Apéndice
A
Acción de Cumplimiento
La acción de cumplimiento propende por la efectividad y aplicación del sistema jurídico, sobre el doble supuesto de que las leyes y los actos administrativos se han puesto en vigencia para ser observados y de que toda persona tiene derecho de rango constitucional a que así suceda, no importa si la autoridad obligada por ellos es de rango inferior o de altísima jerarquía.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. José Gregorio Hernández Galindo. Sentencia C-1511 del 8 de noviembre de 2000. Expediente No. D-2982.
Acción de Grupo
Definición. Presupuestos y características de las acciones de grupo. Efectos ultrapartes de la sentencia. Naturaleza jurídica y alcances del arbitramento.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. M.P. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo. Sentencia del 11 de mayo de 2001. Expediente 110012203000201-0183-01*.
El término de la caducidad de la acción de grupo se debe contar a partir de la fecha en que cesó la acción vulnerante causante del daño. Liquidación de entidades financieras; toma de posesión de sus bienes, haberes y negocios para fines de su liquidación.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. C.P. Manuel S. Urueta Ayola. Auto del 16 de agosto de 2001. Expediente 0191.
La acción de grupo tiene un carácter eminentemente resarcitorio o indemnizatorio y la prosperidad de la misma requiere, en consecuencia, la configuración de los elementos que estructuran la institución de la responsabilidad (hecho, daño y nexo causal entre los dos).
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera. Subsección "B". M. P. Myriam Guerrero de Escobar. Sentencia del 18 de enero de 2001. Expediente AG. 00-0018.
Principios de interpretación normativa; del efecto útil, de interpretación sistemática y de interpretación conforme. Condiciones uniformes respecto de una misma causa como presupuesto de la procedencia de las acciones de grupo. Derechos colectivos.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. Auto del 2 de febrero de 2001. C. P. Alier Eduardo Hernández Enríquez. Expediente AG-017*.
Acción de Grupo - Llamamiento en Garantía
Acciones de Grupo; procedencia del llamamiento en garantía. Acciones relacionadas con el UPAC; llamamiento en garantía de entidades financieras y compañías aseguradoras.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Quinta. C.P. Darío Quiñones Pinilla. Sentencia del 23 de marzo de 2001. Expediente AG-2401. Expediente 76001-23-31-000-1999-2401-01*.
Acción Popular
Procedencia y titulares. Siempre que esté de por medio la supuesta vulneración de un derecho o interés colectivo, por presunto acto, acción u omisión de las entidades públicas o de los particulares que desempeñan esas funciones, resulta procedente la acción popular, sin perjuicio de que también pueda intentarse otra acción.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. C.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. Sentencia del 1 de febrero de 2001. Expediente AP-148.
Actividad Aseguradora
Intervención estatal en la medicina prepagada. Intervención en las actividades financiera y aseguradora; objetivos de la intervención. Ejercicio de la actividad aseguradora. Características del Sida y el principio de solidaridad. Legalidad de la prohibición de pruebas diagnósticas de laboratorio para el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) como requisito para acceder a la cobertura de servicios.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. C.P. Olga Inés Navarrete Barrero. Sentencia del 22 de febrero de 2001. Expedientes 4555 y 4718*.
Actividad Bancaria
Si un particular asume la prestación de la actividad bancaria adquiere una posición de supremacía material frente al usuario. Por esta razón es sujeto pasivo de la acción de tutela cuando su conducta vulnere o ponga en peligro un derecho fundamental que requiera de inmediata protección judicial.
Corte Constitucional. M. P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia T-980 del 13 de septiembre de 2001. Expediente T-478117.
Actividad Financiera del Sector Solidario
Organizaciones de la Economía Solidaria. Personas que conforman el sector solidario. Montos mínimos para ejercer la actividad financiera. La regulación de la actividad financiera de las empresas de economía solidaria no desnaturaliza la organización cooperativa.
Corte Constitucional. Sala Plena. M P. Jaime Araujo Rentería. Sentencia C-779 del 25 de julio de 2001. Expediente D-3332*.
Perfil constitucional de la Economía Solidaria. Actividad financiera de las cooperativas. Servicios a terceros por las cooperativas financieras. Actualización de aportes sociales mínimos. Conversión de cooperativas financieras en sociedades anónimas. Conversión de cooperativas de ahorro y crédito en cooperativas financieras.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Clara Inés Vargas Hernández. Sentencia C-948 del 5 de septiembre de 2001. Expediente D-3439*.
Se debe indicar el concepto de la violación en la acción de inconstitucionalidad. Actividad financiera de las cooperativas.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. José Gregorio Hernández Galindo. Sentencia C-201 del 21 de febrero de 2001. Expediente D-3183*.
Acto Administrativo
Modificación unilateral de actos administrativos individuales. Procedencia de la acción de tutela cuando la modificación del acto administrativo afecta el debido proceso.
Corte Constitucional. M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra. Sentencia T-1228 del 22 de noviembre de 2001. Expediente T-481276.
Administradores
Facultad de representación. Otorgamiento de poderes con facultades de representación sin posesión ante la Superintendencia Bancaria. Responsabilidad subjetiva en las sanciones administrativas. Aplicación de los principios del derecho penal al derecho administrativo sancionatorio. Publicación de la Circular Básica Jurídica; obligatoriedad.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera - Subsección "B". M.P. Carlos Enrique Moreno Rubio. Sentencia del 23 de marzo de 2001. Expediente 19990607*.
Agencia de Seguros
Tipicidad y atipicidad contractuales. Situación del contrato de agencia de seguros. Al contrato de agencia de seguros no le son aplicables las normas propias del contrato de agencia comercial.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil y Agraria. M. P. Jorge Antonio Castillo Rugeles. Sentencia del 22 de octubre de 2001. Expediente 5817*.
Ajustes Integrales por Inflación
Método especial para realizar los ajustes integrales por inflación a las compañías de leasing. Ajustes integrales por inflación y deducción teórica del impuesto sobre la renta. Prevalencia de las normas fiscales sobre lo contable.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Ligia López Díaz. Sentencia del 15 de junio de 2001. Expediente 11799*.
Aportes en Pensiones
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 100 de 1993, todo empleador está obligado a transferir las cotizaciones legalmente establecidas para la seguridad social en pensiones. Ello significa que el empleador que no transfiere los correspondientes aportes incumple su obligación con el sistema de seguridad social, puesto que las cotizaciones no son recursos particulares sino que son ingresos públicos. La ley 100 da la posibilidad a las entidades administradoras de pensiones de adelantar acciones de cobro ejecutivo contra el empleador moroso.
Corte Constitucional. M. P. Fabio Morón Díaz. Sentencia T-163 del 12 de febrero de 2001. Expediente T-358.295.
B
Banco de la República
Funciones básicas del Banco de la República. Autonomía e independencia del Banco de la República y su Junta Directiva. El Banco de la República en la organización estatal colombiana. Facultad de la Junta Directiva del Banco de la República para establecer las sanciones a los establecimientos de crédito por infracciones a las normas sobre encaje. Exequibilidad del literal a), parcial, del artículo 16 de la Ley 31 de 1992.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-827 del 8 de agosto de 2001. Expediente D-3345*.
La autonomía técnica que la Constitución le atribuye al Banco de la República, a cargo de su Junta Directiva como autoridad monetaria, cambiaría y crediticia, le permite mantener y dictar medidas necesarias para que el valor adquisitivo del dinero se conserve y exista un justo equilibrio entre deudores y acreedores. El Banco de la República debe velar por la capacidad adquisitiva de la moneda.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C.P. Germán Rodríguez Villamizar. Sentencia del 22 de junio de 2001. Expediente 10164.
Bonos Pensionales
Declara la nulidad del inciso cuarto del artículo 41 del Decreto Reglamentario 1748 del 12 de octubre de 1995, el cual regulaba un evento en el que los servidores públicos no tenían derecho a bono pensional.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. C.P. Alejandro Ordóñez Maldonado. Sentencia del 27 de julio de 2000. Expediente 141-88.
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 33, 115, 119 y 120 (parciales) de la Ley 100 de 1993. Corresponde a las entidades emisoras de bonos pensionales la función esencial de emitir y expedir bajo un título único la totalidad del bono a favor del trabajador, estando obligados los demás empleadores o contribuyentes a responder cada uno por su cuota parte en el bono. Cálculo actuarial por traslado de recursos. Existencia de la vinculación laboral a la vigencia de la Ley 100 de 1993. Expectativas de derechos y derechos adquiridos. Exigencia de mínimo de semanas cotizadas para tener derecho a bono pensional.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-506 del 16 de mayo de 2001. Expediente D-3229*.
