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REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
S U P E R I N T E N D E N C
I A D E V
A L O R E S
RESOLUCIÓN NÚMERO
0734 DE
29
de octubre de 2001
Por la cual se cancela
una inscripción en el
Registro Nacional de Valores
e Intermediarios
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO
PARA INSPECCIÓN
Y VIGILANCIA DEL MERCADO
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial
la que le confiere el numeral 3º del artículo 3º del decreto 1609 de 2000, y
C O N S I D E R A N D
O
PRIMERO: Que el
Fondo de Garantías de la Bolsa de Bogotá S.A. Fogabol se encuentra sometido
a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Valores, en virtud de
lo dispuesto por el artículo 89 de la ley 45 de 1990, en concordancia con lo
previsto por el artículo 3° del decreto 1608 de 2000;
SEGUNDO: Que mediante la resolución número 394 del 21 de junio
de 1991, la Comisión Nacional de Valores, hoy Superintendencia de Valores, otorgó
permiso de funcionamiento al Fondo de Garantías de la Bolsa de Bogotá S.A. Fogabol;
TERCERO: Que según consta en el acta número 28, correspondiente
a la reunión de asamblea general extraordinaria de accionistas de la citada
sociedad, celebrada el 10 de julio de 2001, dicho órgano social por unanimidad
aprobó la disolución anticipada de la misma, la cual fue autorizada por esta
Superintendencia mediante resolución número 0423 del 23 de julio de 2001;
CUARTO: Que mediante
escritura pública número 3121 del 25 de julio de 2001, otorgada en la notaría
primera de círculo de Bogotá, se solemnizó la mencionada reforma estatutaria,
la cual se inscribió en el registro mercantil que lleva la cámara de comercio
de Bogotá, según consta en el certificado de existencia y representación legal
expedido por la cámara en comento, el pasado 27 de julio;
QUINTO: Que mediante
resolución número 632 del 11 de septiembre de 2001, esta Superintendencia aprobó
el inventario final del patrimonio social del Fondo de Garantías de la Bolsa
de Bogotá S.A. Fogabol en liquidación;
SEXTO: Que mediante
comunicación radicada en esta entidad el pasado 25 de septiembre bajo el número
20019-3842, el doctor Juan Pablo Dávila Velásquez, en su calidad de representante
legal de la sociedad, solicitó cancelar la inscripción de la misma, en el Registro
Nacional de Valores e Intermediarios, teniendo en cuenta que esta entidad aprobó
el inventario final, y
SÉPTIMO: Que de conformidad con lo dispuesto por el
numeral 3° del artículo 3° del decreto 1609 de 2000, corresponde al Superintendente
Delegado para Inspección y Vigilancia del Mercado, ordenar la cancelación voluntaria
de intermediarios en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios que lleva
esta Superintendencia.
R
E S U E L V E
ARTÍCULO PRIMERO: Cancelar la inscripción del Fondo de Garantías
de la Bolsa de Bogotá S.A. Fogabol en liquidación, en el Registro Nacional de
Valores e Intermediarios.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de la presente resolución
en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia
de Valores.
NOTIFÍQUESE
Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, a
ALICIA VILLEGAS TRUJILLO
Superintendente Delegado
para Inspección y
Vigilancia del Mercado
Notificar a: Doctor
Juan Pablo Dávila Velásquez
Representante Legal
Fondo de Garantías de la Bolsa de Bogotá S.A.
Fogabol en liquidación
Carrera 8ª 13 – 82 Piso 7°
Bogotá, D.C.
Última modificación 29/10/2012