Resolución 1074 de 1995/11/29
PRIMERO: Que la Superintendencia de Valores, mediante resolución número 426 del 14 de abril de 1993, inscribió en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a la Sociedad Colombo Venezolana Comisionista de Bolsa S.A. Colvensa;
SEGUNDO: Que, mediante escritura pública número 4.419 del 29 de septiembre de 1995, otorgada en la Notaria once (11) del Círculo de Medellín, se solemnizó la reforma estatutaria consistente en la fusión de las sociedades comisionistas de bolsa Hernando y Arturo Escobar S.A. y Colvensa S.A., en virtud de la cual la sociedad comisionista Hernando y Arturo Escobar S.A. absorbió a la sociedad comisionista Colvensa S.A.;
TERCERO: Que como consecuencia de la mencionada reforma estatutaria, la sociedad Colombo Venezolana Comisionista de Bolsa S.A. Colvensa se disolvió, sin liquidarse, razón por la cual desapareció como ente jurídico;
CUARTO: Que el doctor Hermann Uribe Peralta, representante legal de la Sociedad Colombo Venezolana Comisionista de Bolsa S.A. Colvensa, mediante comunicación radicada en este Despacho el día 25 de octubre de 1995, bajo el número 9515430-1, solicitó la cancelación de la inscripción de la sociedad Colombo Venezolana Comisionista de Bolsa S.A. Colvensa en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, debido a que fue absorbida por la sociedad Hernando y Arturo Escobar S.A. Comisionista de Bolsa;
QUINTO: Que, de acuerdo con lo expresado en los considerandos anteriores, la sociedad Colombo Venezolana Comisionista de Bolsa S.A. Colvensa se disolvió sin liquidarse, razón por la cual es procedente cancelar su inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, y
SEXTO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
5o., letra e), del decreto 2739 de 1991, corresponde al Superintendente
de Valores ordenar la cancelación de intermediarios en el Registro
Nacional de Valores e Intermediarios.
ARTICULO PRIMERO: Cancelar la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la sociedad Colombo Venezolana Comisionista de Bolsa S.A. Colvensa.
ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de la presente
resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, capítulo Superintendencia de Valores.
Última modificación 05/04/2013