Destinación de los aportes no incluidos en los bonos pensionales. Reliquidación de los bonos pensionales. Expedición y emisión de bonos.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Jaime Araujo Rentería. Sentencia C-262 del 7 de marzo de 2001. Expediente D-3098*.
Emisión del bono pensional y reconocimiento de la pensión de vejez. Acción de tutela y bonos pensionales. Ineficacia de la Administración como fuente de vulneración de los derechos fundamentales.
Corte Constitucional. Sala Cuarta de Revisión. M.P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia T-1035 del 27 de septiembre de 2001. Expediente T-456856*.
La acción de tutela no es apta para pretermitir trámites administrativos y menos para ordenar el traslado del bono pensional, con el fin de pagarse la respectiva mesada, cuando no está debidamente adelantado el procedimiento para acceder a ésta.
Corte Constitucional. M. P. Rodrigo Escobar Gil. Sentencia T-1103 del 23 de octubre de 2001.Expediente T-47189.
La demora en su tramitación implica violación a los derechos fundamentales. La acción de tutela procede para ordenar la emisión del bono pensional.
Corte Constitucional. M. P. Marco Gerardo Monroy Cabra. Sentencia T-1044 del 1º de octubre de 2001. Expediente T-457680.
Salario base para su liquidación. La base para liquidar la pensión no es el aporte que los empleadores remitan sino el salario realmente devengado. Procedencia de la tutela frente al derecho a la seguridad social.
Corte Constitucional. M.P. María Cristina Pardo Schlesinger. Sentencia T-977 del 13 de septiembre de 2001. Expediente T-410198.
C
Caducidad de la Acción
Caducidad de la acción de reparación directa en relación con medidas adoptadas por la Superintendencia Bancaria sobre entidades constructoras de vivienda.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Tercera. M.P. Leonardo Augusto Torres Calderón. Sentencia del 22 de mayo de 2001. Expediente 96D 11734* .
Procedencia de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Acción de reparación directa; perjuicios producidos por un acto administrativo. Término de caducidad. Error judicial.
Tribunal Administrativo del Risaralda. Sala de Decisión. M.P. Carlos Arturo Jaramillo Ramírez. Auto del 23 de agosto de 2000. Expediente 0328-00*.
Caducidad de la Facultad Sancionatoria
El término de tres años para la imposición de sanciones, establecido en el artículo 38 del Código Contencioso Administrativo, se entiende cumplido con la expedición del acto administrativo correspondiente y su debida notificación dentro de este plazo.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera. Subsección "A". M.P. Beatriz Martínez Quintero. Sentencia del 26 de septiembre de 2001. Expediente 990749*.
La sanción se debe expedir y notificar debidamente dentro de los tres (3) años contados desde la ocurrencia del hecho que se sanciona.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C. P. Ligia López Díaz. Sentencia del 15 de junio de 2001. Expediente 11869.
Cálculo Actuarial
Privatización de entidades. Cálculo actuarial de pensiones. Facultades de la Superintendencia Bancaria.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Germán Ayala Mantilla. Sentencia del 11 de mayo de 2001. Expediente 9183* .
Cesantía
El régimen tributario aplicable a las cesantías en materia sustancial es el vigente en el período por el cual se adquirió el referido derecho, independientemente de que su reconocimiento y pago ocurran con posterioridad.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Germán Ayala Mantilla. Sentencia del 27 de julio de 2001. Expediente 11.322.
La sanción por mora en lo correspondiente a cesantías que consagra el artículo 99 de la Ley 50 de 1990 cesa cuando empieza a correr la sanción moratoria del artículo 65 del CST, pues aquella rige mientras está vigente el contrato y ésta a partir de cuando fenece.
Corte Suprema de Justicia. M.P. Luis Gonzalo Toro Correa. Sentencia del 27 de marzo de 2001. Expediente 14379.
Cláusulas Aceleratorias
Consideraciones generales sobre las cláusulas aceleratorias. La permisión legal para pactar cláusulas aceleratorias se funda en el principio de la autonomía de la voluntad y está limitada por precisas condiciones jurídicas. Exequibilidad del artículo 65 de la Ley 45 de 1990.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Manuel José Cepeda Espinosa. Sentencia C-332 del 29 de marzo de 2001. Expediente D-3083
Compartibilidad Pensional
Compartibilidad de la pensión de jubilación entre el empleador y el Instituto de Seguros Sociales. Exclusión de la compartibilidad pensional.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Rafael Méndez Arango. Sentencia del 19 de febrero de 2001. Expediente 14914.
Diferencia entre los conceptos de compartibilidad y compatibilidad en pensiones.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. M. P. Luis Gonzalo Toro Correa. Sentencia del 30 de enero de 2001. Expediente 14207*.
Si bien la Corte ha señalado en reiterada jurisprudencia que en principio no es posible disfrutar simultáneamente dos pensiones por un mismo beneficiario, ello ha sido exclusivamente en aquellos casos en que así lo disponen expresamente las normas aplicables o éstas cubren un mismo riesgo o atienden al mismo seguro.
Corte Suprema de Justicia. M.P. Fernando Vásquez Botero. Sentencia del 12 de septiembre de 2001. Expediente 16033.
Competencia Desleal
La Corte Constitucional resuelve estarse a lo resuelto en la sentencia C-501 de 2001, mediante la cual se declaró exequible el parágrafo 3 del artículo 148 de la Ley 446 de 1998, modificado por el artículo 52 de la Ley 510 de 1999 (funciones jurisdiccionales en materia de competencia desleal).
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Jaime Araujo Rentería. Sentencia C-618 del 13 de junio de 2001. Expediente D-3283.
Naturaleza jurídica de las funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de competencia desleal. Procedimiento administrativo de promoción de la competencia y prácticas comerciales restrictivas. Funciones administrativas y jurisdiccionales en materia de competencia desleal.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Eduardo Montealegre Lynett. Sentencia C-649 del 20 de junio de 2001. Expediente D-3278.
Conciliación - Defensor del Ciente
Declara inexequibles, a partir de su promulgación, el artículo 47 de la Ley 640 de 2001 y la expresión "salvo el artículo 47, que regirá inmediatamente" del artículo 50 de la misma ley.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-500 del 16 de mayo de 2001. Expediente D- 3403.
Contabilidad
La diligencia de exhibición de los libros de contabilidad puede dar como resultado la imposición de sanción por atraso contable, mediante resolución independiente y una vez agotado el procedimiento para tal finalidad. El funcionario debe ser contador cuando se trata de inspección o experticio contable, pero no cuando de trata de una diligencia de simple verificación o constatación.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo.. Sección Cuarta. C. P. Juan Angel Palacio Hincapié. Sentencia del 27 de abril de 2001. Expediente 11.639.
Los principios de contabilidad generalmente aceptados están definidos de manera genérica en el artículo 6º de la ley 43 de 1990 y pueden ser precisados por decreto reglamentario.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. C.P. Manuel Urueta Ayola. Sentencia del 2 de marzo de 2001. Expediente 5352.
Contratos y Operaciones de Crédito Público
Declara exequible de la expresión "independientemente de su naturaleza y del orden al cual pertenezcan", contenida en el artículo 12 de la ley 533 de 1999, el cual establece la exigencia a cualquier entidad estatal o con participación mayoritaria, sin importar su naturaleza y el orden a que pertenezca, de obtener previamente la autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la celebración de contratos y operaciones de crédito público.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. María Cristina Pardo Schlesinger. Sentencia C-1496 del 2 de noviembre de 2000. Expediente D-3005.
Cooperativas
Véase Actividad financiera del sector solidario.
Corporaciones Financieras
De conformidad con lo señalado en el artículo 14 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, se observa que las inversiones de capital están sujetas a dos controles: el primero, consiste en verificar el porcentaje mínimo de inversión que deben realizar las corporaciones financieras de acuerdo al capital pagado, reserva legal y aumentos por estos conceptos. El segundo control hace referencia a las inversiones de capital que deben hacer las corporaciones financieras, las cuales deben estar representadas como mínimo en un 50% de sus acciones, bonos convertibles en acciones, etc.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. M. P. Heriberto Reyes Vargas. Sentencia del 18 de enero de 2001. Expediente 990048.
Facultades sancionatorias de los Superintendentes Delegados; recursos contra sus actos. Reserva legal y prima en colocación de acciones para el cálculo de las inversiones de capital de las corporaciones financieras. Facultad de la Superintendencia Bancaria para dictar reglas de contabilidad. Principio de favorabilidad.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera. M. P. Marta Alvarez de Castillo. Sentencia del 15 de enero de 2001. Expediente 19990047*.
