Resolución 941 de 1995
PRIMERO: Que mediante
Resolución No. 0057 del 28 de enero de 1.994 expedida por
la Superintendencia de Valores, se ordenó la inscripción
en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones ordinarias
emitidas por la Sociedad Administradora de
Fondos de Pensiones
y Cesantías de Santander S.A. Fondo Santander;
SEGUNDO: Que de conformidad
con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 1.1.1.3 "Cancelación
de Títulos" de la resolución 400 del 22 de mayo de 1995 de
la Sala General de la Superintendencia de Valores, se deberá cancelar
la inscripción de acciones en el
Registro Nacional
de Valores e Intermediarios, cuando la misma verse sobre acciones inscritas
en bolsa que no se hubiesen transado durante el último año
calendario, salvo que la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos
accionistas o que dentro de los tres
últimos años
el Estado hubiera enajenado su participación en la misma.
TERCERO: Que de acuerdo
con el artículo 1.1.1.4 "Enervación de la causal de cancelación
de la inscripción por falta de negociación bursátil"
de la Resolución 400 del 22 de mayo de 1995, la sociedad emisora
de acciones cuya inscripción en el Registro Nacional de Valores
e intermediarios deba ser cancelada conforme a lo dispuesto en el numeral
1 del artículo anterior de dicho ordenamiento, podrá enervar
esa causal si realiza una oferta pública de acciones en el mercado
primario. Para tal efecto, la Superintendencia de Valores le requerirá
en forma previa a la cancelación que informe si se proyecta adelantar
dicha oferta, la cual deberá realizarse dentro
de los cuatro meses
siguientes al envío del mencionado requerimiento. Transcurrido este
plazo, sin que hubiera efectuado la oferta, se procederá a la cancelación
de la respectiva
inscripción.
CUARTO: Que a raíz
de que la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
de las acciones de la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y
Cesantías de Santander S.A. Fondo Santander, debía ser cancelada
conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 1.1.1.3 de
la Resolución 400 del 22 de mayo de 1995 de la Sala
General de la Superintendencia de Valores, esta Entidad mediante
oficio 9513720-1 del 19 de septiembre de 1995 le requirió a dicha
sociedad que informara si proyectaba adelantar una oferta pública
de acciones en el mercado primario, en un plazo que vencía el 9
de octubre de 1995, conforme a lo dispuesto en el
artículo
1.1.1.4 de la mencionada Resolución 400.
QUINTO: Que la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías de Santander S.A. Fondo Santander no respondió el requerimiento.
SEXTO: Que la Sociedad
Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías de Santander S.A.
Fondo Santander no ha realizado una oferta pública de sus acciones
en el mercado primario hasta la fecha.
ARTICULO PRIMERO: Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones emitidas por la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías de Santander S.A. Fondo Santander.
ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de esta resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
ARTICULO TERCERO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición
el cual podrà interponerse ante la Superintendencia de Valores dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
Emisores
Última modificación 05/04/2013