Guias del inversionista
| Inicio >Servicios de Información al Ciudadano > Glosario > T |
T |
| TASA
DE CAMBIO REPRESENTATIVA DEL MERCADO - (TCRM) TASA DE CAMBIO TASA DE CAMBIO FIJA TASA DE CAMBIO FLOTANTE TASA DE CAMBIO NOMINAL TASA DE CAMBIO REAL TASA DE INTERES TASA DE INTERÉS ANTICIPADA TASA DE INTERES INTERBANCARIA TASA DE INTERES ACTIVA TASA INTERNA DE RETORNO TASA DE INTERÉS EFECTIVA TASA DE INTERÉS EN MONEDA EXTRANJERA TASA DE INTERÉS LIBRE DE RIESGO TASA DE INTERÉS NOMINAL TASA DE INTERÉS REAL TASA DE INTERÉS VENCIDA TASA DE REDESCUENTO TASA DE REINVERSIÓN T-BONDS T.B.S. T.C.C. TENDENCIA TES (TÍTULOS DE TESORERÍA) TITULARIZACION TITULO VALOR TÍTULOS A LA ORDEN TITULOS CON DESCUENTO TITULOS CORPORATIVOS O DE PARTICIPACION TITULOS DE CONTENIDO CREDITICIO TÍTULOS DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS (TIDIS) TÍTULOS DE PARTICIPACIÓN EN FONDOS DE VALORES TÍTULOS DE TESORERÍA PRIMARIOS TITULOS DE RENTA FIJA TITULOS DE RENTA VARIABLE TITULOS DE TESORERIA TITULO DE AHORRO CAFETERO TITULOS DE AHORRO NACIONAL - "T.A.N." TITULOS FINANCIEROS AGROINDUSTRIALES TITULOS DE PARTICIPACION TITULOS MIXTOS TITULOS NOMINATIVOS TITULOS AL PORTADOR TITULOS A LA ORDEN TRADER TRANSFERENCIA DE FONDOS TRANSFERENCIA TEMPORAL DE VALORES |
| TASA DE CAMBIO REPRESENTATIVA DEL MERCADO - TCRM: La TCRM es un indicador económico que revela el nivel diario de la tasa de cambio oficial en el mercado spot de divisas colombiano. Corresponde al promedio aritmético simple de las tasas promedio ponderadas de compra y venta de divisas de las operaciones interbancarias y de transferencias, desarrolladas en las Ciudades de Bogotá D. C. Medellín, Cali y Barranquilla por los intermediarios plenos del mercado que se encuentran autorizados en el estatuto cambiario es decir: Bancos Comerciales, Corporaciones Finacieras F. E. N. y Bancoldex. La Superintendencia Financiera de Colombia tiene la obligación de calcular la TCRM y divulgarla al mercado y al público en general, según lo estipulado en el artículo 96 del estatuto cambiario(Resolución Externa 021 de septiembre de 1993 de la Junta Directiva del Banco de la República, el cual fue modificado por el artículo 1º. de la Resolución Externa No. 1 de 1997, emanada de la Junta Directiva del Banco de la República. TASA DE CAMBIO: Relación entre el precio de dos monedas que es determinado por la oferta y la demanda. En otras palabras, es lo que tendría que pagarse en una moneda (peso colombiano, por ejemplo) para adquirir otra moneda (dólar estadounidense, por ejemplo). TASA DE CAMBIO FIJA: Tasa de cambio que se mantiene constante en el tiempo y generalmente está ligada al dólar. La autoridad monetaria o el banco central de cada país es el encargado de mantener fija esta paridad cambiaria. TASA DE CAMBIO FLOTANTE: Tasa de cambio cuyo comportamiento se deja totalmente al mercado sin que la autoridad monetaria intervenga para tratar de regular su comportamiento. TASA DE CAMBIO NOMINAL: Determina cuántas unidades de una moneda pueden comprarse con una sola unidad de otra moneda. TASA DE CAMBIO REAL: Tasa de cambio entre dos monedas luego de descontada la inflación. TASA DE INTERÉS: Es la expresión porcentual del interés aplicado sobre un capital. Las tasas de interés pueden estar expresadas en términos nominales o efectivos. Las nominales son aquellas en que el pago de intereses no se capitaliza, mientras que las efectivas corresponden a las tasas de intereses anuales equivalentes a la capitalización de los intereses periódicos, bien sea anticipadas o vencidas. La tasa de interés efectiva es el instrumento apropiado para medir y comparar el rendimiento de distintas alternativas de inversión. Las tasas nominales pueden tener periodicidad mensual, trimestral, semestral o cualquier otra que se establezca. TASA DE INTERÉS ANTICIPADA: Tasa de interés que una vez acordada, se paga o se cobra al iniciar cada periodo. TASA DE INTERES INTERBANCARIA : Es el precio de las operaciones realizadas en moneda doméstica por los intermediarios financieros para solucionar problemas de liquidez de muy corto plazo. Dicha tasa de interés se pacta para operaciones de un día. TASA DE INTERES ACTIVA: Tasa de colocación de créditos por parte de los intermediarios del sistema financiero colombiano. Incluye créditos de cartera ordinaria, tarjetas de crédito y créditos de tasa preferencial. TASA INTERNA DE RETORNO - TIR: Herramienta para el análisis de rentabilidad de flujos de fondos, que se define como la tasa de descuento de los flujos en la que