Corretaje de Seguros
El corretaje de seguros se caracteriza por la labor de intermediación que cumple el sujeto, cuya finalidad no es otra que la de poner en contacto, "poner en relación", o acercar "a dos o más personas", "con el fin de que celebren un negocio comercial". El corredor no tiene vinculación con ninguna de las partes del futuro contrato, ya por contrato o por mandato o representación.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Luis Gonzalo Toro Correa. Sentencia del 8 de agosto de 2000. Expediente 18257.
Créditos de Vivienda
El artículo 52 de la Ley 546 de 1999 (registro en centrales de riesgo) no es aplicable a aquellas personas que reciban créditos para desarrollar una actividad de comercio como es la construcción.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Ligia López Díaz. Sentencia del 11 de mayo de 2001. Expediente ACU-866.
Sistema de financiación de vivienda. Unidad de valor Real - UVR. Cosa juzgada constitucional. La definición de la UVR y la actividad de financiación de vivienda a largo plazo requiere la expedición previa de una ley marco. Fórmula de equivalencia entre la UVR y la UPAC.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Marco Gerardo Monroy Cabra. Sentencia C-1192 del 15 de noviembre de 2001. Expediente D-3476*.
Créditos de Vivienda - Reliquidación
Acción de tutela contra providencias judiciales; procedencia excepcional por vía de hecho judicial. Reliquidación de créditos de vivienda. Suspensión de remate de vivienda; no procede si el interesado ha omitido ejercer su derecho de contradicción y defensa dentro del proceso.
Corte Constitucional. M.P. Eduardo Montealegre Lynett. Sentencia T-511 del 17 de mayo de 2001. Expediente T-403443*.
Jurisprudencia constitucional sobre el sistema de financiación de vivienda a largo plazo. La acción de tutela no es el medio judicial idóneo para resolver discusiones en torno a las condiciones de los contratos de créditos hipotecarios. Suspensión de procesos ejecutivos.
Corte Constitucional. Sala Primera de Revisión. M.P. Eduardo Montealegre Lynett. Sentencia T-235 del 26 de febrero de 2001. Expediente T-374.107*.
Las reglas establecidas en los artículos 41 y 42 de la Ley 546 de 1999 se refieren a procesos en curso o a créditos vigentes. Improcedencia de suspensión de procesos ya culminados.
Corte Constitucional. Sala Quinta de Revisión. M. P. José Gregorio Hernández Galindo. Sentencia T-253 del 28 de febrero de 2001. Expedientes acumulados: T-335960 y T-337581*.
Naturaleza y objeto de la acción de cumplimiento. La Superintendencia Bancaria carece de competencia para resolver controversias contractuales.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera. M.P. Heriberto Reyes Vargas. Sentencia del 26 de febrero de 2001. Expediente No. 01-014*.
Créditos de Vivienda - Subrogación
Subrogación en crédito hipotecario de vivienda. Derecho a la reliquidación y beneficios que se deriven de la condición de comprador.
Corte Constitucional. Sala Primera de Revisión. M.P. Jaime Araújo Rentería. Sentencia T-872 del 16 de agosto de 2001. Expediente T-439.878*.
CH
Cheque
Pago de cheques en descubierto. Requisitos de los títulos valores en blanco.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. M. P. Marta Alvarez de Castillo. Sentencia del 12 de septiembre de 2001. Expediente 1990790.
Pago de cheques falsos. Culpa del librador que exime de responsabilidad al banco. Falsificación notoria.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil . M.P. Nicolás Bechara Simancas. Sentencia del 31 de julio de 2001. Expediente 5831* .
Cheque Fiscal
Son cheques fiscales los girados por cualquier concepto a favor de la Nación, las entidades territoriales, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta sometidas al régimen de aquéllas. Esa calificación no depende de que el título valor contenga mención alguna a la calidad pública de la entidad beneficiaria. Características de los cheques fiscales. Costas procesales.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil y Agraria. M.P. Nicolás Bechara Simancas. Sentencia del 10 de septiembre de 2001. Expediente 5542*.
D
Dación en Pago
Aplicación a los contratos del principio de temporalidad de la ley. Derecho a efectuar la dación en pago por parte de los deudores de créditos hipotecarios para vivienda.
Corte Constitucional. Sala Primera de Revisión. M.P. Antonio Barrera Carbonell. Sentencia T-1157 del 4 de septiembre de 2000. Expediente T-317722* .
Decreto 2331 de 1998. Dación en pago en créditos para vivienda. Entidades financieras del exterior. Territorialidad de la Ley.
Corte Constitucional. Sala Segunda de Revisión. M. P. Alfredo Beltrán Sierra. Sentencia T-283 del 15 de marzo de 2001. Expediente T-415761*.
Improcedencia de la acción de tutela para lograr la rescisión por lesión enorme en la dación en pago. Mediante proceso civil es posible solicitarla.
Corte Constitucional. M. P. Rodrigo Escobar Gil. Sentencia T-578 del 1º de junio de 2001. Expediente T-347081.
Los bienes recibidos en dación en pago por entidades financieras no tienen el carácter de activos fijos.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Juan Angel Palacio Hincapié. Sentencia del 17 de agosto de 2001. Expediente 12.066*.
Derecho de Petición - Entidades Financieras
El derecho de petición respecto de entidades del sector financiero. Violación del derecho de petición por falta de respuesta oportuna.
Corte Constitucional. Sala Quinta de Revisión. M. P. José Gregorio Hernández Galindo. Sentencia T-249 del 27 de febrero de 2001. Expedientes acumulados: T-362529, T-362531, T-362558, T-364332 y T-364337*.
Procedencia del derecho de petición respecto de las personas que realicen actividades bursátil, financiera, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. Autonomía de la voluntad privada en el sector bancario; posición dominante. Servicio público de la actividad bancaria. La viabilidad del derecho de petición no se puede restringir a los clientes que estén al día en sus pagos.
Corte Constitucional. Sala Séptima de Revisión. M. P. Fabio Morón Díaz. Sentencia T-1675 del 5 de diciembre de 2000. Expediente T-354382*.
E
Encaje
La Junta Directiva del Banco de la República como autoridad monetaria, crediticia y cambiaria tiene entre sus funciones legales la de fijar y reglamentar el encaje de los establecimientos de crédito, por lo que de suyo puede determinar las consecuencias jurídicas del incumplimiento de las reglas de encaje. Se declara exequible la expresión "y establecer las sanciones por infracción a las normas sobre esta materia" contenida en el literal a) del artículo 16 de la Ley 31 de 1992.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-827 del 8 de agosto de 2001. Expediente D-3345.
Endeudamiento Territorial
La capacidad de pago de las entidades territoriales según la Constitución. Método para medir la capacidad de pago de las entidades terriroriales. Estas no pueden endeudarse por fuera del límite de su capacidad de pago. Celebración de operaciones de crédito público con motivo de los trámites de endeudamiento. Naturaleza de las normas disciplinarias y su diferencia con las penales.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra. Sentencia C-404 del 19 de abril de 2001. Expediente D-3218*.
Enriquecimiento sin Causa y Acción Cambiaria
Enriquecimiento sin causa y acción cambiaria. Presupuestos de la acción de enriquecimiento.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 30 de julio de 2001. M. P. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo. Expediente 6150* .
Estados Financieros
La creación de un tipo penal, dentro de una ley de naturaleza económica, no quebranta necesariamente el principio de unidad de materia. Declara la exequibilidad del artículo 21 de la Ley 550 de 1999: Responsabilidad penal por suscripción y certificación de estados financieros, estados de inventario o relación de acreedores.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-052 del 24 de enero de 2001. Expediente D-3087.
Responsabilidad penal de los administradores, contadores y revisores fiscales por alteración de los estados financieros o por el suministro de datos o expedición de certificaciones contrarias a la realidad. Principio de legalidad en materia penal. El artículo 143 de la Ley 222 de 1995 es un tipo complementario de la falsedad de documento privado.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Alfredo Beltrán Sierra. Sentencia C-996 del 2 de agosto de 2001. Expediente D-3464.
F
Fondos Comunes Ordinarios
Prohibición a las sociedades fiduciarias de obtener crédito para la realización de los negocios de los fondos comunes ordinarios. Los sobregiros bancarios constituyen una modalidad de crédito. Fuerza mayor. Aplicación del principio de la presunción de la buena fe. Derecho administrativo sancionatorio; independencia del derecho penal. Dosimetría de la pena; infracción reiterada.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera. M.P. Marta Alvarez de Castillo. Sentencia del 12 de septiembre de 2001. Expediente 19990790*.
