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Glosario
BALANCE
BALANZA CAMBIARIA
BALANZA COMERCIAL
BALANZA DE CUENTA CORRIENTE
BALANZA DE CUENTA DE CAPITALES
BALANZA DE PAGOS
BANCA DE INVERSION
BANCO
BANCO CENTRAL
BANCO COMERCIAL
BANCO DE LA REPÚBLICA
BANCO DE SEGUNDO PISO
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)
BANCO MUNDIAL (BM)
BANDA
BANDAS DE BOLLINGER
BANDAS DE OSCILACIÓN
BASE MONETARIA
BENEFICIARIO
BENEFICIARIO PRIMARIO
BENEFICIARIO SECUNDARIO
BENEFICIARIO REAL
BENCHMARK
BETA
BIEN O SERVICIO NO TRANSABLE
BIEN O SERVICIO TRANSABLE
BIENES DE CAPITAL
BIENES DE CONSUMO
BIENES RECIBIDOS COMO DACIÓN EN PAGO
BIG BANG
BLUE CHIPS
BOCAS (BONOS CONVERTIBLES EN ACCIONES)
BOLSA DE VALORES
BONO
BONOS DE GARANTIA GENERAL
BONOS HIPOTECARIOS
BONOS ORDINARIOS
BONOS DE DEUDA PUBLICA INTERNA
BONOS DE PRENDA
BONOS BRADY
BONOS SAMURAI
BONOS SOBERANOS
BOOK BUILDING
BOOM
BOOM DE LA BOLSA
BULL MARKET
BURSÁTIL
BROKER
BALANCE: Demostrativo contable de la situación económico - financiera de una empresa, en un período de tiempo determinado.
BALANZA CAMBIARIA:Diferencia entre los ingresos y egresos de divisas.
BALANZA COMERCIAL: Diferencia que hay entre las exportaciones e importaciones de un país (incluyendo las de bienes y servicios). Si las exportaciones son mayores que las importaciones, existe un superávit comercial y si las importaciones son mayores que las exportaciones, existe un déficit comercial.
BALANZA DE CUENTA CORRIENTE: Parte de la balanza de pagos de un país, que registra las transacciones de importaciones, exportaciones, ingresos y gastos por servicios y utilidades obtenidas en operaciones extranjeras como pagos de intereses, dividendos y transferencias.
BALANZA DE CUENTA DE CAPITALES: Diferencia entre los giros de divisas desde o hacia un país, es decir, de los egresos y los ingresos de divisas que no provienen del pago de importaciones o exportaciones, sino de los movimientos causados por los préstamos del gobierno o del sector privado, de las inversiones extranjeras en el país o de la salida de divisas para realizar inversiones en el exterior. En otras palabras, es la parte de la balanza de pagos que recoge los ingresos y gastos por créditos, préstamos e inversiones extranjeras.
BALANZA DE PAGOS: Contabiliza el total de los flujos financieros de un país en un periodo determinado. Las entradas financieras (ingresos por exportaciones o inversiones extranjeras en bolsa) se tratan como créditos o entradas positivas. Las salidas (pagos de importaciones o compra de acciones en bolsas extranjeras) son deudas o entradas negativas.
BANCA DE INVERSION: Actividad desarrollada por un intermediario del mercado financiero que puede incluir el diagnóstico de empresas, la organización de potenciales compradores, la asesoría de inversionistas en la creación de nuevas empresas e inclusive la consecución de recursos para tales operaciones.
BANCO: Institución financiera de intermediación que recibe fondos en forma de depósito de las personas que poseen excedentes de liquidez, utilizándolos posteriormente para operaciones de préstamo a personas con necesidades de financiación, o para inversiones propias. Presta también servicios de todo tipo relacionados con cualquier actividad realizada en el marco de actuación de un sistema financiero.
BANCO CENTRAL: Banco de un país encargado de emitir la moneda nacional, regular el mercado monetario y de divisas y ejecutar las políticas gubernamentales en lo referente a medidas monetarias y financieras.
BANCO COMERCIAL: Institución que se dedica al negocio de recibir dinero en depósito y darlo a su vez en préstamo, sea en forma de mutuo, de descuento de documentos o de cualquier otra forma. Se consideran además todas las operaciones que natural y legalmente constituyen el giro bancario.
BANCO DE LA REPÚBLICA: Banco central y emisor de Colombia que por mandato constitucional tiene como función principal la de luchar contra la inflación.
BANCO DE SEGUNDO PISO: Instituciones financieras que no tratan directamente con los usuarios de los créditos, sino que hacen las colocaciones de los mismos a través de otras instituciones financieras.
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID): Su objetivo es financiar proyectos de desarrollo y asistencia mutua en las naciones del continente americano, además de promover el crecimiento económico y social de los países miembros.
BANCO MUNDIAL (BM): Creado en 1945 con el propósito de reconstruir a Europa una vez terminada la Segunda Guerra Mundial, pero ahora se dedica a financiar proyectos de inversión para el desarrollo de los países miembros.
BANDA: Límite superior e inferior del tipo de interés de una obligación con tipo de interés variable.