el valor presente neto se hace igual a cero. Corresponde a la rentabilidad que obtendría un inversionista de mantener el instrumento financiero hasta su extinción, bajo el supuesto que reinvierte los flujos de ingresos a la misma tasa. TASA DE INTERÉS EFECTIVA: Expresión anual del interés nominal dependiendo de la periodicidad con que éste último se pague. Implica reinversión o capitalización de intereses. TASA DE INTERÉS EN MONEDA EXTRANJERA: Tasa de interés equivalente en moneda local a la que se obtendría en el extranjero, teniendo en cuenta los efectos devaluacionistas o revaluacionistas. TASA DE INTERÉS LIBRE DE RIESGO: No presenta ningún riesgo para los inversionistas. Un ejemplo de ella es la que otorgan en Colombia los Títulos de Tesorería (TES) del Gobierno o la de los Bonos del Tesoro de Estados Unidos. TASA DE INTERÉS NOMINAL: Tasa de interés o rendimiento que el emisor paga al inversionista por un título periódicamente (mensual, trimestral o anual), sin tener en cuenta la reinversión de intereses. TASA DE INTERÉS REAL: Tasa de interés que descuenta el efecto de la inflación. TASA DE INTERÉS VENCIDA: Tasa de interés que una vez acordada, se paga o se cobra al finalizar cada periodo. TASA DE REDESCUENTO: Tasa de interés a la cual le cobra el banco central al banco comercial por reembolsarle parte del crédito que éste ha concedido a terceros. TASA DE REINVERSIÓN: Tasa de interés que gana un arrendador sobre los excedentes monetarios del arrendamiento durante el periodo siguiente al de inversión en un arrendamiento. T-BONDS: Palabra que en español significa Bonos del Tesoro de Estados Unidos. Es un instrumento de deuda que tiene como vencimiento un máximo de treinta años. TBS: Es la tasa promedio de captación a través de CDT y CDAT de las entidades financieras, calculada diariamente por la Superintendencia Bancaria para diferentes plazos. TCC: Es la tasa promedio de captación de los certificados de depósito a término de las corporaciones financieras y es calculada por el Banco de la República. TENDENCIA: Tasa de crecimiento de cualquier variable en el largo plazo, como por ejemplo los precios de un título valor o de la economía. TES (TÍTULOS DE TESORERÍA): Títulos de deuda pública emitidos por la Tesorería General de la Nación (en pesos, en UVR´s - Unidades de Valor Real Constante - o en pesos ligados a la TRM) que son subastados por el Banco de la República. Se caracterizan por ser una de las mayores fuentes de financiación del Gobierno. TITULARIZACION: Es un proceso en el que diferentes activos como pueden ser: cartera, bienes inmuebles, proyectos de construcción, rentas, flujos futuros de fondos, son movilizados, constituyéndose un patrimonio autónomo, con cargo al cual se emiten títulos. Bajo esta figura, el emisor es el patrimonio autónomo administrado por una sociedad fiduciaria. El plazo de los títulos está ligado a las características del activo. Pueden emitirse títulos con características similares a los renta fija ( de contenido crediticio), renta variable (de participación) o a los de ambos (mixtos). TITULOS VALOR : Documento negociable que acredita los derechos de su tenedor legítimo y las obligaciones del emisor mismo. Incorpora derechos de crédito, participación, tradición, o representativos de mercancías. TÍTULOS A LA ORDEN: Son los instrumentos expedidos inicialmente a nombre de determinada persona, pero pueden negociarse o transferirse mediante simple endoso (firma del tenedor) y entrega. TITULOS CON DESCUENTO : Títulos representativos de deuda ; no devengan intereses y su rendimiento se genera por la diferencia entre el valor nominal del título y el valor de adquisición que necesariamente es inferior al valor de emisión nominal. TÍTULOS CORPORATIVOS O DE PARTICIPACIÓN: En titularizaciones, son en los que el inversionista adquiere una parte alícuota del patrimonio autónomo o fondo y participa de las utilidades o pérdidas que éste genere. Se asimilan a títulos de renta variable y se encuentran normalmente referenciados en unidades de participación. Pueden ser redimidos antes de la extinción del patrimonio autónomo o fondo, debido a la liquidación de parte de sus activos o bienes. TÍTULOS DE CONTENIDO CREDITICIO: En titularizaciones, son los que incorporan derechos a percibir la cancelación del capital y de los intereses de acuerdo con las condiciones señaladas en el título. Se asimilan a los títulos de renta fija y los activos que conforman el patrimonio autónomo respaldan el pasivo con los inversionistas TÍTULOS DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS (TIDIS): Título valor emitido por el Banco de la República cuya finalidad es la de servir como instrumento de pago para la devolución de impuestos, cuya cuantía sea superior a $1.000.000. TÍTULOS DE PARTICIPACIÓN EN FONDOS DE VALORES: Emitidos por Fondos de Valores cerrados, administrados por sociedades comisionistas de Bolsa. Representan unidades patrimoniales o de participación. TÍTULOS DE TESORERÍA PRIMARIOS: TES ofrecidos en la primera subasta. TITULOS DE RENTA FIJA : Títulos representativos de un adeuda que da a quien los posee el derecho a recibir un interés fijo por un período preestablecido. TITULOS DE RENTA VARIABLE : Son los títulos en los cuales la rentabilidad sólo es conocida después de redención. Su rendimiento depende del desempeño económico de la empresa emisora. En términos generales corresponde a las acciones emitidas por una sociedad anónima. TÍTULOS DE TESORERÍA (TES): Los títulos de tesorería creados en la ley 51 de 1990 son títulos de deuda pública interna emitidos por el Gobierno Nacional. Existen dos clases de títulos : clase A y clase B. Los primeros fueron emitidos con el objeto de sustituir la deuda contraída en las operaciones de mercado abierto realizadas por el Banco de la República. Los segundos se emiten para obtener recursos para apropiaciones presupuestales y efectuar operaciones temporales de la Tesorería del Gobierno Nacional. En la actualidad solamente se emiten los títulos de clase B. El plazo se determina de acuerdo con las necesidades de regulación del mercado monetario y de los requerimientos presupuestales o de tesorería, y fluctúa entre 1 y 7 años. El rendimiento de los títulos lo determina el Gobierno Nacional de acuerdo con las tasas del mercado para el día de colocación de los mismo TITULO DE AHORRO CAFETERO : Título - valor emitido por la Federación Nacional de Cafeteros a nombre del Fondo Nacional del Café como pago parcial de las cosechas. Devenga interés y tiene un período de vencimiento de tres años. TITULOS DE AHORRO NACIONAL - "T.A.N." : Título valor emitido por el Gobierno Nacional, con el objeto de captar recursos destinados a programas de Inversión Pública. Se emiten a la orden y con plazos de 90 - 180 - 270 y 360 días. TITULOS FINANCIEROS AGROINDUSTRIALES : Títulos de deuda pública creados con el propósito de financiar actividades agroindustriales. TITULOS DE PARTICIPACION : Título - valor emitido por el Banco de la República con el propósito de regular el mercado monetario, interviniendo en el mercado abierto. Son emitidos a la orden y se negocian con la modalidad de descuento. Ver también TÍTULOS CORPORATIVOS O DE PARTICIPACIÓN. TÍTULOS MIXTOS: En titularizaciones, son mezcla de títulos corporativos o de participación con títulos de contenido crediticio. Esto es, que pueden contemplar una rentabilidad mínima o una máxima o las dos. También pueden incorporar derechos de participación y ser amortizables. TITULOS NOMINATIVOS : Emitidos a nombre de una persona natural o jurídica ; circulan por endoso y con la entrega. Además, se exige la inscripción del tenedor en el libro de registro que lleva el emisor del título. TITULOS AL PORTADOR : Se emiten sin especificar el nombre del beneficiario o con la cláusula "al portador ". Son libremente negociables por la simple entrega o transmisión directa de los mismos. TITULOS A LA ORDEN : Son documentos expedidos necesariamente a nombre de una persona determinada, quien solamente puede negociarlos o transferirlos mediante endoso y entrega, que debe constar por escrito y es esencial en estos títulos. TRADER: Persona que compra y vende acciones o títulos valores de manera personal o a nombre de su firma y de terceros. TRANSFERENCIA DE FONDOS: Movimiento interno de fondos entre cuentas dentro de un banco o movimiento externo de fondos entre bancos. TRANSFERENCIA
TEMPORAL DE VALORES: Son aquellas operaciones mediante las cuales
una persona transfiere a otra el derecho de propiedad sobre unos títulos,
con el compromiso para esta última de, al cabo de un lapso convenido
de máximo un año y a cambio de un precio prefijado, transferirle
a la primera el derecho de propiedad de títulos equivalentes,
de la misma especie y clase. Para el propietario inicial, esta operación
implica en la práctica la cesión de sus títulos
por un periodo de tiempo determinado a cambio de un porcentaje o tasas
de interés, lapso después del cual los valores le serán
devueltos. |
Última actualización: 15 de abril de 2008 |