Fondos Ganaderos
La Corte se declara inhibida para decidir sobre la constitucionalidad del artículo 23 de la Ley 363 de 1997, por la cual se reforma la Ley 132 de 1994, Estatuto Orgánico de los Fondos Ganaderos.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Sentencia C-741 del 11 de julio de 2001. Expediente D-3323.
Funciones Jurisdiccionales
Funciones jurisdiccionales de la Superintendencia Bancaria. Exequibilidad de los artículos 133, 134, 135 y 147 de la Ley 446 de 1998 y 52 de la Ley 510 de 1999, con excepción del parágrafo primero, que se declara inexequible.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alejandro Martínez Caballero. Sentencia C-1641 del 29 de noviembre de 2000. Expediente D-2974.
La Resolución No. 187 del 3 de febrero de 2000 de la Superintendencia Bancaria que establecía las facultades jurisdiccionales de la Superintendencia Bancaria perdió su fuerza ejecutoria por haber desaparecido el fundamento de derecho que la sustentaba.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Ligia López Díaz. Sentencia del 27 de julio de 2001. Expediente 10479.
G
Good Will o Prestigio Comercial
Naturaleza. Elementos que se configuran para determinarlo.
Corte Suprema de Justicia. M.P. Jorge Antonio Castillo Rugeles. Sentencia del 27 de julio de 2001. Expediente 5860.
Gravamen a los Movimientos Financieros
Características del gravamen a los movimientos financieros. Destinación de los recursos del situado fiscal. El impuesto a las transacciones financieras debe tenerse en cuenta para incrementar el situado fiscal. Pasivos pensionales territoriales.
Consejo de Estado. Sala de Consulta y Servicio Civil. C. P. César Hoyos Salazar. Auto del 8 de febrero de 2001. Expediente 1323.
Declara exequible el artículo 17 de la Ley 608 de 2000. Las operaciones financieras que se efectúen con recursos de la seguridad social en salud y pensiones están exentas del pago del gravamen a los movimientos financieros, hasta el límite señalado en la Ley 608 de 2000.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-363 del 2 de abril de 2001. Expediente D-3181.
Estudio de constitucionalidad de la Ley 633 de 2000.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Rodrigo Escobar Gil. Sentencia C-992 del 19 de septiembre de 2001. Expediente D-3436.
Exención a las operaciones financieras realizadas con recursos del Sistema General de Seguridad Social. Destinación específica de los recursos de la seguridad social.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-1024 del 26 de septiembre de 2001. Expediente No. 3410.
La Corte declara exequibles los artículos 870 a 881 (Gravamen a los Movimientos Financieros) del Estatuto Tributario, tal como fueron adicionados por el artículo 1º de la Ley 633 de 2000. Sujeto activo del gravamen.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-1295 del 5 de diciembre de 2001. Expediente D-3597*.
No recae sobre las operaciones financieras que se realicen con los recursos de la Seguridad Social. Naturaleza parafiscal de los aportes para Seguridad Social.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Jaime Araujo Rentaría. Sentencia C-363 del 2 de abril de 2001. Expediente D-3181* .
Reintegro de valores retenidos por concepto del gravamen a los movimientos financieros. Cuando se efectúen retenciones por concepto del gravamen por un valor superior al que ha debido efectuarse, el responsable del recaudo deberá reintegrar los valores retenidos en exceso, previa solicitud escrita del afectado.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Juan Angel Palacio Hincapié. Sentencia del 16 de julio de 2001. Expediente ACU 05001-23-31-000-2001-0489-01.
H
Hábeas Data
Definición. Bancos informáticos de las entidades financieras. Término de caducidad de los datos negativos.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C. P. Germán Rodríguez Villamizar. Sentencia del 22 de marzo de 2001. Expediente AC-2480-01*.
Derecho a la actualización de la información en los bancos de datos.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Juan Angel Palacio Hincapié. Sentencia del 21 de septiembre de 2001. Expediente 1059-01* .Mantener los datos negativos en el sistema informativo de la central de riesgos con posterioridad al cumplimiento de los plazos establecidos en las sentencias SU-082 y SU-089 de 1995, vulnera el derecho de habeas data del peticionario.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C.P. Germán Rodríguez Villamizar. Sentencia del 22 de marzo de 2001. Expediente AC-2280.
I
Impuesto sobre las Ventas
Se declara la suspensión provisional de la expresión "incluidas las operaciones en las cuales el responsable sea un gran contribuyente", contenida en el inciso 2 del artículo 16 del Decreto 406 del 14 de marzo de 2001, que reglamenta parcialmente la ley 633 de 2000 y el Estatuto Tributario).
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. C.P. Juan Angel Palacio Hincapié. Auto del 8 de junio de 2001. Expediente 12.292.
Intereses
La obligación de pagar intereses con ocasión de la mora se predica para todas las obligaciones mercantiles, sean contractuales o legales.
Corte Suprema de Justicia. M.P. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo. Sentencia del 11 de noviembre de 2001. Expediente 6094.
Intermediarios de Seguros
Selección de intermediarios que requieran las entidades estatales. Tipos de intermediarios de seguros. Naturaleza de la relación jurídica existente entre las entidades estatales y los intermediarios de seguros. Diferencias entre los corredores de seguros y las agencias y los agentes. Características del contrato de intermediación de seguros; diferencias con los contratos de prestación de servicios profesionales. Legalidad del artículo 9° del Decreto 855 de 1994. Contenido y alcance de la potestad reglamentaria.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C. P. Alier E. Hernández Enríquez. Sentencia del 22 de marzo de 2001. Expediente 9840*.
Inversiones en Títulos de Desarrollo Agropecuario
Aplicación del principio de la buena fe; cumplimiento parcial de las inversiones; defectos mínimos. Derecho administrativo sancionatorio; diferencias con el derecho penal. La facultad sancionatoria de la Superintendencia Bancaria es reglada. Principio de proporcionalidad de la sanción.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera. M. P. William Giraldo Giraldo. Sentencia del 25 de enero de 2001. Expediente 981084*.
Inversiones Internacionales
El régimen de inversión de capitales hace parte del régimen de cambios internacionales. Semejanzas y diferencias constitucionales entre el otorgamiento de facultades extraordinarias y la ley general o ley marco. Declara exequible el inciso 1º del artículo 15 de la Ley 9ª de 1991.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia C-781 del 25 de julio de 2001. Expediente D-3346.
Facultades del Gobierno Nacional para expedir por conducto del CONPES la Resolución 51 de 1991, régimen de inversiones internacionales. Decaimiento del acto administrativo. Efectos de la sentencia de constitucionalidad.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. María Inés Ortiz Barbosa. Sentencia del 2 de noviembre de 2001. Expediente 11857*.
L
Ley 510 de 1999
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 52 (parcial), 105, 106, 108, 111, 119 y 120 de la Ley 510 de 1999. Alcance de la cosa juzgada constitucional. Efectos de la declaratoria de inexequibilidad de una norma derogatoria. Caducidad de la acción pública de inconstitucionalidad por vicios en la formación de la ley. Principio de unidad de materia.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia C-501 del 15 de mayo de 2001. Expediente D-3168*.
Liquidación Forzosa Administrativa
Acción de Grupo; naturaleza. La certeza del daño. Petición antes de tiempo cuando se pretende la reparación de perjuicios estando en curso el proceso liquidatorio.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Tercera. M.P. Myriam Guerrero de Escobar. Sentencia del 18 de enero de 2001. Expediente AG-00-0008*.
Con el fin de proteger los derechos fundamentales, el juez de tutela puede ordenar que se altere la prelación prevista para el pago de créditos en la liquidación forzosa administrativa.
Corte Constitucional. M. P. José Gregorio Hernández Galindo. Sentencia T-250 del 27 de febrero de 2001. Expediente T-372520.
La cosa juzgada constitucional. Improcedencia de la compensación por ministerio de la ley en procesos de liquidación forzosa administrativa. Compensación facultativa. Naturaleza y fines de la liquidación forzosa administrativa; garantía de la igualdad de los acreedores.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-403 del 19 de abril de 2001. Expediente D-3187*.
Naturaleza y finalidad de la toma de posesión con fines liquidatorios. Principio de igualdad. Procedencia de la tutela en casos excepcionales para devolución de recursos por fuera del proceso de liquidación. Fondos destinados a la seguridad social. Recursos destinados al pago de salarios, primas y contratistas.
