Resolución 528 de 2000/08/24
PRIMERO: Que mediante la resolución número 0343 del 8 de junio de 2000, esta Superintendencia autorizó la constitución de la sociedad Compañía de Asesorías en Inversiones COIN S.A. Sociedad Comisionista Independiente de Valores;
SEGUNDO: Que mediante la resolución número 0430 de 2000, emanada de esta entidad, se amplió el plazo concedido en la resolución citada en precedencia para acreditar la constitución regular de la sociedad y el pago del capital social;
TERCERO: Que mediante comunicación el número 19998-1323 del 16 de agosto de 2000, se allegaron los documentos que acreditan la constitución regular de la citada sociedad comisionista independiente de valores, según consta en la escritura pública número 01121 del 21 de junio de 2000, otorgada en la notaría 9ª del círculo de Santafé de Bogotá, D.C., y el certificado expedido por la cámara de comercio de Bogotá, fechado el 15 de agosto de 2000, así como el pago del capital, en los términos dispuestos por las normas vigentes;
CUARTO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 53 del estatuto orgánico del sistema financiero, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 1º del decreto 2016 de 1992, corresponde a la Superintendencia de Valores expedir el certificado de autorización dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que se acredite la constitución regular de una entidad que se someterá a la inspección y vigilancia de la Superintendencia, al igual que el pago del capital, y
QUINTO: Que la sociedad
cumple con las condiciones exigidas por la resolución 400 de 1995,
expedida por la Sala General de la Superintendencia de Valores, para ser
inscrita en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar a la sociedad Compañía de Asesorías en Inversiones COIN S.A. Sociedad Comisionista Independiente de Valores el certificado de autorización de que trata el artículo 53, numeral 7º, del estatuto orgánico del sistema financiero, con lo cual queda habilitada para desarrollar las actividades comprendidas dentro de su objeto social.
ARTÍCULO SEGUNDO: Inscribir en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios a la firma Compañía de Asesorías en Inversiones COIN S.A. Sociedad Comisionista Independiente de Valores.
ARTÍCULO TERCERO: La sociedad Compañía de Asesorías en Inversiones COIN S.A. Sociedad Comisionista Independiente de Valores deberá pagar a la Superintendencia de Valores la suma de UN MILLON QUINIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($1’560.600,oo) moneda corriente, por concepto de derechos de inscripción en el Registro Nacional de Valores e intermediarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 2.1.1.7. y 2.1.4.4. de la resolución 1200 de 1995, expedida por esta Superintendencia. Dicha suma deberá cancelarse en el Banco Popular en formato de consignación de recaudo nacional, cuenta número 050-000249 Sucursal Bogotá, en efectivo o mediante cheque de gerencia a favor de la Dirección del Tesoro Nacional, código 5006-01, Derechos de inscripción-Superintendencia de Valores, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al representante legal de la firma Compañía de Asesorías en Inversiones COIN S.A. Sociedad Comisionista Independiente de Valores, acto en el cual deberá entregársele copia de la misma y advertírsele que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante la Superintendente de Valores, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO QUINTO:
Ordenar la publicación de la presente resolución, en el boletín
del Ministerio de Hacienda y Crédito público, capítulo
Superintendencia de Valores.
Notificar a: Doctor
Antonio Amaya Angulo
Representante Legal
Compañía
de Asesorías en Inversiones COIN S.A.
Comisionista Independiente
de Valores
Carrera 13
92-57 oficina 402
Santafé de
Bogotá, D.C.
Última modificación 29/10/2012