Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1° Objeto y ámbito de aplicación |
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El presente Régimen de Protección al Consumidorrégimen tiene por objeto establecer los principios y reglas que rigen la protección de los consumidores financieros en las relaciones entre estos y las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, sin perjuicio de otras disposiciones que contemplen medidas e instrumentos especiales de protección. Para los efectos del presente Título, se incluye dentro del concepto de consumidor financiero, toda persona que sea consumidor en el sistema financiero, asegurador y del mercado de valores. |
Comentario |
La ley 1328 de 2009 le dio cuerpo a la temática de Protección al Consumidor Financiero (en adelante PCF) mediante una norma referida únicamente y de manera específica al consumidor financiero, aplicada a la generalidad de los productos y de las entidades vigiladas por la SFC, y sin perjuicio de otras normas de protección, alineando al país con legislaciones internacionales, identificando principios propios para la PCF y generando identidad y conceptualización propias, tal como lo dispone el Artículo 1°. Objeto y ámbito de aplicación:
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Última modificación 04/01/2013