Corte Constitucional. Sala Séptima de Revisión. M. P. Fabio Morón Díaz. Sentencia T-1466A del 30 de octubre de 2000. Expediente T-342319*.
Proceso de liquidación. La ley no exige que el proceso de liquidación se adelante en un determinado tiempo; tan solo establece los procedimientos a seguir y el término frente a determinados trámites como las publicaciones, citaciones a personas interesadas y emplazamientos.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Tercera - Subsección "B". M.P. Leonardo Augusto Torres Calderón. Sentencia del 22 de mayo de 2001. Expediente 96 D 11734.
Requisitos de procedibilidad de la acción de cumplimiento. El liquidador de un establecimiento bancario intervenido ejerce funciones públicas. Deber del liquidador de una entidad financiera sometida a proceso de liquidación forzosa de constituir la reserva sobre obligaciones litigiosas.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. C.P. Camilo Arciniégas Andrade. Sentencia del 30 de marzo de 2001. Expediente ACU-830*.
Liquidación Obligatoria - Mora en el Pago de Prestaciones Sociales
La mora en el pago de las prestaciones sociales a la terminación del contrato puede explicarse por las implicaciones fácticas y jurídicas del proceso de liquidación obligatoria en que se encuentre la sociedad, pero sus obligaciones anteriores no pueden justificarse por este hecho.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Fernando Vásquez Botero. Sentencia del 4 de mayo de 2001. Expediente 15227.
M
Margen de Solvencia y Fondo de Garantía
Sanción por deficiencias en el patrimonio técnico exigido. Capitalización de la cuenta. Revalorización del patrimonio en período intermedio. Viabilidad de imponer sanciones por defectos de patrimonio técnico respecto de períodos distintos. Cita de disposiciones legales al evaluar explicaciones o recursos.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C. P. Juan Angel Palacio Hincapié. Sentencia del 21 de septiembre de 2001. Expediente 12093* .
Margen de Solvencia y Patrimonio Técnico
La Superintendencia Bancaria tiene la función de sancionar a las entidades vigiladas que no cumplan con las cuantías exigidas por el Gobierno Nacional de margen de solvencia y patrimonio técnico.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C. P. Germán Ayala mantilla. Sentencia del 10 de agosto de 2001. Expediente 12164.
Mensajes de Datos
El mensaje de datos debe recibir el mismo tratamiento del documento consignado en papel, es decir, dársele la misma eficacia jurídica, por cuanto comporta los mismos criterios de un documento. Fundamento jurídico del intercambio electrónico de datos. Declara exequibles los artículos 10 a 15, 27 a 30 y 32 a 45 de la Ley 527 de 1999; y el artículo 4º del Decreto 266 de 2000.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-662 del 8 de junio de 2001. Expediente D-3375.
Requisitos exigidos para el reconocimiento de validez y eficacia de los mensajes de datos; presupuestos necesarios para su utilización judicial. Declara exequible el artículo 6º de la Ley 527 de 1999.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-831 del 8 de agosto de 2001. Expediente D-3371.
Valor de los documentos enviados por fax. Reglamentación, validez y eficacia de los mensajes de datos.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C.P. Ricardo Hoyos Duque. Sentencia del 26 de julio de 2001. Expediente 19920.
P
Pasivos Pensionales Territoriales
Análisis de la vigencia de cuatro fuentes de recursos para el cubrimiento de los pasivos pensionales territoriales, establecidas por la Ley 549 de 1999, frente a la Ley 617 de 2000 sobre saneamiento fiscal.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sala de Consulta y Servicio Civil. C.P. César Hoyos Salazar. Sentencia del 8 de febrero de 2001. Expediente 11323.
Pensión de Invalidez
Para los afiliados activos al momento de estructurarse la invalidez se exige haber cotizado, en cualquier tiempo, un mínimo de 26 semanas. Lo que se exige al afiliado cotizante es que las 26 semanas deben estar sufragadas al momento de producirse el estado de invalidez.
Corte Suprema de Justicia. Sala Laboral. M.P. Francisco Escobar Enríquez. Sentencia del 2 de noviembre de 2000. Expediente 14741.
Pensión de invalidez a desafiliados que cotizan las semanas exigidas por el anterior régimen.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. M. P. Francisco Escobar Enríquez. Sentencia del 26 de julio de 2001. Expediente 15760*.
Pensión de Jubilación
Base salarial. A las pensiones causadas en vigencia de la Ley 100 de 1993 se les debe actualizar la base salarial de acuerdo con los artículos 21 y 36 de dicha Ley. Para hacer esta actualización no interesa que el trabajador se hubiere retirado con anterioridad a la expedición de la Ley 100.
Corte Suprema de Justicia. Sala Laboral. M.P. Gonzalo Toro Correa. Sentencia del 8 de agosto de 2000. Expediente 13426.
Derecho a la seguridad social de personas de la tercera edad; carácter fundamental del derecho a la seguridad social. Derecho a la pensión de jubilación: aplicación inmediata. Cotización conforme a la asignación correspondiente al cargo realmente desempeñado. Equivalencia de tiempo de servicios por publicación de libros. Discriminación por no aplicación de régimen pensional de transición. Carrera diplomática y consular: equivalencias; alternación entre plantas interna y externa.
Corte Constitucional. M.P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia T-534 del 21 de mayo de 2001. Expediente T-420601*.
El principio de igualdad; regímenes pensionales especiales. Libertad de configuración legislativa. No pueden desconocer el régimen prestacional mínimo. Derechos de los trabajadores al pago oportuno de las mesadas pensionales. Improcedencia de la retención de mesadas en caso de delitos.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Carlos Gaviria Díaz. Sentencia C-247 del 27 de febrero de 2001. Expediente D-3129*.
El trabajador que ha alcanzado la edad y el tiempo de servicios establecidos en normas legales o convencionales, puede adquirir su pensión de jubilación y, en consecuencia, el derecho a recibir en forma oportuna el pago de las mesadas correspondientes, de tal suerte que se le garantice su subsistencia y la de su familia en condiciones dignas.
Corte Constitucional. M.P. Alfredo Beltrán Sierra. Sentencia T-184 del 15 de febrero de 2001. Expediente T-405311.
No tiene ningún fundamento tratar de impugnar mediante la acción de tutela un acto de reconocimiento de una pensión que se expidió hace varios años y que en su momento el demandante no recurrió.
Corte Constitucional. M. P. Fabio Morón Díaz. Sentencia T-1650 del 29 de noviembre de 2000. Expediente T-345830.
Reliquidación de la pensión de jubilación. Imprescriptibilidad del derecho a la pensión y su reliquidación. Cálculo de la indexación o ajuste de la condena.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. C.P. Alberto Arango Mantilla. Sentencia del 25 de enero de 2001. Expediente No. 2059/99*.
Pensión de Sobrevivientes
Beneficiarios de la pensión de sobrevivientes. La tutela es procedente cuando el no pago de las mesadas atente en forma directa contra el mínimo vital. Derecho a la educación y a la igualdad.
Corte Constitucional. M.P. Jaime Araujo Rentería. Sentencia T-1161 del 1º de noviembre de 2001. Expediente T-482737.
Beneficiarios de la pensión de sobrevivientes; requisitos; monto. Indemnización sustitutiva de la pensión de sobrevivientes.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Jaime Araujo Rentería. Sentencia C-1289 del 5 de diciembre de 2001. Expediente D-3568.
Características del régimen de pensión de sobrevivientes. Exigencia de semanas de cotización durante el año anterior a la muerte. Ausencia de violación al principio de igualdad entre cotizantes y no cotizantes para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes. Derecho del grupo familiar del afiliado no cotizante que muere sin cumplir el requisito de cotización mínima. Exequibilidad del literal b) del numeral 2º del artículo 46 de la Ley 100 de 1993.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-617 del 13 de junio de 2001. Expediente D-3280*.
La Corte declara infundadas las objeciones presentadas al proyecto de Ley 155/01 Senado, 065/00 Cámara, "por el cual se establecen términos para el reconocimiento de las pensiones de sobrevivientes y se dictan otras disposiciones".
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alfredo Beltrán Sierra. Sentencia C-1247 del 28 de noviembre de 2001. Expediente OP-053.
