Sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común - Ley 2381 de 2024
- Preguntas y respuestas sobre el nuevo sistema pensional
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Este nuevo sistema está compuesto por cuatro pilares: Solidario, Semicontributivo, Contributivo –que contempla los componentes de Prima Media y Complementario de Ahorro Individual– y de Ahorro Voluntario. |
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No. A las personas que al 1° de julio de 2025 cuenten con mínimo 900 semanas si son hombres o mínimo 750 semanas si son mujeres, se les seguirán aplicando las condiciones establecidas en el sistema pensional anterior (Ley 100 de 1993) en virtud del régimen de transición contemplado en la Ley 2381 de 2024. |
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Colpensiones recibirá los aportes hasta los 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes y, para efectos de la cotización que exceda de este monto, los afiliados deberán seleccionar la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) que recibirá las cotizaciones que excedan dicho monto. |
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La fecha límite para elegir la ACCAI es el 16 de enero de 2025. |
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Si se vence el plazo y no seleccionó su ACCAI, el Gobierno le asignará una de manera aleatoria. Es importante tener presente que en el nuevo sistema pensional el trabajador puede cambiar de ACCAI cada 6 meses. |
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Los trabajadores afiliados a Colpensiones (régimen de prima media) o a una AFP (régimen de ahorro individual) que estén en régimen de transición o que deseen cambiarse entre estos dos regímenes deben recibir asesoría por parte de las entidades involucradas en el proceso de traslado.
Tanto Colpensiones como las AFP están obligadas a brindar información y acompañamiento al afiliado, para que conozca los posibles escenarios para su situación particular e individual en cada uno de los dos regímenes antes de tomar una decisión de traslado. |
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Es importante que los afiliados al sistema pensional revisen de manera constante su historia laboral con el fin de tener certeza de cuántas semanas ha cotizado para acceder a su pensión. Bajo la normativa de la Ley 100 de 1994, si es afiliado a Colpensiones se deben tener al menos 1.300 semanas cotizadas (aproximadamente 26 años) y una edad mínima de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. Para el caso de los afiliados a las administradoras de fondos privados (AFP), deben tener un capital suficiente que les permita obtener una mesada pensional mensual superior al 110% del salario mínimo legal mensual vigente. Si al revisar la historia laboral una persona tiene dudas sobre el número de semanas acumuladas, puede solicitar aclaración a la entidad donde cotiza. En caso de que la AFP o Colpensiones ratifique dicha información y el afiliado observa que sus empleadores no le pagaron sus cotizaciones, puede acudir a su empleador o empleadores anteriores para que cumplan con el pago de los aportes de ley correspondientes. |
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Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI)
- Comunicado de prensa
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ACCAI autorizadas por la SFC (descargar listado)
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Otros sitios web relacionados con el proceso de selección de ACCAI
Última modificación 17/02/2025