Certificación del Interés Bancario Corriente para las modalidades de Crédito de Consumo y Ordinario y Microcrédito
Bogotá, diciembre 27 de 2019.- La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 27 de diciembre de 2019 la Resolución No. 1768 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes periodos y modalidades de crédito:
Adicionalmente, se certifica el Interés bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 36.53%, lo cual representa una disminución de 3 puntos básicos (-0.03%) en relación con la anterior certificación (36.56%).
INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.16% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 54.80% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.
USURA
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.
Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 28.16% efectivo anual, resultado que representa una disminución de 21 puntos básicos (-0.21%) con respecto al periodo anterior.
Para la modalidad de microcrédito es de 54.80% efectivo anual, una disminución de 4 puntos básicos (-0.04%) con respecto al periodo anterior.
OTRAS CERTIFICACIONES VIGENTES
Vale la pena recordar que la Superintendencia Financiera, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante la Resolución 1293 de 2019 certificó el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto, en los siguientes términos:
Consulte:
- Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de enero de 2020.
- Microcrédito: entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020.
Adicionalmente, se certifica el Interés bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 36.53%, lo cual representa una disminución de 3 puntos básicos (-0.03%) en relación con la anterior certificación (36.56%).
INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.16% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 54.80% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.
USURA
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.
Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 28.16% efectivo anual, resultado que representa una disminución de 21 puntos básicos (-0.21%) con respecto al periodo anterior.
Para la modalidad de microcrédito es de 54.80% efectivo anual, una disminución de 4 puntos básicos (-0.04%) con respecto al periodo anterior.
OTRAS CERTIFICACIONES VIGENTES
Vale la pena recordar que la Superintendencia Financiera, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante la Resolución 1293 de 2019 certificó el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto, en los siguientes términos:
Modalidad de crédito que aplica | Interés Bancario Corriente | Usura | Vigencia |
---|---|---|---|
Consumo de bajo monto | 34.18% | 51.27% | 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2020 |
Consulte:
Última modificación 30/12/2020