Garantía de Fogafín para Fondos de Pensiones Obligatorias
| Nombre | Contenido |
|---|---|
| Artículo 99 de la Ley 100 de 1993. | |
| Regula la inscripción ante Fogafin de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y fija el costo de la garantía a cargo de los Fondos de Pensiones que administra. |
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Modificación: 10/12/2012
