Superfinanciera ordena a “Fundación FG – Administrador de Fideicomisos Civiles” suspender las actividades de captación no autorizada
- La Superintendencia Financiera de Colombia estableció que dicha Fundación recibió recursos de por lo menos 318 personas por COP 9.489.788.000 mediante un esquema denominado “Fideicomiso Civil Gran Reserva Gloriazul 17”, sin prever como contraprestación real y efectiva la entrega de bienes o la prestación de servicios.
Bogotá, 02 de septiembre de 2026.- La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ordenó la suspensión inmediata de las actividades de captación no autorizada de dinero realizadas por la “Fundación FG – Administrador de Fideicomisos Civiles”, representada legalmente por la señora Gloria Amparo Zuluaga Arcila.
La medida fue adoptada a través de la Resolución 1256 del 28 de agosto de 2026, luego de que esta Superintendencia evidenciara que la mencionada Fundación recibió recursos provenientes de por lo menos 318 personas por COP 9.489 millones sin que existiera como contraprestación real y efectiva la entrega de bienes o la prestación de servicios, configurando de esa manera los supuestos de captación masiva y habitual no autorizada previstos en la normatividad vigente.
De acuerdo con la investigación, los recursos fueron recaudados a través del esquema denominado “Fideicomiso Civil Gran Reserva Gloriazul 17”, promocionado mediante páginas web, redes sociales, reuniones virtuales y asesorías comerciales.
A los participantes se les ofrecía vincularse al esquema realizando aportes mínimos de COP 2.500.000, que quedaban representados en unos documentos denominados “Certificados de Derechos Fiduciarios” (CDF) y pagos de rentabilidades anunciadas entre el 18 % y el 28 % anual, además de la devolución del capital invertido y mecanismos de recompra de dichos “Certificados”.
La actuación adelantada por la SFC permitió establecer que la “Fundación FG – Administrador de Fideicomisos Civiles” utilizó masivamente contratos de adhesión y los referidos “Certificados de Derechos Fiduciarios”, entre otros mecanismos para vincular a los participantes al esquema. Se evidenció también que, a pesar de lo previsto en el contrato de adhesión, no se acreditó que los dineros entregados por los interesados fueran administrados en un fondo de inversión colectiva (FIC) o que dicha Fundación actuara como administradora del FIC mencionado.
Cabe señalar además que la “Fundación FG – Administrador de Fideicomisos Civiles”, no cuenta con autorización de esta Superintendencia para administrar FIC.
El alcance de la medida administrativa se circunscribe a los recursos del público captados o recaudados masivamente en forma no autorizada y no afecta las actividades lícitas que desarrolle la Fundación.
La SFC remitió copia de la actuación administrativa a la Superintendencia de Sociedades para los fines de intervención que correspondan y a otras autoridades competentes, entre ellas la Fiscalía General de la Nación y la Superintendencia de Notariado y Registro para las actuaciones relacionadas con sus competencias.
La Superintendencia Financiera de Colombia invita a la ciudadanía a verificar que las personas o entidades que ofrecen oportunidades de inversión, rentabilidades o mecanismos de administración de recursos se encuentren debidamente autorizadas y vigiladas por las autoridades competentes.
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