RESEÑA DE JURISPRUDENCIA
Corte Constitucional
Pensión de sobreviviente, muerte presunta del cotizante, término contabilización semanas cotizadas
Sentencia T-263 del 28 de abril de2017. Expediente T-5.851.337. La accionante afirma que su compañero permanente no tenía a la fecha de la declaratoria judicial de su muerte las 50 semanas cotizadas, exigidas en el artículo 46 de la Ley 100 de 1993, pero sí a la fecha de su desaparecimiento, razón por la cual tenía derecho a la prestación reclamada. En tal sentido, se resalta que el precedente de la Corte Constitucional, así como el de la Corte Suprema de Justicia han establecido que la fecha que debe tenerse en cuenta para contabilizar las cotizaciones dentro del marco temporal de 3 años, es el momento en que la persona desapareció y no el de la declaratoria de la muerte presunta.
Sentencia T-263 del 28 de abril de2017. Expediente T-5.851.337. La accionante afirma que su compañero permanente no tenía a la fecha de la declaratoria judicial de su muerte las 50 semanas cotizadas, exigidas en el artículo 46 de la Ley 100 de 1993, pero sí a la fecha de su desaparecimiento, razón por la cual tenía derecho a la prestación reclamada. En tal sentido, se resalta que el precedente de la Corte Constitucional, así como el de la Corte Suprema de Justicia han establecido que la fecha que debe tenerse en cuenta para contabilizar las cotizaciones dentro del marco temporal de 3 años, es el momento en que la persona desapareció y no el de la declaratoria de la muerte presunta.
Corte Suprema de Justicia
Sala de Casación Civil
Seguro de responsabilidad, cláusula claims made, siniestro y reclamación
Sentencia del 18 de julio de 2017. Expediente: 76001-31-03-001-2001-00192-01. La ocurrencia del suceso perjudicial que consagra el artículo 1131 del Código de Comercio es suficiente para la configuración del siniestro, empero, si se ha pactado la modalidad de reclamación hecha (claims made), también se exige el reclamo judicial o extrajudicial en el término de vigencia pactado o en el plazo ulterior convenido, hecho por la víctima al asegurado, o al asegurador en ejercicio de la acción directa, el que demarca la obligación indemnizatoria a cargo de éste, pudiendo involucrar, incluso sucesos pretéritos e ignorados por el asegurado, es decir, ocurridos con anterioridad a la iniciación de la vigencia de la póliza -de existir acuerdo contractual.
Sentencia del 18 de julio de 2017. Expediente: 76001-31-03-001-2001-00192-01. La ocurrencia del suceso perjudicial que consagra el artículo 1131 del Código de Comercio es suficiente para la configuración del siniestro, empero, si se ha pactado la modalidad de reclamación hecha (claims made), también se exige el reclamo judicial o extrajudicial en el término de vigencia pactado o en el plazo ulterior convenido, hecho por la víctima al asegurado, o al asegurador en ejercicio de la acción directa, el que demarca la obligación indemnizatoria a cargo de éste, pudiendo involucrar, incluso sucesos pretéritos e ignorados por el asegurado, es decir, ocurridos con anterioridad a la iniciación de la vigencia de la póliza -de existir acuerdo contractual.
Última modificación 06/09/2017