Superintendencia Financiera de Colombia

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21. Leasing Habitacional

En virtud del contrato de leasing habitacional se entrega a una persona denominada "locatario", la tenencia de un inmueble destinado a vivienda para su uso y goce, a cambio del pago de una suma periódica de dinero, durante un plazo convenido y a su vencimiento, se restituye el bien a su propietario o se transfiere al locatario, si éste último decide ejercer una opción de adquisición pactada a su favor y paga su valor.