publica
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
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Fecha: 28 de enero de 2002
Autor: WILLIAM ENRIQUE RODRíGUEZ RAMÍREZ
Bogotá 28 de Enero de 2002
Señores
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
Ciudad.
La publicación de un proyecto que establezca de una forma clara y objetiva las revelaciones que deberían hacer los emisores de valores al mercado es algo que se hizo esperar más de lo que debía, porque legislación anterior como la contenida en el Decreto 2649 de 1993 y el Régimen Contable, no abordaban el tema de los estados financieros individuales y consolidados con la profundidad y enfoque necesarios para una correcta aplicación y presentación de la información financiera.
El esquema presentado por el proyecto 01 de 2002 aporta herramientas para presentar información orientada al cumplimiento de propósitos de calidad, oportunidad y suficiencia o "requisitos" como enuncia el documento, no obstante, opino que más que requisitos deben ser propósitos que debe perseguir todo tipo de información y aún más la información contenida en estados financieros encaminados a producir efectos en usuarios externos.
Incorporar normas internacionales es algo que sin lugar a dudas exige mayor calidad en la elaboración, consolidación y presentación de la información financiera, mayor coherencia en el tratamiento de los elementos de los estados financieros en cuanto a los cambios a que ellos están expuestos por efecto de consolidación, ya que la información debe contar con normas que no le permitan perder su utilidad por ser originada en entornos económicos diversos en componente inflacionario, en moneda y en normatividad; no obstante no se debe perder de vista el hecho de que las normas internacionales que se adopten deben poderse asociar y aplicar en el medio económico en el que pretender implantarse.
Sin otro particular.
WILLIAM ENRIQUE RODRíGUEZ RAMÍREZ
Estudiante de Contaduría
Pontificia Universidad Javeriana
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Fecha: 28 de enero de 2002
Autor: Ana María López
Camilo Ramírez
Por lo que vemos en este proyecto sobre las revelaciones de información que los emisores de valores deberán proporcionar al mercado público de valores.
Nos hemos dado cuenta que la revelación de la información que se debe presentar en los estados financieros de períodos intermedios individuales o consolidados tienen casi o las mismas características de como se presentan los estados financieros de fin de período, y según tenemos entendido los estados financieros de períodos intermedios son de propósito general para todas aquellas empresas vigiladas por esta superintendencia.
En el decreto 2649/93 clasifican a los estados financieros de periodos intermedios como estados financieros de propósito especial, no debería la superintendencia de valores regirse por este decreto como lo hacen las demás entidades del país?
Creemos que es correcta la forma como ustedes han dispuesto esta norma para la revelación de la información, puesto que en algunas empresas puede darse el caso de no revelar completamente la información cuando se hacen estados financieros de períodos intermedios sean individuales o consolidados, pero entonces, este proyecto es solo para las entidades vigiladas por la superintendencia de valores? o se puede aplicar en otros sectores?.
Atentamente,
Ana María López
Camilo Ramírez
Estudiantes de contaduría
Pontificia Universidad Javeriana
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Fecha: 28 de enero de 2002
Autor: Diana Yamile Arcila
Claudia Constanza Fajardo
Hemos revisado el Proyecto 01 de 2002, respecto del cual nos permitimos realizar los siguientes comentarios:
- Referente al reconocimiento de errores de períodos anteriores, sería importante revelar el impacto de dichos errores retrospectivamente y no solo prospectivo a partir de su reconocimiento. (Esto para efectos de comparabilidad en la información financiera)
- De otra parte, es importante revelar el efecto que tiene un cambio en las politicas para la valuación de los bienes recibidos en dación de pago. (El cual consideramos debe ser a su valor neto realizable)
En nuestra opinión, las revelaciones están directamente relacionadas con las necesidades de información de los usuarios.
Diana Yamile Arcila
Claudia Constanza Fajardo
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
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Fecha: 28 de enero de 2002
Autor:JESÚS DANIEL HERNÁNDEZ
DANIEL ALEJANDRO ACEVEDO
Señores
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
De la manera mas atenta nos permitimos hacer los siguientes comentarios del Proyecto 001/2002:
1. Creemos conveniente que en las revelaciones comunes a todos los Estados Financieros se debe incluir información concerniente a la estacionalidad y carácter cíclico de los hechos económicos que hayan afectado o puedan llegar a afectar los elementos de los Estados Financieros de un ente económico durante un periodo, ya que esta información podría ser relevante en la toma de decisiones.
2. Nos parece muy acertada la decisión de incluir dentro de las revelaciones el tema de el criterio de materialidad fijado, ya que en una economía como la nuestra las condiciones económicas de cada empresa pueden variar significativamente. Lo cual crea un concepto de materialidad totalmente diferente para cada una de ellas, haciendo importante para los usuarios de la información el conocimiento de las bases sobre las cuales se aplica dicha norma.
3. En lo concerniente a los activos diferidos seria aconsejable, incluir la revelación del método contable utilizado para la amortización de dichos activos ya que de esta forma se puede tener una visión mas clara y concisa de la manera en que los beneficios económicos futuros incorporados en estos activos fluirán hacia la empresa.
Agradecemos su atención a la presente.
