Resolución 1135 de 1996/12/15
Superintendencia de Valores;
SEGUNDO: Que el doctor
Harold A. Böhmer Angel, en su calidad de representante
legal de la sociedad Investcorp S.A., domiciliada en la
ciudad de Santiago de Cali, mediante comunicaciones radicadas en
esta Superintendencia los
días 4 y 11 de septiembre, 4 de octubre y 12
de diciembre de 1995, bajo los números 9512757-1, 9512757-3,
9512757-3, 9512757-5 y 9512757-7, respectivamente, solicitó
la inscripción de dicha sociedad en el Registro
Nacional de Valores e Intermediarios, para intermediar
en el mercado público de valores, y
TERCERO: Que la citada
sociedad reúne los requisitos exigidos para ser inscrita en el Registro
Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 1.1.6.1. de la resolución
400 de 1995, modificado por el artículo 1o. de la resolución
761 de 1995, ambas expedidas por la Sala General de la
Superintendencia de Valores.
ARTICULO PRIMERO.- Inscribir en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a la sociedad Investcorp S.A., para realizar labores de intermediación en el mercado público de valores.
En desarrollo de su labor como intermediario de valores la sociedad Investcorp S.A. se limitará a poner en relación a dos o más personas para que concluyan un negocio, sin celebrar negocios por cuenta ajena, ni intervenir en el cumplimiento de los negocios que se perfeccionen con su intermediación.
PARAGRAFO.- La inscripción ordenada mediante la presente resolución no implica que la sociedad se encuentre sujeta a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Valores.
ARTICULO SEGUNDO.-
La sociedad Investcorp S.A. deberá actualizar, dentro
de los tres (3) primeros meses de cada año, la información
suministrada para efectos de la inscripción ordenada
en el artículo
anterior, enviando el
formulario que para tal fin ha establecido la
Superintendencia de Valores, así como remitir trimestralmente
una relación de las operaciones de intermediación
según formato F- 120-506, tal como lo disponen
el artículo 1.1.6.2. de la resolución 400
de 1995 y el numeral 4o. de la circular externa 008 de 1993, expedidas
por esta entidad.
ARTICULO TERCERO.- La sociedad Investcorp S.A. deberá enviar a la Superintendencia de Valores sus estados financieros con una periodicidad semestral, dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de corte, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 4.2. del artículo 1o. de la resolución 761 de 1995, que modificó el artículo 1.1.6.1. de la resolución 400 de 1995, expedidas ambas por la Sala General de la Superintendencia de Valores.
ARTICULO CUARTO.-
La sociedad Investcorp S.A. deberá pagar a la Superintendencia
de Valores la suma de setecientos cincuenta mil pesos ($750.000.oo) moneda
corriente, por concepto de derechos de
inscripción en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad
con lo establecido en la resolución 734 de 1993, expedida
por la Superintendencia de Valores. Dicha suma deberá cancelarse
en el Banco Popular en formato de consignación de recaudo
nacional, cuenta No. 050000249 sucursal Bogotá, en efectivo o mediante
cheque de gerencia a favor de la Dirección del Tesoro Nacional,
código 5006-01 Derechos de Inscripción-Superintendencia
de Valores, dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a la
notificación de la
presente resolución.
ARTICULO QUINTO.-
Ordenar la publicación de la presente resolución en el boletín
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo
Superintendencia de Valores.
Última modificación 29/10/2012