BANDAS DE BOLLINGER: Técnica estadística utilizada para soportar el análisis de acciones o de cualquier otro título valor. Según sea el caso, las bandas determinan los precios de referencia mínimos y máximos. Las bandas se calculan teniendo en cuenta la variabilidad del precio de una acción o título valor y su precio promedio.
BANDAS DE OSCILACIÓN: Las que se fijan a la paridad de las monedas en su relación con otras. Permiten una variación en más o menos 2.5 puntos. El Banco Central del país respectivo, se cuida de recoger o lanzar moneda nacional para que la cotización discurra dentro de estas bandas prudenciales. Cuando no es posible, se recurre a la revaluación o devaluación y, en casos excepcionales, se decreta la flotación de las monedas.
BASE MONETARIA: Pasivo monetario de un banco central que incluye: los billetes y monedas creados por éste, los depósitos en bancos comerciales y otros intermediarios financieros sujetos a exigencias de encaje, los depósitos del Gobierno y otras entidades del sector público y ciertos depósitos del sector privado que deben constituirse por algún motivo especial. En resumen, es todo el efectivo en circulación.
BENEFICIARIO: Persona a la cual se transfiere un activo financiero o a favor de quien se emite un título o un contrato de seguro.
BENEFICIARIO PRIMARIO: Es quien adquiere un nuevo título valor ante la entidad emisora, ya sea a través del mercado de valores o de su delegatario para este efecto.
BENEFICIARIO SECUNDARIO: Es el inversionista que adquiere, generalmente es una bolsa, un título-valor que había sido colocado con anterioridad por la entidad emisora y que ha sido recolocado por su beneficiario primario , u otro secundario, posiblemente por requerimientos anticipados por liquidez.
BENEFICIARIO REAL: Se entiende por beneficiario real cualquier persona o grupo de personas que, directa o indirectamente, por sí misma o a través de interpuesta persona, por virtud de contrato, convenio o de cualquier otra manera, tenga respecto de una acción de una sociedad, o pueda llegar a tener, por ser propietario de bonos obligatoriamente convertibles en acciones, capacidad decisoria; esto es, la facultad o el poder de votar en la elección de directivas o representantes o, de dirigir, orientar y controlar dicho voto, así como la facultad o el poder de enajenar y ordenar la enajenación o gravamen de la acción.
Conforman un mismo beneficiario real los cónyuges o compañeros permanentes y los parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y único civil, salvo que se demuestre que actúan con intereses económicos independientes, circunstancia que podrá ser declarada mediante la gravedad de juramento ante la Superintendencia Financiera de Colombia con fines exclusivamente probatorios. Igualmente, constituyen un mismo beneficiario real las sociedades matrices y sus subordinadas.
BENCHMARK: Punto de referencia estándar contra el cual se realizan comparaciones.
BETA: Coeficiente que mide la volatilidad relativa a una acción. Corresponde a la covarianza de la relación entre la acción y el resto del mercado. Beta mayor que uno (1) significa que varía más que el mercado. Tiene mayor riesgo.
BIEN O SERVICIO NO TRANSABLE: Sólo se pueden consumir dentro de la economía que los produce (los arriendos, por ejemplo).
BIEN O SERVICIO TRANSABLE: Como se pueden importar o exportar, están sujetos a la competencia internacional.
BIENES DE CAPITAL: Son los que constituyen la base de una explotación, aparte de las mercancías o productos que se denominan bienes muebles o comerciales.
BIENES DE CONSUMO: Artículos que satisfacen las necesidades humanas.
BIENES RECIBIDOS COMO DACIÓN EN PAGO: Son aquellos que el deudor de un establecimiento financiero entrega como parte de pago (o pago total) de una obligación que no pudo ser cancelada por iliquidez monetaria.
BIG BANG: Crecimiento acelerado del mercado bursátil londinense producto del conjunto de medidas de desregulación (abolición de las comisiones fijas, apertura Estados Unidos, el Big Bang tuvo lugar en 1975.)
BLUE CHIPS: Acciones que presentan magníficos dividendos, gran valoración y excelente nivel de liquidez. Ellas corresponden a las mejores empresas de un país, reconocidas por la calidad de sus productos y estados financieros.
BOCAS (BONOS CONVERTIBLES EN ACCIONES): Títulos que confieren las prerrogativas propias de los bonos ordinarios y además dan a sus propietarios el derecho de convertirlos total o parcialmente en acciones de la sociedad emisora.
BOLSA DE VALORES: Establecimiento público o privado, donde personas calificadas realizan operaciones de compraventa de títulos valores por orden de sus clientes. Es un mercado centralizado y regulado.
BONO: Son títulos que representan una parte de un crédito constituido a cargo de una entidad emisora. Su plazo mínimo es de un año; en retorno de su inversión recibirá una tasa de interés que fija el emisor de acuerdo con las condiciones de mercado, al momento de realizar la colocación de los títulos. Por sus características estos títulos son considerados de renta fija. Además de los bonos ordinarios, existen en el mercado bonos de prenda y bonos de garantía general y específica y bonos convertibles en acciones.
