Otros pronunciamientos
Reseña General |
Consejo Nacional de Política Económica y Social - Conpes Reforma integral del esquema institucional de regulación y supervisión para los mercados financieros* Documento Conpes 3399 de 2005 (noviembre 28). El documento señala los lineamientos y estrategias para adelantar una reforma integral del esquema de regulación y supervisión para los mercados financieros pues se ha considerado necesario efectuar una profunda revisión del conjunto normativo aplicable al sistema financiero colombiano, con el propósito de eliminar arbitrajes y disposiciones obsoletas, así como obtener una regulación moderna, clara y coherente que ofrezca seguridad jurídica al supervisor, al sistema y a los consumidores. Procuraduría General de la Nación Cuenta corriente. Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 1389 del Código de Comercio Concepto 04004 de 2006 (enero 11). Para dar por terminados contratos con sus clientes las entidades financieras deben considerar los derechos fundamentales del usurio. Para dar por terminado de forma unilateral un contrato de cuenta corriente el usuario debe conocer las razones de la decisión, para determinar si las mismas resultan suficientes y emplear los mecanismos legales para el cumplimiento del contrato o las indemnizaciones a que haya lugar. El establecimiento financiero no debe agotar un procedimiento previo para dar por terminado el contrato, pues los límites están dados por las causales objetivas que pueda presentar el banco para dar por terminada la relación contractual de forma unilateral. Por ello, el Procurador General de la Nación solicita a la Corte Constitucional declarar exequible el artículo 1389 del Código de Comercio. Reglamentación de inversiones - Ley 964 de 2005. Procurador solicita marco legal de inversiones Comunicado 0019 de 2006 (enero 28). El Procurador General de la Nación pidió al Ministerio de Hacienda, poner en cintura a los agentes económicos que puedan dedicarse fuera del mercado regulado a la intermediación de valores sin contar con la debida autorización para ello. A través de una comunicación enviada al jefe de esa cartera, el Procurador manifestó que se requiere sistemas de control y una reglamentación exigente para este tipo de intermediarios, con el fin de reducir el riesgo generado por un eventual indebido comportamiento. Advirtió sobre la necesidad de que el Ministerio de Hacienda evalúe la situación y proyecte los respectivos decretos reglamentarios de la Ley 964, mediante la cual se regulan las actividades relacionadas con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público. |
* Los pronunciamientos señalados con asterisco se publican en el presente Boletín. |
Última modificación 19/12/2012