Resolución 623 de 1995
PRIMERO: Que
la Superintendencia de Valores, mediante resolución número
835 del 5 de
octubre de 1992,
inscribió en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a
la sociedad
EUROVALORES S.A.
Comisionista de Bolsa;
SEGUNDO: Que
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.2.9., numeral
4o., letra d)
del estatuto orgánico
del mercado público de valores, la Superintendencia de Valores podrá
cancelar la inscripción
de un intermediario en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
cuando "entre en
período de liquidación";
TERCERO: Que,
mediante resolución número 460 del 12 de junio de 1995, la
Superintendencia
de Valores ordenó
la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la sociedad
EUROVALORES S.A.
Comisionista de Bolsa, para su liquidación;
CUARTO: Que
el doctor Fernando Londoño Hoyos, en su condición de apoderado
especial de
la sociedad Comisionista
de Bolsa EUROVALORES S.A., interpuso recurso de reposición contra
la resolución
señalada en el considerando anterior, mediante escrito presentado
personalmente
ante el notario
52 del Círculo de Santafé de Bogotá el 21 de junio
de 1995 y radicado en esta
Superintendencia
con el número 9509198-1 de la misma fecha, con el propósito
de que se
modificara la decisión
adoptada mediante dicho acto administrativo;
QUINTO: Que,
mediante resolución número 560 del 14 de julio de 1995, la
Superintendencia
de Valores resolvió
el recurso de reposición interpuesto, confirmando en todas sus partes
la
resolución
número 460 del 12 de junio de 1995, mediante la cual se tomó
posesión de los bienes,
haberes y negocios
de la sociedad EUROVALORES S.A. Comisionista de Bolsa;
SEXTO: Que
de acuerdo con lo señalado en los considerandos tercero y quinto
de la presente
resolución,
la sociedad EUROVALORES S.A. Comisionista de Bolsa se encuentra en período
de liquidación,
razón por la cual es procedente cancelar su inscripción en
el Registro Nacional
de Valores e Intermediarios,
y
SEPTIMO: Que
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.1.2.9., letra
d) del numeral
4o.; 4.1.2.5., parágrafo
primero, y 4.3.1.4., letra e), del estatuto orgánico del mercado
público de
valores, corresponde
al Superintendente de Valores ordenar la cancelación en el Registro
Nacional de Valores
e Intermediarios.
ARTICULO PRIMERO:
Cancelar la inscripción en el Registro Nacional de Valores e
Intermediarios de
la sociedad EUROVALORES S.A. Comisionista de Bolsa, en liquidación.
ARTICULO SEGUNDO:
Ordenar la publicación de la presente resolución en el boletín
del
Ministerio de Hacienda
y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
ANDRES URIBE ARANGO
MARIA ISABEL BALLESTEROS BELTRAN
Superintendente de Valores
Secretaria General
Última modificación 08/04/2013