Atentamente,
JESÚS DANIEL HERNÁNDEZ
DANIEL ALEJANDRO ACEVEDO
Estudiantes de Contaduría Publica
Pontificia Universidad Javeriana
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Fecha: 28 de enero de 2002
Autor: SANDRA MILENA MENESES NARANJO
MARISOL SUAREZ GOMEZ
A nuestro parecer el proyecto 01 de la supervalores se acerca a la normatividad establecida por las Normas Internacionales de Contabilidad, por cuanto exige mayor rigurosidad y extensiòn en la informaciòn que deben emitir las entidades que cotizan en el mercado pùblico de valores. Esto, debido a que la normatividad Colombiana no reglamenta las revelaciones de la informaciòn financiera intermedia.
El hecho de reexpresar los estados financieros en forma retrospectiva, brinda a los usuarios una mayor seguridad sobre la inversiòn que pueden hacer en una entidad. Esta reexpresiòn nos presenta una comparabilidad de la informaciòn financiera de un periodo a otro, apoyada por la informaciòn contenida en las revelaciones, las cuales estan identificadas dentro del texto del proyecto.
Como otro aspecto importante, el hecho de que la entidades deban reportar los factores de pèrdida o imposibilidad de obtener recursos o ingresos suficientes, le brinda al usuario mayor conocimiento acerca de la situaciòn real de la entidad.
No nos queda claro el porquè se hace necesario informar el nùmero de empleados de la empresa, randos y categorias (numeral 1.4.7).
En general, a nuestro parecer es relevante el hecho de emitir estados financieros en periodos intermedios, para conocer el manejo de los recursos confiados a los administradores, ademàs de ofrecer informaciòn acerca de la capacidad del ente para generar beneficios futuros y su fortaleza financiera en el mercado.
SANDRA MILENA MENESES NARANJO
MARISOL SUAREZ GÓMEZ
Estudiantes Contadurìa Pùblica
Pontificia Universidad Javeriana
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Fecha: 25 de enero de 2002
Autor: Wilmar Franco Franco
Al revisar el contenido de la norma encuentro que se presenta un resumen de las disposiciones legales vigentes en la materia. Algunos comentarios sobre el particular son:
Las disposiciones contables colombianas (decreto 2649/93) califican los estados financieros de períodos intermedios como estados de propósito especial, pero tratándose de entidades vigiladas por la Superintendencia de valores estos son calificados como Estados Financieros de propósito general, situación sobre la que estoy totalmente de acuerdo.
Esta distinción entre estados financieros de propósito general crea una distinción importante entre estados financieros de fin de ejercicio y estados financieros de períodos intermedios.
Si los estados financieros de períodos intermedios son de propósito general entonces también existe una problematica de revelación de la información financiera de períodos intermedios. Actualmente el Decreto 2649/93 no establece diferencias entre un tema y el otro y al parecer las revelaciones de información deben presentarse de la misma forma tratándose de un período final de año o de un período intermedio.
Como consecuencia, yo considero que es necesario aprovechar este proyecto para definir con claridad las revelaciones de información necesarias en estados financieros intermedios. Para esto, sería muy útil revisar lo que dicen los estándares internacionales sobre el particular.
Pienso que las empresas que cotizan al mercado público de valores deben suministrar información de períódos intermedios de tal manera que los usuarios puedan comprender la evolución del negocio. en unmercado dinámico y en crecimiento es necesario que se suministre esta información.
Sobre el particular, anexo copia de un documento que escribí al respecto relacionado con este tema.
Cordialmente,
Wilmar Franco Franco
Profesor Investigador Depto. de Ciencias Contables
Pontificia Universidad Javeriana
Teléfono 3 20 8320 Extensión 5171
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Fecha: 25 de enero de 2002
Autor: Margarita María Mesa Mesa
Señores
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
Este proyecto sobre revelación de información está dirigido a los emisores sujetos al control exclusivo de la Superintendencia de Valores. Cuáles entidades se entienden sujetas al control exclusivo de la Superintendencia de Valores? Qué sucede con las entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Bancaria? Se les aplicaría esta disposición?
En caso de que si se hiciera extensiva a las entidades financieras, nos queda la inquietud de que esta disposición menciona el método de participación para la contabilización de las inversiones de capital. Las entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Bancaria no aplicamos este método.
Cordial saludo,
Margarita María Mesa Mesa
Secretaria General
CORFINSURA
Mail: mamesa@corfinsura.com.co
Tel: 3113604
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Fecha: 22 de enero de 2002
Autor: Carlos R. Yepes.
Buenos días. En un texto impreso que tengo sobre este proyecto de Resolución leo lo siguiente:
"032. Bogotá, D.C., 23 de enero de 2002
02. NORMAS SOBRE EL MERCADO DE VALORES Y DEL SECTOR FINANCIERO"
Con ese titular podría pensarse que el proyecto 01 de 2002 modificaría normas sobre revelación de información contable del sector financiero. No creo que el proyecto tenga ese alcance y que el mismo sólo aplica a los emisores vigilados por la Supervalores y no a los emisores vigilados por la Superbancaria. Más bien se trata de un capítulo que contiene normas tanto del mercado de valores como del sector finanicero, pero que en ningún caso se pretende que el proyecto 01 de 2002 sea aplicable a los emisores del sector financiero. Adicionalmente del texto del proyecto tampoco se menciona que sea aplicable a entidades del sector financiero. Es correcta esta interpretación?.
Cordialmente,
Carlos R. Yepes
Director Unidad Jurídica
Última modificación 28/12/2012