La pensión de sobrevivientes. Pensiones de vejez e invalidez y sustitución pensional. Las expresiones pensión de jubilación y pensión de vejez. Violación del principio de igualdad. Beneficiarios de la pensión de sobrevivientes. La pensión de sobrevivientes en el caso de accidentes de trabajo. Control constitucional y debates sobre la interpretación legal.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Rodrigo Uprimny Yépez. Sentencia C-1255 del 28 de noviembre de 2001. Expediente D-3560*
Obligación de las administradoras de fondos de pensiones de pagar la pensión de sobrevivientes a los afiliados que cumplieron el mínimo de cotizaciones de conformidad con el régimen anterior a la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Fernando Vásquez Botero. Sentencia del 5 de septiembre de 2001. Expediente 15.667.
Requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes. Acreditación de haber estado haciendo vida marital antes de que el consorte adquiera el estatus de pensionado y finalidad de ese requisito. Fundamento y aplicación del Test de Razonabilidad.Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra. Sentencia C-1176 del 8 de noviembre de 2001. Expediente D-3531*.
Silencio administrativo frente a la petición de reconocimiento de pensión de sobrevivientes. Derecho de petición. Derecho a la igualdad de los pensionados. Requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda - Subsección "A". C.P. Alberto Arango Mantilla. Sentencia del 22 de febrero de 2001. Expediente 3229-99.
Pensión Gracia
Para gozar de la pensión de gracia es preciso que el interesado compruebe la buena conducta durante el tiempo de desempeño en la docencia.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda - Subsección "B". C. P. Carlos A. Orjuela Góngora. Sentencia del 29 de junio de 2000. Expediente 16858/2000.
Pensiones
Aplicación del régimen de transición respecto de la edad de jubilación para los servidores públicos del orden nacional.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. C.P. Tarsicio Cáceres Toro. Sentencia del 7 de septiembre de 2000. Expediente 2274-98.
Concurrencia del derecho a varias pensiones en una misma persona; derecho a escoger la más favorable. Cálculo del tiempo de servicio que da derecho a la pensión de jubilación o vejez, para el caso de docentes.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda - Subsección "A". C.P. Alberto Arango Mantilla. Sentencia del 25 de enero de 2001. Expediente 1628/99.
Consecuencias de la omisión del empleador en el pago de aportes. Cuando por el incumplimiento del empleador no se completa el mínimo de semanas de cotización exigido, éste tiene la obligación de responder por la pensión que se llegare a causar.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Rafael Méndez Arango. Sentencia del 29 de junio de 2001. Expediente 15660.
Cuando se condena al extrabajador o al pensionado a devolver sumas de dinero no es procedente la revaluación judicial del valor que se debe reintegrar.
Corte Suprema de Justicia. Ms.Ps. Carlos Isaac Nader y Rafael Méndez Arango. Sentencia del 27 de abril de 2001. Expediente 14710.
Declara inexequibles el literal c) del artículo 59 y el artículo 274 del Código Sustantivo del Trabajo, que autorizaban al empleador a suspender y retener la pensión en caso de delitos o graves daños causados al patrono hasta que la justicia decidiera sobre la indemnización que debiera pagar el trabajador.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Carlos Gaviria Díaz. Sentencia C-247 del 27 de febrero de 2001. Expediente D-3129.
El status o estado de pensionado es una condición de la persona que surge de la circunstancia de haber reunido los dos requisitos esenciales señalados en la ley (tiempo de servicios y edad). A las entidades de previsión social no les está dado crear situaciones jurídicas, sino reconocer aquellas que la ley creó.
Corte Constitucional. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia T-189 del 20 de febrero de 2001. Expediente T-381.
Equivalencia de dos años de servicios prestados a la instrucción pública por la producción de un texto de enseñanza o la edición de un periódico pedagógico. El valor intelectual que debe tener un texto de enseñanza.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. C. P. Alberto Arango Mantilla. Sentencia del 29 de marzo de 2001. Expediente 1.338.
Evaluación de los otros medios de defensa judicial frente a acciones de tutela formuladas por personas de la tercera edad. Alcance de la seguridad social en pensiones y su doble naturaleza de servicio público y derecho fundamental por conexidad para las personas de la tercera edad. La pensión como resultado del trabajo de las personas frente a los principios que regulan el servicio de seguridad social. Derecho a la igualdad y el cambio de régimen pensional.
Corte Constitucional. M.P. Cristina Pardo Schlesinger. Sentencia T-1752 del 15 de diciembre de 2000. Expediente 332.437*.
La Corte reitera su jurisprudencia en el sentido de que la base para liquidar la pensión es el salario realmente devengado por el trabajador.
Corte Constitucional. M. P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia T-977 del 13 de septiembre de 2001. Expediente T-410198.
La estipulación de una pensión convencional de carácter temporal tiene plena eficacia jurídica.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Carlos A. Orjuela Góngora. Sentencia del 21 de junio de 2001. Expediente 15987.
Los cambios de naturaleza jurídica que sufra una entidad no tienen el mérito de afectar la situación jurídica respecto de la pensión de un trabajador que completó el tiempo de servicios. En el cambio de naturaleza jurídica de una entidad oficial a privada, es la entidad la que pierde sus privilegios, pero no así sus trabajadores, quienes quedan cobijados por las disposiciones legales que reglamentaban su situación jurídica al momento de su desvinculación.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. C.P. Luis Gonzalo Toro Correa. Sentencia del 16 de febrero de 2001. Expediente 13092.
Naturaleza parafiscal de los aportes por pensiones. Sistema de Seguridad Social Integral; intervención fiscal del Estado. Contribuciones de entidades prestadoras o empleadores a fondos de pensiones; deducción del impuesto de renta. Aportes obligatorios de trabajadores a fondos de pensiones; no hacen parte de la base para aplicar retención en la fuente. Exequibilidad de los incisos 1° y 2° del artículo 126-1 del Estatuto Tributario.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Jaime Araujo Rentería. Sentencia C-711 del 5 de julio de 2001. Expediente D-3317*.
Para beneficiarse del régimen de transición pensional no es necesario tener vínculo laboral al momento de entrar en vigencia la Ley 100 de 1993. Casos en los que le corresponde al ISS el reconocimiento y pago de pensiones de servidores públicos.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. C.P. Alejandro Ordóñez Maldonado. Sentencia del 31 de agosto de 2000. Expediente 16717.
Para determinar el régimen pensional aplicable se debe tener en cuenta cuál era la naturaleza jurídica de la entidad al momento de producirse el retiro del servicio.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Fernando Vásquez Botero. Sentencia del 14 de marzo de 2001. Expediente 15100.
Principio de igualdad y regímenes especiales de seguridad social. Régimen especial para la fuerza pública. Cosa juzgada constitucional.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Eduardo Montealegre Lynett. Sentencia C-956 del 6 de septiembre de 2001. Expediente D-3440*.
Procedencia de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento de pensiones.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia T-1010 del 20 de septiembre de 2001. Expediente T-463701
Procedencia de la acción de tutela para su reconocimiento. La respuesta de la autoridad en la que no se resuelve sobre el fondo del asunto, ni se fija un plazo cierto y justificado para decidirlo, constituye una clara violación del derecho fundamental de petición. Ningún funcionario es competente para restringir, suspender o suprimir el derecho fundamental de petición, o para modificar la consagración constitucional del mismo, o su regulación legal. Derecho de petición y acción contencioso administrativa.
Corte Constitucional. Sala Cuarta de Revisión. M.P. Carlos Gaviria Díaz. Sentencia T-1503 del 2 de noviembre de 2000. Expediente T-341.744*.
Prohibición de acumular pensiones de invalidez y vejez. Principio de igualdad y principios de universalidad y unidad del sistema de seguridad social. Principio de igualdad y exclusión de personas de cierta edad para ingresar al régimen de ahorro individual. Exequibilidad del artículo 61 de la Ley 100 de 1993.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Eduardo Montealegre Lynett. Sentencia C-674 del 28 de junio de 2001. Expediente D-3324*.
Protección especial a las personas que gozan de los regímenes pensionales excepcionales (personas de la tercera edad). La tutela procede para proteger las condiciones más beneficiosas. Teoría de los efectos interpartes. Debido proceso administrativo.
Consejo Superior de la Judicatura. M. P. Guillermo Bueno Miranda. Sentencia del 5 de julio de 2001. Expediente 20019900.
Razonabilidad del decreto de pruebas de oficio para determinar el otorgamiento de pensión.
Corte Constitucional. Sala Sexta de Revisión. M. P. Alejandro Martínez Caballero. Sentencia T-1152 del 1 de septiembre de 2000. Expediente T-316.472*.
Trámites administrativos para acceder a la pensión de vejez. Derechos adquiridos. Seguridad social. Emisión del bono pensional.