BONOS DE GARANTIA GENERAL: Aquellos que son emitidos por las corporaciones financieras.
BONOS HIPOTECARIOS: Son instrumentos establecidos por la ley 546 de 1999 y reglamentados por la resolución 0089 de 2000 de la Superintendencia Financiera de Colombia, modificada por la Resolución 154 de 2000 de esta misma Superintendencia. La ley 546 de 1999 señaló que los bonos hipotecarios deberán estar denominados en UVR y cumplir con los siguientes lineamientos:
1. Serán títulos valores de contenido crediticio.
2. Serán emitidos por los establecimientos de crédito y tendrán como finalidad exclusiva cumplir los contratos de crédito para la construcción de vivienda y para su financiación a largo plazo.
3. Los créditos que obtengan financiación mediante la emisión de bonos hipotecarios deberán estar garantizados con hipotecas de primer grado, que no podrán garantizar ninguna otra obligación.
4. Los créditos que hayan sido financiados con bonos hipotecarios no podrán ser vendidos, ni cedidos o transferidos de ninguna manera, ni sometidos a ningún gravamen, ni utilizados como garantías por el emisor de los respectivos bonos, con excepción de lo señalado en el artículo siguiente.
Con todo, el establecimiento de crédito emisor podrá convenir con otro establecimiento de crédito que éste asuma la obligación de pagar los bonos, para lo cual cederá la correspondiente cartera hipotecaria, de conformidad con las normas que al respecto expida el Gobierno Nacional, siempre que dichas operaciones cuenten con la autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia, previo concepto favorable del Consejo Asesor y el consentimiento de la Asamblea de los tenedores de bonos.
5. El emisor, o quien haya asumido la obligación de pagar los bonos, será responsable por la administración y gestión de los activos que se financien mediante los mismos, ante los tenedores de dichos bonos. Para el efecto, deberá suscribir un contrato de administración.
6. La Superintendencia Financiera de Colombia establecerá obligaciones de revelación contable que garanticen el adecuado conocimiento del público sobre el valor de aquella parte de los activos que, no obstante figurar en el balance de los establecimientos de crédito, no forman parte de la prenda general de los acreedores de los mismos, en caso de liquidación de la entidad emisora, de acuerdo con lo establecido en el artículo siguiente.
7. La Superintendencia Financiera de Colombia señalará los requisitos y condiciones para la emisión y colocación de los bonos que se emitan en desarrollo de lo aquí previsto, los cuales deberán promover su homogeneidad y liquidez. En todo caso, los bonos a que se refiere el presente artículo serán desmaterializados y podrán negociarse a través de las Bolsas de Valores.
BONOS ORDINARIOS: Son aquellos que confieren a sus tenedores los mismos derechos, de acuerdo con el respectivo contrato de emisión y están garantizados con todos los bienes de la entidad emisora, sean presentes o futuros.
BONOS DE DEUDA PUBLICA INTERNA: Son bonos emitidos por entidades territoriales, (departamentos, municipios, distritos, etc.), así como por las empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta.
BONOS DE PRENDA: Título valor expedido por un almacén general de depósito, que incorpora un crédito prendario sobre las mercaderías amparadas por el certificado de depósito y confiere, por sí mismo, los derechos y los privilegios de la prenda.
BONOS BRADY: Títulos de deuda soberana emitidos por ciertos países en desarrollo, a cambio de la reestructuración de su deuda comercial y de otras obligaciones anteriores.
BONOS SAMURAI: Bonos emitidos en Japón por residentes no japoneses en yenes.
BONOS SOBERANOS: Término genérico usado para los bonos emitidos por el gobierno de cualquier país.
BOOK BUILDING: Mecanismo aplicado internacionalmente para realizar una labor de premercadeo sobre títulos valores que se ofrecerán públicamente. Consiste en sondear la intención de los inversionistas interesados en los títulos, así como el precio y cantidad que estarían dispuestos a adquirir.
BOOM: Un máximo en las fluctuaciones de la actividad económica. Prosperidad económica originada en una corriente muy rápida y acentuada hacia la activación económica y la elevación de precios al consumidor.
BOOM DE LA BOLSA: Periodo cumbre en negociaciones bursátiles.
BULL MARKET: Indica una tendencia alcista en el mercado de capitales, donde los inversionistas están optimistas y por tanto presionan rápidamente los precios hacia arriba.
BURSÁTIL: Todo lo que se refiere a negocios de Bolsa, como la compraventa y canje de valores, operaciones de cambio de moneda, compraventa de mercaderías en presente o en mercado de futuros, cotizaciones, valorizaciones, cobros, reglamentación, etc.
BROKERS: Es aquella persona o entidad, que actúa como intermediario entre un comprador y un vendedor en transacciones de valores, cobrando una comisión . El Broker actúa como agente es decir no toma ninguna posición propia ni siquiera con duración temporal, si no que se limita a unir dos posiciones(compra-venta) al precio que resulte satisfactorio para las dos partes.
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Última
actualización:24 de octubre de 2001
