Inversiones
Concepto No. 1998061924-1.
Junio 6 de 1999
Síntesis:
Inversiones en títulos de deuda pública.
[C-054] «Solicita
(...) "emitir un concepto en el que se equiparen las calificaciones
nacionales (...)" o autorizar la inversión de los recursos
de los fondos de pensiones en títulos del mercado internacional
con calificación triple B menos (BBB -), en razón a que
"De acuerdo con el régimen de inversión de los Fondos
de Pensiones, no se pueden realizar inversiones en títulos con
calificación inferior a AA".
Sobre el particular, sea lo primero precisar
que según las disposiciones vigentes es posible efectuar inversiones
en títulos que cuenten con una calificación inferior a doble
A (AA), toda vez que de conformidad con lo señalado en el inciso
segundo del numeral 2. del Capítulo Cuarto, Título Cuarto
de la Circular Básica Jurídica - Circular Externa 007 de
1996 -, para considerar como admisible la inversión en determinados
títulos los mismos deben contar con una "(...) calificación
de al menos ‘A -’, de acuerdo con los criterios utilizados
al efecto por la calificadora de riesgos Duff and Phelps S.A. o sus equivalentes
de cualquier otra calificadora debidamente autorizada." (se resalta).
De otra parte, en cuanto a los títulos
que se transan en los mercados internacionales y que, por ende, requieren
de una calificación de carácter internacional, el inciso
tercero, subnumeral 1.2 del referido capítulo, expresamente establece
que dicha calificación debe corresponder "a un mínimo
de ‘A -’, o su equivalente, efectuada por una sociedad calificadora
internacionalmente reconocida a juicio de la Superintendencia de Valores"».
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