Corte Constitucional. M. P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia T-322 del 23 de marzo de 2001. Expediente T-390714.
Uso del derecho de petición para el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación. Derecho al pago oportuno de la pensión.
Corte Constitucional. M. P. Rodrigo Escobar Gil. Sentencia T-476 del 7 de mayo de 2001. Expediente T-338.105.
Véase además bonos pensionales.
Pensiones - Mesadas
Cobro de mesadas mediante poder. Efectos jurídicos del poder. El poder otorgado en uso de plenas facultades surte sus efectos jurídicos hasta que tal consentimiento sea revocado por quien lo otorgó, o en su defecto por un juez de la República que así lo disponga.
Consejo Superior de la Judicatura. M. P. Guillermo Bueno Miranda. Sentencia del 2 de agosto de 2001. Expediente 2001901901/272-T.
Cosa Juzgada. La Corte resuelve estarse a lo resuelto en la sentencia C-067 de 1999, que declaró exequible el inciso 1º del artículo 1º de la Ley 445 de 1998, por el cual se establecen unos incrementos especiales a las mesadas.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Sentencia C-1253 del 28 de noviembre de 2001. Expedientes 3551, 3552 y 3555.
El mínimo vital de los pensionados no solo resulta vulnerado por la falta de pago de las mesadas pensionales, sino también por el retraso injustificado en la cancelación de las mismas o por el pago incompleto de la pensión
Corte Constitucional. M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra. Sentencia T-338 del 29 de marzo de 2001. Expediente T-395805.
El pago de mesadas pensionales por vía de tutela procede excepcionalmente. Derecho a la seguridad social. Actuación temeraria.
Corte Constitucional. M.P. Eduardo Montealegre Lynett. Sentencia T-990 del 13 de septiembre de 2001. Expediente T-462479.
Es procedente la indexación de la primera mesada pensional cuando hay un espacio de tiempo entre la terminación del contrato y el momento en que comienza la obligación de pagar las mesadas.
Corte Suprema de Justicia. Sala Laboral. M.P. Fernando Vásquez Botero. Sentencia del 1º de agosto de 2000. Expediente 13905.
La Corte encuentra que el hecho de dejar de recibir de un día para otro la mesada pensional constituye un perjuicio que debe ser evitado por medio de la acción de tutela, pues genera no sólo la vulneración del derecho a recibir oportunamente el pago de las mesadas pensionales, sino que conlleva la violación de otros derechos como la salud, la educación, la igualdad y la vida digna, entre otros.
Corte Constitucional. M. P. Cristina Pardo Schlesinger. Sentencia T-020 del 18 de enero de 2001. Expediente T-367.542.
Momento desde el cual se causan intereses moratorios en el pago de las mesadas pensionales.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda - Subsección "B". Sentencia del 8 de marzo de 2001. C.P. Jesús María Lemos Bustamante. Expediente 43361-2728-2000*.
Mora en el pago de las mesadas pensionales. La acción de grupo es procedente cuando tiene como causa la vulneración del derecho subjetivo de los pensionados al pago oportuno de sus mesadas.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Quinta. C.P. Roberto Medina López. Sentencia del 23 de febrero de 2001. Expediente AG-013*.
No es procedente la indexación de la primera mesada pensional cuando hay un espacio de tiempo entre el retiro del servicio y el momento en que comienza la obligación patronal de pagar la pensión.
Corte Suprema de Justicia. Sala Laboral. M.P. José Roberto Herrera Vergara. Sentencia del 10 de agosto de 2000. Expediente 14299.
Presunción de responsabilidad subsidiaria de la entidad matriz frente a las obligaciones de la subordinada. La tutela como mecanismo transitorio para el pago de mesadas pensionales. Características de la función jurisdiccional.
Corte Constitucional. M.P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia SU-1023 del 26 de septiembre de 2001. Expedientes acumulados T-409301, T-411010; T-411263; T-442235 y T-426970.
Privatización de entidades; no acarrea la pérdida de los beneficios de la pensión de jubilación oficial. Aplicación del régimen de transición. Indexación de la primera mesada pensional.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. M.P. Luis Gonzalo Toro Correa. Sentencia del 16 de febrero de 2001. Expediente No. 13092*.
Procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el pago de mesadas pensionales y para garantizar el pago de las futuras. El juez de tutela puede ordenar de forma excepcional el pago de las mesadas pensionales, sin tener que acudir a la vía ordinaria laboral, cuando se depende únicamente de tal mesada para suplir las necesidades básicas, siempre y cuando los meses adeudados estén debidamente reconocidos.
Corte Constitucional. M.P. Alfredo Beltrán Sierra. Sentencia T-428 del 26 de abril de 2001. Expediente T-433.387.
Pensiones - Régimen de Transición
En el régimen de transición previsto por el artículo 36 de la ley 100 de 1993, las personas que antes del 1º de abril de 1994 fueron congresistas sin cumplir 20 años de servicios no tienen derecho a que se les apliquen las normas legales reguladoras de dicho régimen.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. C. P. María Inés Ortiz Barbosa. Sentencia del 18 de enero de 2001. Expediente 1313.
Excepciones. Causales de pérdida del beneficio del régimen de transición. Campo de aplicación del Sistema General de Pensiones.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. C. P. Ana Margarita Olaya Forero. Sentencia del 10 de febrero de 2000. Expediente 16716.
Ingreso base de liquidación en el régimen de transición. Aplicación del principio de favorabilidad. Métodos de interpretación de la ley. Criterios para reliquidación de pensiones.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda.. C. P. Alberto Arango Mantilla. Sentencia del 8 de marzo de 2001. Expediente 1525*.
La parte final del inciso 2º del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 es contradictoria con la primera parte de dicho inciso. Se aplica así, por ser más favorable, la primera parte del mencionado inciso.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. C. P. Camilo Arciniégas Andrade. Sentencia del 21 de septiembre de 2000. Expediente 47099.
Pensiones - Sustitución
Condición de compañero (a) permanente. Pruebas que lo acreditan. Derecho a la sustitución pensional y criterios constitucionales en casos de conflictos.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda.-Subsección "A". C. P. Alberto Arango Mantilla. Sentencia del 12 de octubre de 2001. Expediente 1809/99 .
La unión de personas del mismo sexo no está protegida por las normas que regulan la sustitución pensional.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C. P. Ricardo Hoyos Duque. Sentencia del 19 de julio de 2000. Expediente 2472.
Posesión - de Administradores
La objeción moral en la jurisprudencia constitucional. Inhabilidades para posesionarse ante la Superintendencia Bancaria como administrador de una entidad vigilada.
Corte Constitucional. Sala Cuarta de Revisión. M.P. Carlos Gaviria Díaz. Sentencia T-138 del 7 de febrero de 2001. Expediente T-371.424*.
Véase además Administradores.
R
Reactivación Empresarial y Reestructuración de Entes Territoriales
Intervención económica. Limitación de las garantías a cargo de terceros, otorgadas para respaldar los créditos de un empresario incurso en un acuerdo de reestructuración. Unidad de materia. Intervención económica. Derecho de igualdad de los acreedores.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-586 del 6 de junio de 2001. Expediente D-3272.
Registro Mercantil - Administradores y Revisores Fiscales
Inscripción de la designación de los administradores y revisores fiscales. Exigencia de su identificación y la aceptación de los respectivos cargos. La simple designación no es suficiente para que nazca a la vida jurídica la situación de administrador o revisor fiscal.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Manuel S. Urueta Ayola. Sentencia del 18 de julio de 2001. Expediente 5691.
Reserva Documental
Acceso a documentos públicos ante posibles reservas. Límites a la reserva.
Corte Constitucional. Sala Primera de Revisión. M.P. Jaime Araujo Rentería. Sentencia T-1268 del 29 de noviembre de 2001. Expediente T-488168*.
Acceso a documentos públicos. Información sobre créditos interbancarios. Solicitud de información por parte de Congresistas.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera.. M.P. Beatriz Martínez Quintero. Sentencia del 26 de julio de 2001. Expediente 10503*.
Recurso de insistencia. La información financiera y crediticia está amparada por la reserva de los papeles del comerciante. El silencio administrativo positivo no opera respecto de documentos sometidos a reserva.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera. M.P. Carlos Enrique Moreno Rubio. Sentencia del 26 de julio de 2001. Expediente 010637*.
