Ofertas públicas
Ofertas públicas autorizadas en el mercado primarioOfertas públicas autorizadas en el mercado primarioOfertas públicas autorizadas en el mercado primario
El Decreto 2555 de 2010, Artículo 6.1.1.1.1, trata de la “Definición de oferta pública. Se considera como oferta pública de valores, aquella que se dirija a personas no determinadas o a cien o más personas determinadas, con el fin de suscribir, enajenar o adquirir documentos emitidos en serie o en masa, que otorguen a sus titulares derechos de crédito, de participación y de tradición o representativos de mercancías.
No se considerarán públicas las siguientes ofertas:
1. La de acciones o de bonos obligatoriamente convertibles en acciones que esté dirigida a los accionistas de la sociedad emisora, siempre que sean menos de quinientos (500) los destinatarios de la misma.
2. La de acciones resultante de una orden de capitalización impartida por autoridad estatal competente, dirigida exclusivamente a accionistas de la sociedad, o la que tenga por objeto capitalizar obligaciones de la misma, siempre y cuando se encuentren reconocidas dentro de un proceso concursal en el que se haya tomado tal decisión, en ambos casos sin importar el número de personas a quienes se encuentre dirigida.
3.La que realice una sociedad colombiana, su matriz, sus filiales y/o subordinadas domiciliadas en Colombia o en el exterior y sea ofrecida a aquellos sujetos con los que la sociedad colombiana tiene contrato de trabajo vigente y/o a sus miembros de junta directiva. Esta oferta deberá hacer parte de un programa de compensación o de beneficios para empleados, el cual deberá constar por escrito en el respectivo contrato de trabajo Para los efectos del presente numeral se entenderá por vinculado lo establecido en el literal b) numeral 2 del artículo 7.3.1.1.2 del presente decreto.
Para los efectos del presente numeral se entenderá por vinculado lo establecido en el literal b) numeral 2 del artículo 7.3.1.1.2 del presente decreto.
Las ofertas que a la vez tengan por destinatarios a las personas indicadas en el numeral uno (1) del presente artículo y a cien o más personas determinadas serán públicas.
Parágrafo. Cuando los destinatarios de una oferta se vayan a determinar con base en una labor de premercadeo realizada entre personas no determinadas o cien o más personas determinadas, la respectiva oferta tendrá el carácter de pública y en tal sentido, su realización solo podrá efectuarse con observancia de las normas que al efecto se establecen en este decreto.
Marco normativo
Ley 32 de 1979, Ley 35 de 1993, Decreto 1169 de 1980, Decreto 2739 de 1991, Decreto 663 de 1993, Decreto 2150 de 1995, Ley 964 de 2005 y Decreto 2555 de 2010 y la Circular 029 de 2014.
- Resumen de ofertas aprobadas 1991 - 2006
- Ofertas públicas autorizadas en el mercado primario
- Ofertas Públicas autorizadas: Consulte el Informe Estadístico Semanal - Mercado Público de Valores
- Histórico Ofertas Públicas Autorizadas 2006 - 2014
Contenido:
En la base de datos "Ofertas Públicas" se encuentra información relativa a las diferentes ofertas públicas autorizadas por la Superintendencia de Valores, desde el año de 1991 hasta la fecha.
Se podrá consultar sobre las emisiones de acciones ordinarias, acciones preferenciales, acciones privilegiadas, bonos ordinarios, bonos de garantía general, bonos de deuda pública interna, bonos obligatoriamente convertibles en acciones, papeles comerciales, títulos emitidos en desarrollo de procesos de titularización y otros. Adicionalmente se han incluido los procesos de titularización.
Se puede acceder a la información teniendo como criterio de búsqueda los diferentes campos de la base de datos, entre otros, a saber: nombre del emisor, año de la emisión, tipo de título, lugar de realización de la oferta (local, simultánea e internacional), tipo de inscripción (Normal o automática).
- Observaciones frecuentes ofertas públicas
- Informe de Colocación
- Formatos de Inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores - RNVE
Última modificación 18/09/2024