Banco de la República
Establecimientos de crédito, inversiones obligatorias en Títulos de Desarrollo Agropecuario
Resolución Externa 15 de 2012- (diciembre 21). Modifica el artículo 5° de la Resolución Externa 3 de 2000 expedida por la Junta Directiva del Banco de la Republica, en el sentido de autorizar a los establecimiento de crédito computar como colocaciones sustitutivas para el cumplimiento de su requerido de inversión, el valor de la cartera agropecuaria otorgada con recursos propios que no se encuentren en mora y reúna las condiciones financieras contempladas en la presente resolución.
Expedición de regulaciones en materia cambiaria
Resolución Externa 1 de 2013 (enero 28). Modifica los artículos 55 y 56 de la Resolución Externa 8 de 2000 en el sentido de autorizar a los residentes la constitución de depósitos en cuentas bancarias en el exterior con divisas adquiridas en el mercado cambiario o a residentes en el país que no deban canalizarlas a través del mercado cambiario. Así mismo quienes utilicen cuentas bancarias en el exterior para operaciones que deban canalizarse a través del mercado cambiario deberán registrarlas en el Banco de la República bajo la modalidad de cuentas de compensación.
Modificación del manual de cambios internacionales con relación a los ingresos, egresos y traslados de las cuentas de compensación
Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 de 2011 (febrero 24). Modifica lo numerales 8.3.1, 8.3.2, 8.4.1, 8.3.4 y 8.4.1 del Capítulo 8° de la citada circular, con relación a los procedimientos aplicables a las operaciones de cambio en cuanto a ingresos, egresos y traslados de las cuentas de compensación.
Intermediarios del mercado cambiario deberán incrementar patrimonio técnico
Resolución Externa 3 de 2013 (febrero 22). Para ser autorizados como intermediarios del mercado cambiario, las compañías de financiamiento, cooperativas financieras y sociedades comisionistas de bolsa deberán acreditar un patrimonio técnico igual o superior al capital mínimo que debe acreditarse para constituir una compañía de financiamiento. De otra parte los intermediarios del mercado cambiario que como consecuencia de la entrada en vigencia de esta resolución no cumplan con los nuevos requerimientos patrimoniales, tendrán un plazo de noventa días para presentar ante la Superintendencia Financiera de Colombia un plan de ajuste patrimonial o el desmonte de operaciones.
Inscripción de intermediarios del Mercado Cambiario en el Banco de la República
Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 de 2011 (febrero 24) Teniendo en cuenta la expedición de la Resolución Externa 3 del 22 de febrero de 2013, se reglamenta lo relacionado con los no residentes que otorgan préstamos en moneda extranjera a residentes. Esta circular aplica a los informes de crédito que se presenten ante los intermediarios del Mercado Cambiario a partir del 25 de febrero de 2013.
Fondo de Garantías de Instituciones Financieras-Fogafin
Modificación de las normas relativas al Seguro de Depósitos
Resolución 004 de 2012 (diciembre 20) Actualiza, modifica y unifica las normas expedidas por la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras relacionadas con el Seguro de Depósitos
Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas-Fogacoop
Modificación del trámite de inscripción de cooperativas al Fogacoop
Resolución 038 de 2012 (diciembre 18). Modifica los artículos 9°, 10, inciso 1° y 12, inciso 1° de la Resolución 032 de 2010 en lo relacionado con la documentación que deben presentar las entidades para inscribirse al Fondo, las metodologías de evaluación y los criterios para definir la modalidad de inscripción.
Contaduría General de la Nación
Incorporación de las Normas Internacionales de Información Financiera en el Régimen de Contabilidad Pública
Resolución 051 de 2013 (febrero 11). Incorpora, como parte integrante del Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo dispuesto en el anexo del Decreto Nacional 2784 de 2012, que se debe aplicar por las empresas que se encuentren bajo el citado régimen y que cumplan ciertas condiciones, tales como que tengan valores inscritos en el RNVE, que hagan parte de un grupo económico cuya matriz tenga valores inscritos en el mismo, que sean sociedades fiduciarias, entre otros.
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