Carta circular externa 26 de 1999
Señores
REPRESENTANTES LEGALES DE SOCIEDADES
COMISIONISTAS DE BOLSA Y SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE INVERSIÓN.
Asunto: Días no hábiles bursátiles.
En respuesta a las múltiples inquietudes que los Fondos de Valores y los Fondos de Inversión han planteado en relación con la aplicación de la Circular Externa 010 del 23 de noviembre de 1999, expedida por esta Superintendencia, conviene efectuar las siguientes precisiones:
- Corresponde a las sociedades comisionistas y a las sociedades administradoras de inversión, en relación con los fondos de valores y los fondos de inversión que administran, establecer con base en sus reglamentos los días y horarios en que abrirán sus oficinas al público durante los días finales del presente año. Así mismo, con base en tales reglamentos señalarán el día a partir del cual comenzarán a atender regularmente el año próximo.
- Para efectos de que los suscriptores de los fondos tengan conocimiento de los horarios de atención a que se hace referencia, es pertinente que la sociedad administradora del fondo de valores o del fondo de inversión les informe ampliamente a los suscriptores a través del mecanismo previsto en los reglamentos y, adicionalmente, mediante la fijación de carteles visibles en las oficinas del fondo.
- Es necesario que las sociedades administradora de fondos de valores y de fondos de inversión prevean con anterioridad las necesidades de liquidez que tendrán durante el final del año, y en especial tengan en cuenta para ello los días no hábiles bursátiles establecidos en la Circular Externa No. 10 de 1.999, emitida por esta Superintendencia.
- Los criterios expuestos anteriormente deberán aplicarse por las sociedades comisionistas, en lo pertinente, a las operaciones de administración de valores y de administración de portafolios de terceros
FERNANDO MELO ACOSTA
Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y demás Entidades Vigiladas
Última modificación 29/10/2012