Superfinanciera actualiza tarifas del SOAT para 2023: se mantienen las categorías con rango diferencial del Decreto 2497 de 2022
- La SFC realizó la revisión periódica de las condiciones técnicas y financieras de la operación del ramo teniendo en cuenta la frecuencia, severidad, siniestralidad y suficiencia y observando los principios de equidad, suficiencia y moderación de la tarifación.
- En el análisis se consideraron además las disposiciones del Decreto 2497 de 2022 en el que se definieron las categorías diferenciales por riesgo, así como la Resolución 2709 de 2022 que ajusta los porcentajes de transferencia a la ADRES
- Los vehículos con categorías diferenciales seguirán pagando el equivalente a aproximadamente el 50% del precio final en pesos vigente al 14 de diciembre de 2022, acorde con lo definido en el Decreto 2497 de 2022.
- Para las categorías de vehículos restantes el valor final a pagar en pesos a partir del primero de enero de 2023 tendrá un ajuste de alrededor del 11.7%, inferior a la inflación anualizada a noviembre.
En esta ocasión el análisis técnico contempló, además de las variables de frecuencia, severidad, siniestralidad y suficiencia, los efectos de las recientes disposiciones del Gobierno Nacional como la creación de un rango diferencial por riesgo para 14 categorías de vehículos automotores, el ajuste en porcentaje de las trasferencias a la ADRES y la modificación de la unidad de referencia para la fijación de los topes de las coberturas de gastos médicos y quirúrgicos.
Adicionalmente, y dando cumplimiento a los principios de equidad, suficiencia y moderación que deben regir la determinación de las tarifas, la revisión periódica de la SFC tuvo en cuenta también los pronunciamientos de la Rama Judicial en torno a este seguro obligatorio.
Como resultado del análisis e incorporación de los ajustes referidos, se estableció la existencia de una suficiencia tarifaria, razón por la cual el valor final a pagar en 2023 para las categorías que pertenecen al rango diferencial por riesgo definidas en el Decreto 2497 de 2022, seguirá siendo equivalente a aproximadamente el 50% del precio final en pesos vigente al 14 de diciembre de 2022, tal y como lo señaló dicha norma.
Para las demás categorías se reduce en 3.67%, por lo que el valor final a pagar en pesos a partir del primero de enero de 2023 tendrá un incremento aproximado de 11.7% en términos nominales anuales, porcentaje que se ubica por debajo de la inflación anualizada a noviembre.
Cabe señalar que el valor final a pagar es el resultado de sumar a la tarifa máxima señalada por la SFC aplicable en 2023, la contribución equivalente al 52% a la ADRES y la tasa RUNT, atendiendo las disposiciones del Ministerio de Transporte.
Herramientas para los consumidores financieros
En el sitio web de la Superintendencia www.superfinanciera.gov.co está disponible el simulador de tarifas SOAT a través del cual se podrá consultar desde el primero de enero de 2023 el valor final en pesos que debe pagar el consumidor financiero con sólo suministrar la categoría del vehículo.
Además de su sitio en internet, la SFC tiene a disposición los canales presenciales y no presenciales a través de los cuales se puede presentar una reclamación en caso de que haya una inadecuada aplicación de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia:
- +57 6013078042
- #903
- super@superfinanciera.gov.co Asunto: queja por no expedición SOAT
Utilice siempre los canales oficiales
Es importante que los consumidores financieros verifiquen directamente en los sitios web de las compañías aseguradoras los canales digitales y puntos de venta físicos autorizados en los cuales se puede comprar el SOAT, evitando caer en páginas fraudulentas y sin necesidad de intermediarios.
Tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Verifique que la entidad sea vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia en /publicaciones/61694/industrias-supervisadas/entidades-vigiladas-por-la-superintendencia-financiera-de-colombia/lista-general-de-entidades-vigiladas-por-la-superintendencia-financiera-de-colombia-61694/
- Acceda a los canales oficiales de las entidades vigiladas para consultar los productos ofrecidos o realizar pagos.
- Al utilizar internet, ingrese a sitios seguros y escriba directamente la dirección web oficial de la entidad vigilada.
- Si va a adquirir el SOAT a través de un intermediario de seguros (personas naturales y/o jurídicas), verifique si efectivamente está autorizado para comercializarlo a través del Sistema Único de Consulta de Intermediarios de Seguros en /publicaciones/10089684/industrias-supervisadas/industria-aseguradora/sistema-unico-de-consulta-de-intermediarios-de-seguros-10089684/
- Absténgase de consignar dinero en cuentas bancarias o depósitos cuyo titular sea una persona natural, salvo que haya corroborado que se trata de un intermediario de seguros autorizado.
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Última modificación 31/12/2022