31. Posesiones
Circular Externa 29 de 2014 - Circular Básica Jurídica . Dentro de los cuarenta y cinco (45) días corrientes siguientes a la fecha de designación del respectivo aspirante.
Circular Externa 23 de 2007. No se posesionan, solamente deben proceder a actualizar la información en la página de Internet.
Deben posesionarse ante la SFC, las personas relacionadas en el numeral 1.1 de la Parte I Título IV Capítulo II de la Circular Básica Jurídica 029 de 2014 (esto es, Representantes Legales, Miembros de Juntas Directivas, Revisores Fiscales, Oficiales de Cumplimiento, Defensores del Consumidor Financiero de las entidades vigiladas. Las entidades Vigiladas, se encuentran relacionadas en la página web de la SFC, (www.superfinanciera.gov.co) en el siguiente link: https://www.superfinanciera.gov.co/publicaciones/61694
Circular Externa 036 de 2017, 1.4.1.2.1 Deberá verificarse que el postulado ciente con la infraestructura necesaria y suficiente para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Si desempeña el cargo en más de tres entidades, debe tramitar el procedimiento de posesión mediante trámite ordinario.
Circular Externa 036 de 2017, 1.4.1.2.4 Será procedimiento abreviado tratandose de representantes legales de sociedades comisionistas de bolsa con facultades exclusivas para actuar en el mercado cambiario.
Circular Externa 036 de 2017, Numeral 1,4,1,2,89 Los revisores fiscales…, que hayan sido posesionados a través del procedimiento ordinario y que sean reelegidos para el ejercicio del mismo cargo, con independencia de la condición de principal o suplente deberán tramitarse mediante el procedimiento abreviado.
Circular Externa 036 de 2017, 1.4.1.1.6 Si el aspirante presenta al menos un antecedente en los registros antes señalados debe adelantar el Tramite de Poasesión como Procedimiento Ordinario
Circular Externa 036 de 2017, Numeral, 1.2. Los funcionarios públicos que pos disposición legal deban hacer parte de una junt o consejo diretivo de alguna entidad vigilada y que ejerzan personalmente dicha función no requieren adelantar el trámite de posesión. En todo caso, corresponde al responsable del trámite de posesión a que se refiere el subnumeral 1.3 del presente Capítulo informar tal situación a la SFC.
Circular Externa 036 de 2017, Numeral, 1.2. Los funcionarios públicos que pos disposición legal deban hacer parte de una junt o consejo diretivo de alguna entidad vigilada y que ejerzan personalmente dicha función no requieren adelantar el trámite de posesión. En todo caso, corresponde al responsable del trámite de posesión a que se refiere el subnumeral 1.3 del presente Capítulo informar tal situación a la SFC.
Se de ingresar por (internet Explorer) en el link www.superfinanciera.gov.co /Interés del Vigilado /Trámites/ Trámites en Linea y Remisión de Información / 2. Posesiones, podrá acceder al Sistema Integrado de Registro de Información SIRI, que permite diligenciar en linea la hoja de vida de la persona que está en la obligación de tomar posesión.
Las entidades deberán enviar un correo electrónico con firma digital del Representante Legal a la cuenta: soporte@superfinanciera.gov.co con el asunto "USUARIO POSESIONES - Tipo Entidad -Código Entidad", solicitando la asignación del respectivo usuario y contraseña que permita el acceso a este sistema, anexando el formato publicado en la página Web de la SFC en el enlace: Interés del Vigilado / Reportes / Indice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / Guias para el Reporte de Información /Documentos Técnicos /Usuarios para Transmisión, con la información correspondiente a la persona autorizada para realizar los envíos.