Revisores Fiscales
Constitución de entidades financieras; inhabilidades para quienes ejercían al momento de la toma de posesión con fines de liquidación de una institución financiera. Naturaleza de la revisoría fiscal. Inhabilidades; diferencia con las sanciones.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Jaime Córdoba Triviño. Sentencia C-780 del 25 de julio de 2001. Expediente D-3344*.
La Corte resuelve estarse a lo resuelto en la Sentencia C-780 de 2001, mediante la cual se declaró la constitucionalidad condicionada de la expresión acusada "y revisores fiscales" de la Ley 510 de 1999.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Rodrigo Escobar Gil. Sentencia C-897 del 22 de agosto de 2001. Expediente D-3426.
S
Salarios y Prestaciones - Pago con Cheque o Abono en Cuenta
El pago de salarios y prestaciones laborales en dinero debe efectuarse en moneda legal conforme lo dispone el artículo 134 del Código Sustantivo del Trabajo. Si bien es lícito que por diversas razones, como la seguridad o conveniencia para las partes, se utilicen otros medios de pago como los cheques o abonos en cuenta, la aceptación legal de tales mecanismos implica que el medio utilizado garantice al empleado la disponibilidad inmediata de la respectiva suma, pues si ello no ocurre se vulnera su derecho de percibir la remuneración pactada.
Corte Suprema de Justicia. M.P. Francisco Escobar Henríquez. Sentencia del 16 de agosto de 2001. Expediente 15.998.
Seguros
El asegurado debe demostrar la cuantía del daño; no es suficiente un cálculo aproximado o una suma probable, toda vez que el daño indemnizable no se identifica per se con la suma asegurada, ni ésta equivale, por regla general, a su estimación anticipada.
Corte Suprema de Justicia. M.P. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo. Sentencia del 11 de septiembre de 2000. Expediente 6119.
El contrato de seguro que celebra el contratista con un tercero para garantizar sus obligaciones indemnizatorias por incumplimiento del contrato estatal, no es estatal.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. C.P. María Elena Giraldo Gómez. Auto del 12 de octubre de 2000. Expediente 18.604.
Garantía única de cumplimiento en contratos estatales. La garantía de estabilidad de las obras. Facultad de la administración para hacerla efectiva unilateralmente; oportunidad para hacerla efectiva. Retención de garantía adicional.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C.P. Ricardo Hoyos Duque. Sentencia del 3 de mayo de 2001. Expediente 12.724*.
La administración tiene la potestad para declarar unilateralmente la ocurrencia del siniestro y cobrar en forma directa el seguro.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C. P. Ricardo Hoyos Duque. Sentencia del 24 de mayo de 2001. Expediente 13.598.
Requisitos del título ejecutivo. Contrato de seguro: Beneficiarios. Obligación de indemnización por parte del asegurador. Garantía única. La administración como beneficiario del contrato de seguro.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. C. P. María Elena Giraldo Gómez. Auto del 12 de julio de 2001. Expediente 16669.
Seguros - de Cumplimiento
Seguro de cumplimiento. Dación en pago. Cláusulas abusivas o restrictivas en el contrato de seguro; limitación indebida de los medios de prueba.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. M. P. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo. Sentencia del 2 de febrero de 2001. Expediente 5670*.
Seguros - de Daños
Contrato de seguro de daños. Interés asegurable. Objeto del contrato. Riesgo asegurable en caución judicial. Derecho a la indemnización autónoma entre los litisconsortes asegurados. Perjuicios por medidas cautelares.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. M.P. Nicolás Bechara Simancas. Sentencia del 14 de diciembre de 2000. Expediente 5738*.
Seguros - de Transporte
En relación con el contrato de seguro de trasporte prevalece el principio de la universalidad de los riesgos, que consiste en que la póliza ampara todos los riesgos inherentes al transporte, salvo aquella excepciones que consagra la ley o pactadas por las partes, de conformidad con la interpretación armónica del artículo 1120 del Código de Comercio, el cual establece que el asegurador no está obligado por los riesgos expresamente excluidos de amparo.
Corte Suprema de Justicia. M.P. Fernando Vásquez Botero. Sentencia del 19 de noviembre de 2001. Expediente 5978.
Seguros - de Vida a Portador de VIH
Seguro de vida a portador de VIH. Actividad aseguradora; interés público. Derecho a la vivienda digna. La libertad de contratación no puede fundamentarse en razones discriminatorias.
Corte Constitucional. M.P. Alfredo Beltrán Sierra. Sentencia T-1165 del 6 de noviembre de 2001. Expediente T-500.674*.
Seguros - Estado del Riesgo
Obligación del tomador de declarar fidedignamente los hechos o circunstancias determinantes del estado del riesgo. La buena fe. Conducta omisiva de la aseguradora que conlleva la no nulidad relativa del contrato de seguro.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. M. P. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo. Sentencia del 2 de agosto de 2001. Expediente 6146*.
Sistemas de Financiación de Vivienda
Véase créditos de vivienda.
SOAT
Naturaleza del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT). La expedición del SOAT es de carácter obligatorio por las compañías de seguros que están autorizadas para este ramo. Las exigencias adicionales para expedir este seguro constituye una infracción a las normas que obligan a las entidades aseguradoras a otorgarlo.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. M. P. Ligia Olaya de Díaz. Sentencia del 26 de abril de 2001. Expediente 20000499.
Sociedades Fiduciarias
Sanciones por exceso de operaciones Repo. Caso fortuito y fuerza mayor como eximentes de responsabilidad.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera - Subsección "B". M.P. Ligia Olaya de Díaz. Sentencia del 5 de julio de 2001. Expediente 8258*.
Subordinación o Control
La manifestación de la existencia de subordinación o control por parte del juez no envuelve en sí misma ningún valor económico para efectos de establecer la cuantía del negocio. Lo anterior significa, según el Alto Tribunal, que para efectos de determinar la cuantía del negocio se debe tener en cuenta el acto en sí mismo y no los actos subsiguientes que de él se derivan.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Delio Gómez Leyva. Auto del 16 de marzo de 2001. Expediente 10317.
T
Tarjetas Crédito o Débito
Derecho de igualdad y equidad frente al señalamiento por el legislador de los agentes de retención en el impuesto sobre las ventas. La especialidad financiera y el señalamiento por el legislador de los agentes de retención en el impuesto sobre las ventas. Exclusión del impuesto a las ventas para determinar la comisión por la utilización de las tarjetas de crédito y débito. Unidad de materia.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-1144 del 31 de octubre de 2001. Expedientes acumulados D-3494 y D-3523.
Títulos Valores
Con la entrega de un título valor de contenido crediticio se efectúa el pago de la obligación, pero no un pago puro y simple, sino sometido a condición resolutoria en caso de que el instrumento no sea descargado de cualquier manera. Mientras esté pendiente dicha condición, la obligación que se reputa saldada no tiene la calidad de exigible y, por ende, contra el acreedor ninguna prescripción corre respecto de acciones a su favor derivadas de la relación causal.
Corte Suprema de Justicia. M. P. Francisco Escobar Enríquez. Sentencia del 14 de marzo de 2001. Expediente 6550.
Es válida para iniciar un proceso ejecutivo la presentación de la copia de un título valor siempre que tenga firma original, realizando a su vez una diligencia de reconocimiento.
Corte Constitucional. M. P. Alejandro Martínez Caballero. Sentencia T-085 del 30 de enero de 2001. Expediente T-356214.
U
Usura
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 235 del Código Penal (Decreto ley 100 de 1980). Exigencia de que la conducta se realice en el término de un (1) año; monto de la pena. Principio de igualdad. Aplicación del test de razonabilidad.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Alvaro Tafur Galvis. Sentencia C-173 del 14 de febrero de 2001. Expediente D-3113*
Usura - Certificación de Intereses
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 305 de la ley 599 de 2000, nuevo Código Penal. Es un tipo en blanco cuya concreción remite a un acto administrativo. Certificación de la Superintendencia Bancaria.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Rodrigo Escobar Gil. Sentencia C-479 del 9 de mayo de 2001.Expediente D-3188*.
El artículo 235 del Código Penal contiene un tipo en blanco que se remite a un acto administrativo. Certificación de la tasa de interés por la Superintendencia Bancaria.
Corte Constitucional. Sala Plena. M. P. Rodrigo Escobar Gil. Sentencia C-333 del 29 de marzo de 2001. Expediente D-3189*.
V
Vivienda
Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 546 de 1999. Cosa juzgada constitucional. La Corte resuelve estarse a lo resuelto en las sentencias C-955 y C-1140 de 2000.
Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. José Gregorio Hernández Galindo. Sentencia C-050 del 24 de enero de 2001.Expediente D-3080.
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