Resolución 1022 de 1998/12/17
En ejercicio de sus atribuciones
legales, en especial de la conferida por el artículo 31., numeral
19, del decreto 193 de 1994, en concordancia con el artículo 2.2.5.22.
de la resolución 400 de 1995, cuyo texto fue sustituido por el artículo
13 de la resolución 121 1 del mismo año, expedidas ambas
por la Superintendencia de Valores, y
PRIMERO: Que mediante resoluciones números 1186 del 22 de noviembre de 1994, 0596 del 11 de julio de 1997 y 021 9 del 3 de abril de 1998, esta Superintendencia autorizó a la sociedad Suramericana de Valores S.A. Suvalor, Comisionista de Bolsa, la constitución y administración de los fondos de valores "SURENTA", "SURENTA 30" y "SURENTA INMOBILIARIA" respectivamente, y aprobó sus reglamentos que rigen su funcionamiento, así como los modelos de contratos de suscripción de derechos y de los títulos que los acreditarán;
SEGUNDO: Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia bajo el número 199812-22327 del 3 de diciembre de 1998, Suramericana de Valores S.A., Suvalor, Comisionista de Bolsa, en su condición de administradora de los fondos anteriormente mencionados, solicitó a esta entidad autorizar la reforma de los artículos 20, 16 y 14 de los reglamentos de funcionamiento de los fondos de valores "SURENTA", "SURENTA 30" y "SURENTA INMOBILIARIA" respectivamente;
TERCERO: Que dicha reforma fue aprobada por la junta directiva de la citada sociedad comisionista de bolsa, en reunión celebrada el día 2 de diciembre de 1998, según consta en copia del acta número 85;
CUARTO: Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.5.22. de la resolución 400 de 1995, cuyo texto fue sustituido por el artículo 13 de la resolución 1211 del mismo año, ambas expedidas por la Sala General de la Superintendencia de Valores, las reformas fue se introduzcan a los reglamentos de los fondos de valores deben ser sometidas a la autorización previa de esta entidad, y
QUINTO: Que las reformas de los artículos a que se hizo referencia en los considerandos anteriores se ajustan a las disposiciones vigentes que rigen el funcionamiento de los fondos de valores.
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar la reforma de los artículos 20, 16 y 14 de los reglamentos de funcionamiento de los fondos de valores "SURENTA", "SURENTA 30" y "SURENTA INMOBILIARIA", respectivamente, cuyo texto se transcribe a continuación:
"ARTÍCULO 20
"( ) PARÁGRAFO: Serán de cargo de¡ correspondiente suscriptor, los impuestos, tarifas y contribuciones que se causen con ocasión del pago originado en la redención total o parcial de los derechos poseídos en el fondo".
"ARTÍCULO DÉCIMOSEXTO
"( ) PARÁGRAFO: Serán de cargo del correspondiente suscriptor, los impuestos, tarifas y contribuciones que se causen con ocasión del pago originado en la redención total o parcial de los derechos poseídos en el fondo".
"ARTICULO DÉCIMOCUARTO
"( ) PARÁGRAFO: Serán de cargo del correspondiente tenedor los impuestos, tarifas y contribuciones que se causen con ocasión del pago originado en la redención total o parcial de los títulos emitidos por el fondo".
ARTÍCULO SEGUNDO: La sociedad Suramericana de Valores S.A. Suvalor, Comisionista de Bolsa, deberá remitir a esta Superintendencia copia de la escritura pública con la cual se protocolice la reforma autorizada en el artículo precedente, dentro del mes siguiente a la ejecutoria de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el numeral 13 del artículo 2.2.5.24. de la resolución 400 de 1995, incorporado por el artículo 15 de la resolución 1211 del mismo año, Suramericana de Valores S.A. Suvalor, Comisionista de Bolsa deberá informar por escrito a los suscriptores de los fondos de valores "SURENTA", "SURENTA 30" y "SURENTA INMOBILIARIA" el contenido de la reforma introducida a los mencionados reglamentos, dentro de los quince días siguientes a la fecha de ejecutoria de la presente resolución.
Vencido dicho término, la sociedad deberá acreditar tal hecho ante esta Superintendencia, mediante certificación suscrita por el representante legal designado para el manejo de cada uno de los fondos y el revisor fiscal de los mismos.
Notificar: Doctor
Emilio Echavarría Soto
Presidente
Suramericana de Valores S.A. Suvalor
Comisionista de Bolsa
Carrera 50 No. 50-14, Edificio
Banco Popular
Medellín - Antioquia
Última modificación 29/10/2012