Síntesis de normas, boletín 12 diciembre de 1999
COOPERATIVAS DE APORTE Y CREDITO. Manejo. Señala a los representantes legales y revisores fiscales de las entidades cooperativas que contemplan actividad financiera o sección de ahorro y crédito, el procedimiento a seguir exclusivo para el manejo de cooperativas de aporte y crédito. (Circular 005 del 30 de noviembre de 1999 Fogacoop. Tomado de Fax Derecho Vigente No. 278 / 99).
FONDO DE GARANTÍAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS. Inscripción de Cooperativas integrales con sección de ahorro y crédito. Modifica el artículo 3 del capítulo 1 de la resolución 004 de 1999, ampliando el término para presentar la solicitud de inscripción al Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas prevista para las cooperativas multiactivas e Integrales con Sección de Ahorro y Crédito. (Resolución 040 del 3 de diciembre de 1999 Fogacoop. Tomado de Fax Derecho Vigente No. 278 / 99).
FONDO DE GARANTÍAS. Prestamos para el fortalecimiento patrimonial de los Establecimientos de Crédito. Adiciona la Resolución Número 006 de 1999. A través de la presente resolución se consagran los términos y condiciones para que personas naturales y jurídicas puedan acceder a los prestamos que otorga el Fogafin para el fortalecimiento patrimonial de los establecimientos de crédito, indicando que en todo caso tanto los beneficiarios de los créditos, como los establecimientos de crédito que se capitalicen con el producto de los mismos se sujetarán en lo que corresponda a las disposiciones contenidas en la resolución 006 de 1999. Fija como plazo máximo para presentar la solicitud de
acceso a este tipo de créditos el 30 de junio del año 2000, razón por la cual y sólo con ese propósito se amplia hasta tal fecha la vigencia de la Resolución 006 de 1999. (Resolución 011 del 6 de diciembre de 1999 Fogafin. Tomado del Diario Oficial 43.820 del 18 de diciembre de 1999)
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Funciones frente a la promoción de competencias y practicas comerciales restrictivas. Señala a los usuarios de la Superintendencia de Industria y Comercio, las funciones de esa entidad frente a la promoción de la competencia y prácticas comerciales restrictivas. (Circular 25 del 15 de diciembre de 1999 Superintendencia de Industria y Comercio.. Tomado de Fax Derecho Vigente No. 281/ 99).
SUPERINTENDENCIA BANCARIA. Reestructuración. Se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria, determinando que para efectos de su organización y funcionamiento tendrá, el Despacho del Superintendente Bancario, los Despachos de los Superintendentes Delegados de las áreas de supervisión, una delegatura jurídica, una delegatura técnica y la Secretaría General. Determina que al interior de los Despachos de los Superintendentes Delegados de las áreas de supervisión, existirán los Directores Técnicos, quienes ejercerán funciones de carácter técnico, funciones de análisis financiero, funciones de control contable y funciones de inspección.
Delegatura Jurídica:
- Subdirección de Resolución de Conflictos, quejas y Atención al Usuario.
- Subdirección de Regulación y Consultas.
- Subdirección de Control Legal.
- Subdirección de Representación Judicial y Ediciones Jurídicas.
Así mismo crea las subdirecciones y divisiones al interior de la Delegatura Técnica y la Secretaría General. (Decreto 2489 del 15 de diciembre de 1999 Ministerio de Hacienda. Tomado del Diario Oficial 43.819 del 17 de diciembre de 1999)
RENTA O GANANCIA OCASIONAL. Enajenación de bienes raíces, de acciones o de aportes. Reglamenta el artículo 73 del Estatuto Tributario y señala que para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional, según el caso, proveniente de la enajenación durante el año gravable de 1999, de bienes raíces y de acciones o aportes, que tengan el carácter de activos fijos, los contribuyentes que sean personas naturales, no sometidos al sistema de ajustes por inflación podrán tomar como costo fiscal cualquiera de los valores señalados en el mismo decreto. (Decreto 2589 del 23 de diciembre de 1999 Ministerio de Hacienda. Tomado de Fax Derecho Vigente No. 281/ 99).
Última modificación 12/02/2013