Boletín 36 de 2001
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S
RESOLUCIÓN NÚMERO
795
(NOVIEMBRE 16 DE 2001)
Por la cual se otorga un certificado de autorización a una sociedad
comisionista de bolsa y se ordena la inscripción de la misma en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios
EL SUPERINTENDENTE DE VALORES
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial la que le confiere el
artículo 1° del decreto 2016 de 1992, en concordancia lo previsto
por el numeral 7° del artículo 53, del estatuto orgánico del
sistema financiero, modificado por el artículo 2° de la ley 510 de
1999; el artículo 3° del decreto 1608 de 2000; los artículos
3° y 4° del decreto 1609 de 2000, y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO: Que mediante la resolución 0341 del 19 de junio de 2001, esta
Superintendencia autorizó la constitución de la sociedad Valores
Unidos S.A. Comisionista de Bolsa;
SEGUNDO: Que dentro del plazo descrito en el artículo 2° de la resolución 0446, expedida por esta entidad el pasado 27 de julio, la sociedad en cita, mediante comunicación radicada el 12 de septiembre de 2001, bajo el número 20019-2996, allegó a esta entidad copia de las escrituras públicas 687 y 2454 otorgadas por la notaría sexta del círculo de Cali, los días 26 de febrero y 10 julio de año en curso, respectivamente, en las que consta de una parte, la constitución de la sociedad y, de otra, una adición a la escritura de constitución, así como un certificado expedido por la cámara de comercio de esa ciudad, en el que consta el pago del capital suscrito y pagado de la sociedad en comento;
TERCERO: Que el pasado 24 de septiembre, esta entidad requirió a la sociedad en comento toda vez que la misma, según la referida escritura pública número 687, se constituyó previamente a la autorización que para el efecto debe impartir esta Superintendencia;
CUARTO: Que el 26 de octubre de 2001, el representante legal de la comentada sociedad, allegó copia de la escritura pública 3652, otorgada por la notaría sexta del círculo de Cali, el pasado 9 de octubre, en la que se unifican los estatutos de la sociedad y se incorpora a los mismos el acto administrativo que autorizó la constitución de la misma, atendiendo satisfactoriamente el requerimiento al que se hizo alusión en el considerando anterior, allegando, así mismo, un certificado de existencia y representación legal de la sociedad en cita, expedido por la cámara de comercio de Cali, en el que se ratifica el pago del capital suscrito y pagado de la sociedad en comento;
QUINTO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 53 del estatuto orgánico del sistema financiero, norma aplicable a las sociedades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Valores, en virtud de la remisión expresa a que alude el artículo 1º del decreto 2016 de 1992, corresponde al Superintendente de Valores expedir el certificado de autorización, una vez se acredite la constitución regular de una entidad que se someterá a la inspección y vigilancia de esta Superintendencia, así como el pago del capital;
SEXTO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 3º del decreto 1609 de 2000, en concordancia con lo previsto por artículo 4° ibídem, el Superintendente de Valores se encuentra facultado para ordenar la inscripción de intermediarios en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, y
SÉPTIMO: Que la sociedad cumple con las condiciones exigidas por el artículo
1.1.6.1. de la resolución 400 de 1995, expedida por la Sala General de
la Superintendencia de Valores, para ser inscrita en el Registro Nacional de
Valores e Intermediarios.
R E S U E L V E
ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar a la sociedad Valores Unidos S.A. Comisionista
de Bolsa, el certificado de autorización de que trata el numeral 7º
del artículo 53 del estatuto orgánico del sistema financiero,
con lo cual queda habilitada para desarrollar las actividades comprendidas dentro
de su objeto social.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la sociedad Valores Unidos S.A. Comisionista de Bolsa.
ARTÍCULO TERCERO: La sociedad Valores Unidos S.A. Comisionista de Bolsa. deberá pagar a la Superintendencia de Valores la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS MCTE ($3'432.000,oo) moneda corriente, por concepto de derechos de inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 9° de la resolución 0512 del 18 de agosto de 2000, expedida por esta Superintendencia. Dicha suma deberá cancelarse en el Banco Popular en formato de consignación de recaudo nacional, cuenta número 050-00122-1 Sucursal Bogotá, en efectivo o mediante cheque de gerencia a favor de la Dirección del Tesoro Nacional, código 5006-01, Derechos de inscripción Superintendencia de Valores, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al representante legal de la sociedad Valores Unidos S.A. Comisionista de Bolsa, acto en el cual deberá entregársele copia de la misma y advertírsele que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante la Superintendente de Valores, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO QUINTO: Ordenar la
publicación de la presente resolución, en el boletín del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia
de Valores.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE
Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
Jorge Gabriel Taboada Hoyos
Superintendente de Valores
Notificar a: Doctor
Andrés Hernández Böhmer
Representante Legal
Valores Unidos S.A.
Comisionista de Bolsa
Avenida 2 Oeste 7 - 45 Piso 3°
Santiago de Cali, Valle
Última modificación 29/10/2012